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Alquilar o comprar, Madrid suprime la opción de alquilar una VPO y su posterior compra
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LÍNEAS BÁSICAS DEL PROYECTO DE LEY

Alquilar o comprar, Madrid suprime la opción de alquilar una VPO y su posterior compra

Quienes deseen acceder a una vivienda protegida solamente podrán hacerlo en régimen de alquiler o como propietarios, pero no podrán alquilar y posteriormente comprar

Foto: La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes (Foto: Efe).
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes (Foto: Efe).

La Comunidad de Madrid suprimirá el régimen de alquiler con opción a compra de la vivienda protegida. Es decir, quienes deseen acceder a una vivienda protegida solamente podrán hacerlo en régimen de alquiler o como propietarios, pero no podrán alquilar y posteriormente comprar la vivienda en la que han vivido como inquilinos como sucedía hasta ahora. Así consta en el Proyecto de Ley que llegará este jueves al pleno de la Asamblea de Madrid y que otorgará a los arrendatarios mayores garantías en caso de que sus viviendas sean enajenadas o vendidas a un tercero.

Una decisión que viene motivada, según explica a El Confidencial José María García Gómez, director general de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid, "al cambio de ciclo que ha experimentado el mercado de la vivienda en España, que ha provocado que en algunas zonas de Madrid el precio de la vivienda libre sea inferior al de la protegida. Hoy en día ya no resulta tan atractivo acogerse a esta modalidad, es una figura que ha quedado obsoleta y que va contra el ciclo inmobiliario, de ahí la decisión de eliminarla", añade.

De hecho, según los datos que maneja la Comunidad de Madrid, "solo el 10%-15% de quienes optaron por el alquiler con opción a compra están ejerciendo dicho derecho. En algunos casos porque no consiguen financiación, pero en otros porque prefieren seguir viviendo de alquiler", señala. "La mayoría están renovando los alquileres, mientras que otros han dejado las viviendas".

Tal y como explican desde la Comunidad de Madrid, la medida entrará en vigor una vez sea publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid -el jueves 22 es el pleno, donde se espera su aprobación-, pero aclaran que no afecta a aquellas promociones o suelos que ya contaban con dicha calificación.

Freno a la venta de VPO a fondos buitres

La norma incluirá tambíén dos novedades que están pensadas par proteger a los inquilinos. Para entenderlas hay que explicar que existen viviendas de protección oficial en manos de los ayuntamientos y comunidades de turno, pero también pueden estar en manos privadas. Es decir, en manos de promotores privados que levantan dichas viviendas sobre suelo que tiene dicha calificación o que ha sido adquirido bajo la condición de que se levanten viviendas públicas.

Cuando la titularidad de las viviendas corresponda a la Comunidad de Madrid, éstas no podrán ser objeto de transmisión a terceros distintos de los inquilinos o sus causahabientes. Si bien, tal y como explica José María García Gómez, "la intención del Gobierno de Cristina Cifuentes es que no se venda ni una sola vivienda de protección oficial. No obstante, en el caso en el que se decidiera vender, los inquilinos tendrían derecho de tanteo y retracto. Es decir, preferencia frente a cualquier otro comprador.", ha explicado. "El objetivo es evitar la venta de patrimonio público".

Por el contrario, en los casos en los que las viviendas hayan sido construidas por promotores privados, la nueva ley establecerá un derecho de adquisición preferente para personas jurídicas con "reconocida dedicación a la gestión de vivienda protegida con fines sociales, con la obligación por parte del nuevo titular de atenerse a las condiciones, plazos y rentas máximas establecidos, subrogándose en sus derechos y obligaciones, sin que dichas enajenaciones puedan ir en perjuicio de terceros".

Estas medidas impedirán, por ejemplo, que estas viviendas de protección oficial acaben, como ha sucedido en el pasado, en manos de los llamados 'fondos buitre'.

La Comunidad repercutirá a los inquilinos de vivienda protegida el IBI, que será descontado de los alquileres que deberán abonar

Tal y como explica el consejero, "una vez que estas viviendas pierdan su calificación, ya sea dentro de 10, 15 años... corresponde al nuevo propietario decidir si mantiene dichas viviendas en alquiler, pero con unas rentas libres, o bien decide venderlas".

Por su parte, el portavoz del PSOE en la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, Daniel Viondi, ha dicho en declaraciones a Europa Press que "hemos delimitado un modelo claro de cómo debe desarrollarse la vivienda social en Madrid. No habrá veleidades del gobierno en comprar vivienda a los bancos ni tentaciones de recuperar enajenaciones de viviendas como las vividas con los fondos buitres", ha señalado a.

Por otro lado, el Proyecto de Ley recoge que la Agencia de Vivienda Social podrá establecer con entidades privadas y con entidades financieras convenios de colaboración para la gestión de vivienda protegida en régimen de alquiler. Aparte, según la ley, el desarrollo de políticas de vivienda con protección pública a través de la Agencia de Vivienda Social se efectuará, principalmente, con la construcción y promoción de viviendas con la utilización de los suelos disponibles por parte de la Comunidad de Madrid.

Prevé un derecho de adquisición preferente para personas jurídicas con reconocida dedicación a la gestión de vivienda protegida con fines sociales

El IBI lo pagará el inquilino

La nueva normativa también establecerá el mecanismo compensatorio de la repercusión obligatoria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a los arrendatarios de viviendas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, que a iniciativa del PSOE incluye medidas en materia de vivienda protegida. El dictamen será sometido a debate y votación este jueves en el Pleno, después de que haya sido aprobado por unanimidad en la Comisión de Transportes, Vivienda e Infraestructuras.

La ley, tal y como recoge el dictamen, articula la reducción por importe equivalente a la cuantía de la repercusión obligatoria del IBI a los arrendatarios de viviendas de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, de forma que no constituya para los mismos un incremento de las cantidades a abonar. Según la ley, el acceso a la vivienda con protección pública será en propiedad o en arrendamiento, de manera que se suprime la tipología de vivienda protegida para arrendamiento con opción a compra.

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La Comunidad de Madrid suprimirá el régimen de alquiler con opción a compra de la vivienda protegida. Es decir, quienes deseen acceder a una vivienda protegida solamente podrán hacerlo en régimen de alquiler o como propietarios, pero no podrán alquilar y posteriormente comprar la vivienda en la que han vivido como inquilinos como sucedía hasta ahora. Así consta en el Proyecto de Ley que llegará este jueves al pleno de la Asamblea de Madrid y que otorgará a los arrendatarios mayores garantías en caso de que sus viviendas sean enajenadas o vendidas a un tercero.

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