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Una jueza de Madrid declara nulas las cláusulas suelo de toda la banca
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SIN RETROACTIVIDAD ANTES DEL 9 DE MAYO DE 2013

Una jueza de Madrid declara nulas las cláusulas suelo de toda la banca

Ha estimado parcialmente la demanda de Adicae y condena a las entidades financieras a eliminar por abusivas todas las cláusulas suelo que no sean transparentes

Foto: Protestas por las cláusulas suelo. (EFE)
Protestas por las cláusulas suelo. (EFE)

El Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid ha resuelto este jueves la macrodemanda de cláusulas suelo interpuesta por la asociación de consumidores Adicae contra los bancos con motivo de las cláusulas suelo impuestas en sus hipotecas, la mayor acción judicial interpuesta contra la banca en la historia de España.

Dicho juzgado ha estimado parcialmente la demanda de esta asociación de afectados y condena a las entidades financieras a eliminar por abusivas todas las cláusulas suelo que no sean transparentes, y a devolver a los consumidores las cantidades indebidamente abonadas a partir de la fecha de publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, con los intereses que legalmente correspondan. Es decir, no reconoce la retroactividad total o, lo que es lo mismo, la devolución de las cantidades cobradas de más por la banca antes de esta fecha.

[Lea aquí: 'Las cinco claves de la histórica sentencia que anula las cláusulas suelo de las hipotecas']

En aquella histórica sentencia, el alto tribunal condenó a BBVA, Cajamar y NCG a eliminar estas cláusulas de aquellos contratos que motivaron dicha sentencia, si bien declaró que la decisión no tenía carácter retroactivo sobre situaciones o contratos ya juzgados, por lo que tampoco obligaba a las entidades condenadas a restituir las cantidades pagadas. Casi tres años más tarde, en enero de 2016, el Supremo declaraba también nulas las cláusulas suelo del Banco Popular, tras desestimar los recursos interpuestos por la entidad, y dar la razón a la Audiencia Provincial de Madrid al considerar "abusivas" las condiciones de los contratos hipotecarios.

Solamente se devolverá el dinero cobrado de más desde el 9 de mayo de 2013

La sentencia conocida hoy supone, pues, un auténtico jarro de agua fría para la banca, puesto que afecta a todo el sector financiero español, casi medio centenar de entidades que deberán eliminar las citadas cláusulas de los contratos en que se insertan y a cesar en su utilización de forma no transparente.

La jueza estima que las cláusulas suelo ahora anuladas carecen de transparencia y son por tanto abusivas, al igual que las ya examinadas por el Tribunal Supremo, "al insertarse en el condicionado general de los contratos de préstamo hipotecario ofertados a interés variable, sin que se resaltase por parte de la entidad bancaria la importancia de la inclusión de la cláusula en la vida económica del contrato, lo que frustraba las expectativas del consumidor, que cuando creía estar contratando un préstamo a interés variable se encontraba sorpresivamente con una cláusula que le impedía beneficiarse de las bajadas del tipo de referencia".

Por otra parte, la jueza ha desestimado la pretensión de Adicae de que las cláusulas suelo no respeten el equilibrio de las obligaciones y derechos del contrato y modifiquen la naturaleza de los contratos de préstamo y/o crédito hipotecario.

Esta resolución es recurrible en apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid -la sección competente en asuntos de naturaleza mercantil- dentro del plazo de 20 días desde su notificación.

Sin retroactividad total

Como adelantó El Confidencial en enero de este año, la macrodemanda de unos 15.000 afectados quedó vista para sentencia en dicho juzgado en junio del año pasado, y la sentencia no se ha conocido hasta 10 meses después. Los motivos de este retraso, según fuentes cercanas al proceso, se han debido al deseo del juez de no contradecir a la sentencia que también va a dictar sobre este asunto el Tribunal de la UE y a la enorme complejidad de un asunto con numerosas aristas económicas y jurídicas.

La Comisión Europea defiende la retroactividad total en las cláusulas suelo de las hipotecas

Y es que desde el pasado mes de octubre, el Tribunal de Luxemburgo pidió opinión a la Comisión Europea (CE) sobre la retroactividad después de abrir un procedimiento sobre el tema tras ser consultado por varios tribunales españoles. La respuesta de la CE fue que la retroactividad debe ser total, no solo hasta mayo de 2013, como estableció el Supremo en su condena a BBVA, Novagalicia (Abanca) y Cajamar de esa fecha. Ahora bien, matizó que esa retroactividad solo se aplicaría en los casos en que haya sentencia, no de forma generalizada, y a partir de ahora, para preservar el principio de cosa juzgada de dicha resolución del alto tribunal.

En 2013, el Tribunal Supremo se opuso al derecho comunitario negando dicha retroactividad, argumentando que pondría en peligro la solvencia de un sector financiero que acababa de ser rescatado con 40.000 millones de dinero público y que por perseguir la eliminación de un mal -las cláusulas suelo-, se podría acabar provocando un mal mayor -mayores necesidades de dinero público para las entidades-.

¿Se aplicará a todos los afectados?

Ahora queda por ver si la resolución de este juzgado afectará a todos los hipotecados con una cláusula suelo en su hipoteca o si únicamente tendrá efecto sobre los 15.000 afectados que se sumaron a la demanda.

Un dictamen elaborado por el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza, Javier López Sánchez, considera que "no hay en estos casos una verdadera acción colectiva y la sentencia que se dicte circunscribe sus efectos a los sujetos en cuyo nombre se ejercitan las acciones de que son titulares".

Se trata de una demanda presentada por la asociación Adicae, pero este catedrático sostiene que en realidad no se trata de una acción colectiva, sino de "acciones de carácter individual que se ejercitan de forma acumulada". Su conclusión es que, "evidentemente, la eficacia de la sentencia, en tales casos quedará circunscrita a los sujetos en cuyo nombre se ejercitan las acciones que les corresponden", por lo que quienes no se sumaron a la demanda deberán seguir litigando.

El Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid ha resuelto este jueves la macrodemanda de cláusulas suelo interpuesta por la asociación de consumidores Adicae contra los bancos con motivo de las cláusulas suelo impuestas en sus hipotecas, la mayor acción judicial interpuesta contra la banca en la historia de España.

Adicae Tribunal Supremo
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