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@A. Palacios 30/06/2010 (12:21h)
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos del PP y el Gobierno de Navarra contra diversos preceptos de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, al tiempo que establece que se oiga al Gobierno, al Congreso y al Senado para que, en el plazo de tres días, formulen alegaciones a la petición del PP de suspensión cautelar de la norma, que entra en vigor el próximo 5 de julio.
Así, el Alto Tribunal da traslado de ambas resoluciones al Ejecutivo y las dos Cámaras para que formulen alegaciones, en el plazo de quince días en relación a la admisión a trámite de los recursos. Al mismo tiempo, pide que se les oiga en relación a la petición de suspensión cautelar para que, en el plazo de tres días puedan hacer alegaciones.
La nueva Ley del Aborto estaba prevista que entrara en vigor el próximo día 5 de julio. Hace unos meses el Partido Popular interpuso un recurso de inconstitucionalidad en el que cuestionaba los plazos, la autonomía de las menores para interrumpir la gestación y el reconocimiento del aborto como un derecho de la mujer, entre otros preceptos. Los populares pidieron al TC que resolviera el asunto por vía de urgencia y que se suspendiera de forma cautelar la noma.
Imposible cumplimiento
Mientras continúa el recurso del PP, las clínicas abortistas cuestionaron hace unos días la reforma de ley ya que consideran que es “de imposible cumplimiento”. Consideran que el “espíritu” de la nueva legislación se ha visto “minado” por los dos decretos aprobados en el Congreso.
De hecho, dudan de que las Consejerías de Sanidad de todas las Comunidades consigan elaborar el contenido, editar el material y distribuir la información de carácter obligatorio que se entregará a las mujeres antes de abortar, "cuando tan sólo falta una semana para la puesta en vigor de la Ley". En consecuencia, añade, "la mujer no podrá interrumpir su gestación por voluntad propia hasta la semana 14, vulnerando así uno de los principios fundamentales de la Ley". Desde el Ministerio de Sanidad defienden que este asunto ya está arreglado.
Otro problema es que los centros no podrán garantizar la confidencialidad de las afectadas porque el Ministerio de Sanidad no ha estipulado un sistema de codificación alternativo, pese a que éstos le ofrecieron un modelo que podría haber servido para ello.
Tampoco se ha definido "claramente" el cómputo sobre las semanas de gestación, es decir, si se debe contar "desde la fecha de la última menstruación o desde el inicio real del embarazo", lo que deja a los profesionales sanitarios y a las mujeres en una situación de inseguridad jurídica.
OPINIONES DE LOS LECTORES,
15 COMENTARIOS
15 .- #11 ¿Fue coronado en el vientre de su madre?.
14 .- #9 "Este señor no solo nos ha empobrecido [¿?],sino que ha destruido toda la estructura ética y social que nos ha alumbrado en los criterios básicos de comportamiento".
A lo que solo puedo añadir, ¡gracias a dios!.
Y... por hablar de los cinicos. Esa estructura ética y social que a ud., parece, le ha alumbrado, sobre mi solo ha arrojado frio y penumbras.
Distintas maneras de ver y entender la vida y esencia de lo humano, ya ve usted.
13 .- Pues nada , ale ¡¡¡ ahora otros 4 añitos para reslver, esta gentuza con un asunto ya tiene suficiente.
12 .- Exceptico #11
Exactamente igual que ahora, un hijo póstumo también tiene derecho a heredar.
A pesar de lo que pueda haber oido no es obligatorio abortar en esos casos.
11 .- Una curiosidad que demuestra que los fetos tienen derechos, incluso antes de nacer. Cuando murió el Rey Alfonso XII, la Corona no pasó a su heredero vivo, sino que se esperó seis meses al nacimiento de quien luego sería el Rey Alfonso XIII. Luego el feto tenía el derecho de heredar la corona a su nacimiento.
Me pregunto que opina el Gobierno de la España del 2000 y qué sucedería hoy en día en una situación similar