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Hacienda devuelve 2.250€ a una comunidad de vecinos por el 'céntimo sanitario'
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POR EL USO DEL GASÓLEO PARA CALEFACCIÓN

Hacienda devuelve 2.250€ a una comunidad de vecinos por el 'céntimo sanitario'

La Agencia Tributaria está resolviendo de forma satisfactoria las solicitudes de devolución de cantidades satisfechas por las comunidades de propietarios

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La Agencia Tributaria ha comenzado a devolver a lascomunidades de propietarioslas cantidadessatisfechas de másen concepto degasóleo para calefacciónrelativas al conocido como“céntimo sanitario”o impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. Un tributo sobre el quese pronunció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ensu sentencia de 27 de febrero de 2014yque lo consideróno conforme con la normativa comunitaria.

Así, por ejemplo, Hacienda devolvió en diciembre de 2014 a unacomunidad de propietariosde 44 viviendassituada en Madrid 2.255,09 euros, intereses de demora incluidos. Esta comunidadsolicitó en octubre de 2014 la devolución de los ingresos indebidos en concepto degasóleo para calefacciónrelativos a los ejercicios2010, 2011 y 2012. “De ello se deduce que un edificio tipo con unconsumo anual de 60.000 litrospuede, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, recuperar la cantidad de615 euros por año, a razón de 0,01025 euros por litro de gasóleo para calefacción”, asevera Ángel Ignacio Mateo, secretario del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid).

El goteo de devoluciones podría estar a la vuelta de la esquina puesto que, según CAFMadrid, laAgencia Tributariaestá resolviendo de forma satisfactoria las solicitudes de devolución de cantidades. También en Guadalajara,Hacienda ha devuelto 218,75 euros-intereses de demora incluidos- auna comunidad de propietarios con 44 viviendas que solicitó en juliola devolución de las cantidades cobradas de más por el "céntimo sanitario". La importante diferencia entre los importes devueltos en ambas comunidades de vecinos se explica porque que la deGuadalajara solamente reclamó la devolución de las cantidades correspondientesal tercer y cuarto trimestre de 2012, y no de los ejercicios completos de 2010, 2011 y 20112.

En abril de 2014, elColegio Profesional de Administradores de Fincas de Madridempezó a animar a las comunidades de propietarios afectadas areclamara laAgencia Tributariala devolución de las cuotas pagadas correspondientes a los ejercicios de 2010, 2011 y 2012. La mejormanera de reclamarlo, según CAFMadrid esutilizando el procedimiento estandarizado establecido por la Agencia Tributariamediante el acceso al portal en internet.

Para poder optar a la devolución es necesario anexar las facturas de combustible de los años 2010 a 2012, de ahí laimportancia de haberlas conservado."Normalmente los particulares no suelen hacerlo, pero sí la comunidad de propietarios a través del administrador de fincas colegiado”, apunta Mateo.

El“céntimo sanitario”, creado en enero de 2002 excepto en Canarias, Ceuta y Melilla y cedido a las comunidades autónomas, dejó de estar vigente el 31 de diciembre de 2012. Este impuesto estabadividido en dos partes, lo quesuponía económicamente el pago de otros dos impuestos, el tramo estatal y el tramo autonómico.Mientras que el estatalequivale a6 euros por cada 1.000 litros, el tipo autonómico está determinado por las distintas comunidades autónomas y varía dependiendo de cada una de ellas. Oscilabaentre los 1,2 y los 4,8 céntimos por litro.“En el caso de la Comunidad de Madrid, el importe es de 4,25 euros por cada 1.000 litros”, explica Ángel Ignacio Mateo.

“El hecho de que las comunidades de propietarios estén reclamandoha posibilitado que no sólo elsector del transportehaya resultado beneficiado por la devolución del“céntimo sanitario”, sino también aquellascomunidadesque usangasóleo para calefacción”, ha declaradosatisfecho el presidente del CAFMadrid, Miguel Ángel Muñoz.

Mientras, Ángel Ignacio Mateo sigue animando a los vecinos que todavía no han reclamado a que lo hagan.“Lascomunidades de propietariosque conserven, a través de su administrador de fincas colegiado, lasfacturas de combustible, todavía pueden solicitar el tributo pagado en concepto de gasóleo para calefacción”.

El plazo máximo para notificar la resolución por parte de la Agencia Tributaria es de 6 meses.Si la resolución resulta favorable, ésta determinará elimporte y los intereses de demoradevengados mediante liquidación provisional. Si, por el contrario, resulta desfavorable, la comunidad de propietarios podrá interponer recursos o reclamaciones en vía administrativa. Contra las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos se podrá iniciar la vía contencioso-administrativa.

“Pese a que la Agencia Tributaria aún no tiene estadísticamente explotados los datos que permiten desglosar la situación concreta de las comunidades de propietarios, estamos convencidos de que habrá miles de resoluciones de devolución del `céntimo sanitario’ favorables”, concluye el CAFMadrid.

La Agencia Tributaria ha comenzado a devolver a lascomunidades de propietarioslas cantidadessatisfechas de másen concepto degasóleo para calefacciónrelativas al conocido como“céntimo sanitario”o impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. Un tributo sobre el quese pronunció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ensu sentencia de 27 de febrero de 2014yque lo consideróno conforme con la normativa comunitaria.

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