Es noticia
El Supremo anula las cláusulas suelo incluso si beneficiaron al cliente
  1. Vivienda
ACLARA A LA BANCA LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA

El Supremo anula las cláusulas suelo incluso si beneficiaron al cliente

“El hecho de que circunstancialmente la claúsula –suelo o techo- haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo no la convierte en transparente

Foto: El Supremo anula las cláusulas suelo incluso si beneficiaron al cliente
El Supremo anula las cláusulas suelo incluso si beneficiaron al cliente

“El hecho de que circunstancialmente la claúsula –suelo o techo- haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo no la convierte en transparente ni hace desaparecer el desequilibrio en contra de los intereses del consumidor, ya que, como hemos indicado, la cláusula tiene por finalidad exclusiva proteger los intereses de la prestamista frente a las bajadas del índice de referencia”.

Con estas palabras, el Tribunal Supremo aclara algunas de las dudas que las entidades financieras le habían planteado sobre la sentencia del 9 de mayo de 2013 sobre las denominadas cláusulas suelo. Según el auto de aclaración del Alto Tribunal, las cláusulas suelo pueden ser nulas aunque el consumidor se haya visto beneficiado durante un tiempo por las bajadas del índice de referencia. Insiste en que aunque la cláusula haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo "no la convierte en transparente ni hace desaparecer el desequilibrio en contra de los intereses del consumidor". "La cláusula tiene por finalidad exclusiva proteger los intereses de la prestamista frente a las bajadas de índice de referencia -Euribor-", añade.

El auto del Supremo indica también que meros "formalismos carentes de eficacia", como puede ser "la lectura del contrato por parte del notario", no pueden sustituir el "perfecto conocimiento" de todos los términos del contrato, imprescindible para que el consumidor decida si firma o no firma el contrato hipotecario.

El auto responde a la petición realizada al Alto Tribunal por BBVA, Cajamar Caja Rural (hoy Cajas Rurales Unidas) y Caja de Ahorros de Galicia, Vigo, Orense y Pontevedra (hoy NCG Banco) -las tres entidades cuyas cláusulas declaró nulas- para que aclarase los efectos de la sentencia y que precisase si dicha sentenciadebe aplicarse automáticamente a clientes con las mismas o similares cláusulas a las que anuló o sólo puede hacerse caso por caso y teniendo en cuenta las características de cada operación. BBVA y Cajamar han anunciado que dejarán de aplicar la cláusula suelo aunque no descartan recurrir.

En la sentencia de hace un mes del Tribunal Supremo, declaró la nulidad de las cláusulas enjuiciadas por la concurrencia de una serie de circunstancias y ahora aclara que no es necesario que se den simultáneamente todas ellas para que sean declaradas nula. Si bien, matiza, "tampoco determina que la presencia aislada de alguna, o algunas, sea suficiente para que pueda considerarse no transparente la clausula a efectos de control de su carácter eventualmente abusivo".

a)   La creación de la apariencia de un contrato de préstamo a interés variable en el que las oscilaciones a la baja del índice de referencia, repercutirán en una disminución del precio del dinero.

b)   La falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del objeto principal del contrato.

c) La creación de la apariencia de que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo.

d) Su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor en el caso de las utilizadas por el BBVA.

e) La ausencia de simulaciones de escenarios diversos, relacionados con el  comportamiento razonablemente previsible del tipo de interés en el momento de contratar, en fase precontractual.

f) Inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad.

“El hecho de que circunstancialmente la claúsula –suelo o techo- haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo no la convierte en transparente ni hace desaparecer el desequilibrio en contra de los intereses del consumidor, ya que, como hemos indicado, la cláusula tiene por finalidad exclusiva proteger los intereses de la prestamista frente a las bajadas del índice de referencia”.

Cláusulas abusivas