ElConfidencial.com > Tecnología > C. Otto
C. Otto
- Sígueme en
Twitter
25/11/2011
(06:00h)
Nuevo varapalo a las entidades que quieren romper la neutralidad de la Red. Entre los sueños de las grandes gestoras de derechos de autor está que las operadoras de ADSL controlen que los internautas no se descarguen contenido protegido bajo licencia copyright. Sin embargo, la Unión Europea ha vuelto a dejarlas en evidencia y les ha remarcado que sus reivindicaciones, lejos de ser legítimas, vulneran más de una ley y más un derecho.
La orden del juez fue ilegal
Scarlet, que no estaba nada conforme con la sentencia, recurrió al tribunal de apelación de Bruselas, alegando que este requerimiento judicial no se ajustaba al derecho de la UE, puesto que le imponía de hecho una obligación general de supervisar las comunicaciones en su red, lo cual era incompatible con la directiva sobre comercio electrónico y con los derechos fundamentales. Los jueces belgas consultaron el caso al Tribunal de la UE, y es éste el que ha determinado que es ilegal que un juez ordene a una operadora de telecomunicaciones realizar una supervisión general de los datos que transmita en su red para evitar descargas ilegales de archivos protegidos por derechos de autor.
La sentencia (que se puede consultar aquí) asegura que el establecimiento de este tipo de sistema de filtrado vulnera no sólo la libertad de la empresa, sino también diversos derechos fundamentales de los clientes, como la protección de datos o la libertad de recibir y comunicar informaciones.
Para el TUE, "el requerimiento judicial por el que se ordena establecer un sistema de filtrado implica supervisar, en interés de los titulares de derechos de autor, la totalidad de las comunicaciones electrónicas efectuadas en la red del proveedor de acceso a Internet afectado, supervisión que, además, es ilimitada en el tiempo". (...) Por lo tanto, dicho requerimiento judicial implicaría una vulneración sustancial de la libertad de empresa de Scarlet, dado que le obligaría a establecer un sistema informático complejo, gravoso, permanente y exclusivamente a sus expensas".
¿Cómo distinguir entre contenidos lícitos e ilícitos?
Por otro lado, "los efectos del requerimiento judicial no se limitarían a Scarlet, ya que el sistema de filtrado también puede vulnerar los derechos fundamentales de sus clientes, a saber, su derecho a la protección de datos de carácter personal y su libertad de recibir o comunicar informaciones, derechos que se encuentran protegidos por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea". Además, se "podría vulnerar la libertad de información, dado que se corre el riesgo de que el citado sistema no distinga suficientemente entre contenidos lícitos e ilícitos, por lo que su establecimiento podría dar lugar al bloqueo de comunicaciones de contenido lícito".
Así pues, este sistema de filtrado "no respetaría el requisito de garantizar un justo equilibrio entre, por un lado, el derecho de propiedad intelectual y, por otro, la libertad de empresa, el derecho a la protección de datos de carácter personal y la libertad de recibir o comunicar informaciones".
OPINIONES DE LOS LECTORES,
0 COMENTARIOS
tuits
NOTICIAS RELACIONADAS
La Unión Europea amplía los derechos de 'autor' de artistas y productores hasta los 70 años