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El endurecimiento de la vía penal no convence para terminar con el maltrato

Elena Íñigo Gabriela Bravo CGPJ Ley contra la Violencia de Género

@Ana I. Gracia.- 12/11/2009 06:00h

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Cuatro años después de que la Ley contra la Violencia de Género esté en la calle, una subcomisión del Congreso de los Diputados ha investigado durante nueve meses sus puntos más débiles para reforzarla al máximo. El objetivo es claro: reducir a cero el número de mujeres maltratadas a manos de sus parejas. Hasta ahora, el código penal recoge como atenuante el consumo de alcohol y/o drogas en los casos de maltrato. El Congreso de los Diputados considera que es un error, y pide a la legislación que agrave las penas por maltrato machista cuando aparezcan alcohol y/o drogas de por medio.   

 

Elena Íñigo, profesora de derecho penal de la Universidad de Navarra, coincide con la versión dada ayer por Gabriela Bravo, portavoz del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Primero, porque considera que, “desde el primer bofetón, pasando por una agresión puntual, hasta el maltrato psíquico”, las agresiones ya están recogidas en el Código Penal. Segundo, porque el mismo hecho de estar embriagado “merma las condiciones psíquicas de una persona que, implica que su voluntad y su inteligencia estén disminuidas por la ingesta de bebidas alcohólicas y/o drogas”. Por eso, Iñigo tacha esta medida, si llega a efectuarse, como “una conducta muy agresiva por parte de las autoridades”.  

 

Asimismo, Iñigo puntualiza que la embriaguez puede actuar como agravante cuando existe un deber cualificado. Si hay alguien que busca de forma “deliberada” colocarse en una situación de embriaguez para librarse de la pena que prevé el Código Penal, “obviamente sí tiene que tener una respuesta y su castigo correspondiente”. Ahora bien: el problema está en determinar la naturaleza 'deliberada' o no de dicha embriaguez. ¿Quién tiene potestad para decidir si un individuo se emborrachó para ampararse de la 'benevolencia' del Código Penal? ¿A quién se le juzga y a quién se le perdona?

 

Antes de legislar sobre un problema, es necesario tener bien claro qué es lo que lo causa. En el caso de la violencia de género, confluye una pluralidad de factores. Algunos se conocen, otros no, y finalmente hay una serie de circunstancias que el derecho penal recoge. Pensar que la violencia de género va a disminuir por utilizar alcohol y drogas como hechos agravantes y no atenuantes parece que está bastante lejos de la realidad. “Quieren frenar la violencia de género endureciendo las penas, y no se dan cuenta de que lo que realmente falla es el código de conducta de los maltratadores”.

 

No existe ninguna fórmula mágica que haga desaparecer la violencia de género. “El régimen penal ya está fortalecido. Déjenlo tranquilo. Las autoridades deberían invertir su tiempo y su dinero en formación, en educación, en enseñar a respetar a las personas, en concienciar… Enseñar a los hombres que ninguno de ellos es más que ninguna mujer”.

 

Iñigo insiste en que las autoridades se obsesionan por recoger los frutos de esta ley a corto plazo, “y se olvidan de invertir en proyectos a largo plazo, que son los efectivos”. La propia violencia es ya de por sí un delito lo suficientemente grave como para que el Código Penal castigue su delito. “Aunque se piense que la ley es permisiva, no lo es, los maltratadores tienen penas duras y pagan por ellas”.

 

La Comisión de Igualdad será la que decida el martes si modifica o no este punto de la ley con el firme propósito de “incrementar su eficacia”. En caso de condena firme, los agresores perderían también la custodia de los hijos, el régimen de visitas y la orden de protección se extendería hasta los menores. No se sabe si, en el hipotético caso de que se apruebe, será una medida temporal o permanente, ni cómo se articularía ni si puede ser reversible.

 

 

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