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Los 10 mayores atropellos legales que sufre quien alquila su casa con fines turísticos
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SEGÚN IDEALISTA.COM

Los 10 mayores atropellos legales que sufre quien alquila su casa con fines turísticos

Las grandes cadenas hoteleras llevan meses presionando para que los gobiernos regionales endurezcan el alquiler de este tipo de viviendas

Foto: Un turista se interesa por un apartamento en el barrio de La Barceloneta. (EFE)
Un turista se interesa por un apartamento en el barrio de La Barceloneta. (EFE)

En un entorno de crisis como el actual, son muchos los ciudadanos que han decidido obtener unos ingresos extras gracias al alquiler de sus propias viviendas con fines turísticos. Portales como Airbnb se han convertido en plataformas de referencia para muchos de ellos, han provocado un importante auge del alquiler vacacionalde viviendas en manos de particulares o de pequeñas empresas y han generado, al mismo tiempo,un enorme malestar dentro del sector hotelero.

Desde que en junio de 2013 el Gobierno cambiara la regulación del alquiler vacacional, algunas comunidades autónomashan restringido hasta prácticamente prohibir esta forma de alquiler, al dictado, según los expertos consultados por idealista.com,del sector hotelero. "El alquiler vacacional es un derecho de propiedad que está recogido en la constitución española y que supone un sustento para muchas familias en estos tiempos de crisis pero que la industria hotelera intenta frenar para quitarse competencia", apuntan desde el portal, queseñala cómo "las grandes cadenas hoteleras llevan meses presionando para que los Gobiernos regionales, a los que la Administración central ha traspasado la tarea de legislar sobre las viviendas turísticas, endurezcan las condiciones para que particulares y pequeños empresarios tengan muy complicado –o prácticamente imposible– participar del mercado del alquiler vacacional".

"Eldictado al oído de restricciones ha provocado que algunas comunidades autónomas hayan aprobado leyes que penalizan gravemente a los particulares que desean ceder sus propiedades a turistas hasta el punto de que en muchos artículos de estas normativas se contraviene la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) e incluso la constitución", añaden desde idealista.com, portal que ha elaborado un listado conlos 10 mayores atropellos a los ciudadanos que recogen las normativas autonómicas que regulan las viviendas turísticas:

1.- Se prohíbe el alquiler por habitaciones en Cataluña, Madrid, Galicia, Cantabria y Asturias. También se contempla en el borrador del futuro decreto que regulará el uso turístico de viviendas en Aragón.

2.- Baleares prohíbe el alquiler de pisos y viviendas unifamiliares adosadas.

3.- Baleares también prepara un nuevo decreto turístico en el que se prevé que se incluya la obligatoriedad para los propietarios de pedir permiso a los vecinos para alquilar las viviendas turísticas. Además, para alquilar una vivienda unifamiliar aislada, esta deberá haber sido construida antes de 1960.

4.- En Cataluña,el Ayuntamiento de Barcelona suspendió la concesión de licencias para viviendas turísticas en algunas de las zonas más visitadas de la ciudad, concretamente en todo el distrito del Eixample y en algunos barrios de los distritos de Sant Martí, Horta-Guinardó, Gràcia, Sants-Montjuïc y Sarrià-Sant Gervasi. En Ciutat Vella las licencias ya habían sido suspendidas con anterioridad.

5.- En Cataluña, el propietario de una vivienda turística también deberá asegurarse de que tal uso no esté prohibido en los estatutos de la comunidad de propietariosen aquellos edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal.

6.- En la Comunidad de Madrid no se podrán alquilar las viviendas turísticas por un período inferior a cinco días, cuando lo habitual es que las estancias de los usuarios de este tipo de servicio no sobrepasen las dos o tres noches.

7.- En Asturias se deberá ofrecer el alojamiento como mínimo los meses de julio, agosto y septiembre. Esto supone que no se puede alquilar el resto de meses si no ofreces la vivienda durante el periodo estival. Es decir, si los propietarios asturianos quieren tener turistas en sus casas de la playa, deberán prescindir de usarlas para su disfrute personal entre julio y septiembre.

8.- Además, en Asturias no se reconocen los pisos en edificios plurifamiliares como viviendas de uso turístico.

9.- En el País Vasco, la regulación turística excluye el alquiler de una única vivienda, y se requiere la explotación de dos o más viviendas para poder destinarse al uso turístico.

10.- En Cantabria, para ejercer la actividad turística como “alojamiento extra-hotelero” se requiere haber obtenido el alta censal en la Agencia Tributaria y el alta de la empresa en la Seguridad Social. Aunque a simple vista parece una medida coherente, de facto limita que personas con un régimen especial, como pensionistas, que no pueden dar de alta sus propiedades como vivienda de alquiler turístico y sus hijos tampoco al no ser los titulares del inmueble puedan optar a dicha modalidad.

Bonus track. Sin embargo, el caso más paradójico de esta caza de brujas contra los ciudadanos que alquilan viviendas con fines turísticos está en Andalucía, una región que ni siquiera cuenta con una normativa aprobada pero que ya ha comenzado a multar a propietarios con 2.001 euros sin una base legal que sustente la sanción.

En un entorno de crisis como el actual, son muchos los ciudadanos que han decidido obtener unos ingresos extras gracias al alquiler de sus propias viviendas con fines turísticos. Portales como Airbnb se han convertido en plataformas de referencia para muchos de ellos, han provocado un importante auge del alquiler vacacionalde viviendas en manos de particulares o de pequeñas empresas y han generado, al mismo tiempo,un enorme malestar dentro del sector hotelero.

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