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Los 'bitcoin' quedan libres de impuestos: ¿a quién afecta la medida?
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La moneda virtual se equipara a otras divisas

Los 'bitcoin' quedan libres de impuestos: ¿a quién afecta la medida?

El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que los bitcoin son oficialmente una forma de pago virtual. Ahora, al hacer un cambio de moneda, no se deberá incluir IVA. ¿Qué implicaciones tiene?

Foto: (Foto: Reuters)
(Foto: Reuters)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó ayer que no se le debía aplicar IVA a la moneda virtual bitcoin en su cambio a otra divisa. La sentencia llega tras una solicitud (de hace más de un año) de la Corte Administrativa Suprema de Suecia. En ella se pedía que el Tribunal Europeo de Justicia determinara si la actividad realizada por casas de cambio debía estar sujeta a IVA, tras la pregunta al respecto a la justicia sueca de David Hedqvist, fundador de un foro sobre bitcoin.

El dictamen no deja lugar a duda: el bitcoin es una moneda virtual y legal que se utiliza para realizar pagos entre particulares y en tiendas. “Según esta Comisión, bitcoin es un medio de pago que se usa de modo análogo a los medios legales de pago, por lo que las operaciones que el Sr. Hedqvist proyecta realizar deben estar exentas del IVA” comenta la sentencia publicada por el TJUE .

Usuarios y empresas protegidos

La importancia de esta decisión reside en que ahora las casas de cambio de monedas o incluso los cajeros de bitcoins que se pueden encontrar en algunas ciudades tendrán un marco jurídico al que acogerse ya que hasta ahora no sabían muy bien a que normativa atenerse. “Todas las empresas que cobran en bitcoin están obligadas a tener un libro contable con las direcciones y transacciones que realizan”, comenta a Teknautas Pablo Fernández Burgueño, abogado especialista en criptomonedas de Abanlex.

Hasta ahora se pensaba en esta tecnología como un trueque, pero cuando entregas un bitcoin estás entregando euros

La norma también proporciona un posicionamiento legal menos ambiguo que define mejor qué es esta moneda. “Hasta ahora se pensaba en esta tecnología como un trueque, pero cuando entregas un bitcoin estás entregando una cantidad de dinero en euros, aunque sea en otro formato, como si fuese un pagaré o un cheque” comenta Pablo.

A efectos legales, un monedero de bitcoins (comúnmente conocido como wallet) se consideraría como si fuese una cuenta bancaria: “Al instalar una aplicación de wallet, estás convirtiendo a ese ordenador en un banco personal”, dice Fernández.

“La regulación está siendo más eficaz que la tecnología, haciendo menos necesarias las casa de cambio que ofrecen seguridad a los usuarios”, comenta a Teknautas Alberto Gómez, cofundador de NevTrace, un laboratorio que trabaja con instituciones públicas y empresas para ayudarles a entender la tecnología detrás del bitcoin. “Ahora Europa tiene un marco jurídico más sólido que el estadounidense”, asegura.

En España esta moneda ya se consideraba un medio de pago, por lo que su cambio está exento de IVA. Pese a su legalidad, el Ministerio de Hacienda sigue muy de cerca las transacciones que se hacen, investigando a las empresas españolas que aceptan esta forma de pago. Estas empresas tendrán que entregar información sobre la facturación o un registro de transacciones a euros.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó ayer que no se le debía aplicar IVA a la moneda virtual bitcoin en su cambio a otra divisa. La sentencia llega tras una solicitud (de hace más de un año) de la Corte Administrativa Suprema de Suecia. En ella se pedía que el Tribunal Europeo de Justicia determinara si la actividad realizada por casas de cambio debía estar sujeta a IVA, tras la pregunta al respecto a la justicia sueca de David Hedqvist, fundador de un foro sobre bitcoin.

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