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Una juez de Barcelona separa a una niña de sus hermanos al irse a Madrid su madre
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EL CASO LLEGA A LA AUDIENCIA DE LA CIUDAD CONDAL

Una juez de Barcelona separa a una niña de sus hermanos al irse a Madrid su madre

Una juez ha separado a una niña de siete años de sus dos hermanos biológicos al considerar que un cambio de domicilio no significaría una clara mejora

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Una juezde Esplugas de Llobregat(Barcelona)ha separado a una niña de siete años de sus dos hermanos biológicos al considerar que uncambio de domicilio "no significaría una clara mejora respecto a su actual situación” y que la convivencia con sus hermanos, de un año y medio y siete meses, respectivamente, “podría complicar” la vida de la niña.

La juez decidió quitar la custodia de Manuela a su madre (desdela separaciónen 2008 la niña vivía con ella) al tener que cambiar la mujer su residencia de la Ciudad Condal a Madrid por un traslado de trabajo y para rehacer su vida con su actual marido, padre de los dos niños pequeños. Esta resolución, recurrida ante la Audiencia de Barcelona, se contradice con la jurisprudencia en la materia, que da preferencia a la convivencia entre hermanos y no su separación.

El abogado de la madre, Ramón Tamborero, asegura que “jamás” se ha encontrado con semejante castigo a una madre “por el hecho de buscar nuevas oportunidades de trabajo” en Madrid, y más cuando se trata de una mujer que durante el tiempo que tuvo la custodia de la pequeña Manuela “nunca ha puesto impedimento alguno al régimen de visitas” del padre. Para el letrado, la quetambiénestá siendoduramentecastigada es la menor, que se ve sometida a una “tensión psicológica enorme”,pues cada vez que se ha de separar de su madre y hermanos (cada quince días) sufre una alteración emocional tremenda. Se trata, según el letrado, de una situación "inédita" y "aberrante" en el derecho de familia.

Se da la circunstancia de que el informe psicosocial que resultó determinante para dar la custodia al padre se elaboró sin haber explorado a la niña.Pese a señalar el psicólogo que la petición de custodia por parte del padre respondió a “una decisión de rabia, de temor a perder su rol respecto a la menor”, afirma que “no hay una valoración clara de lo que se encontrará la menor cuando vuelva a Madrid, ya que la existencia de dos niños de corta edad (sus hermanos) podría complicar la vida cotidiana de la menor”.

Otro punto “conflictivo” del informe y de la sentencia, a juicio del abogado, es el hecho de que se prioricen los “vínculos” de la pequeña con el hijo de la pareja del padre. Este aseguró en el proceso que el hijo de su pareja y Manuela eran casi como hermanos. Esta circunstancia fue valorada por la juez, pero no así el hecho de que el padre haya roto con supareja y de que Manuela jamás verá al hijo de la ex novia de su padre. La juez valoró más el papel volátil, como se ha demostardo con la ruptura,del hijo de la ex pareja que el de dos hermanos de sangre, circunstancia que ha determina una resolución "aberrante" y contraria a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según Tamborero.

Los hechos se remontan a junio de 2010, cuando este matrimonio, él canario y ella catalana, firmaron su divorcio de mutuo acuerdo en Barcelona (estaban separados desde el 2008), ciudad donde ambos residían. Manuela, que entonces tenía cuatro años, quedó bajo la guarda y custodia de la madrehasta septiembre de 2013, fecha en que se comunicó la sentencia.

El proceso se inicia cuando el padre interpuso demanda de modificación de medidas. Lo hizo después de que su ex mujer le comunicara que se veía obligada a irse a vivir a Madrid con su actual marido y el hijo de ambos por un traslado de la empresa en la que entonces trabajaba. La niña empezó el curso en un colegio de la capital, hasta que en febrero de 2013 se acordaron las medidas provisionales: la juez entregaba al padre la custodia de Manuela y le obligaba a regresar a Barcelona hasta la resolución del pleito.

Durante el tiempo que estuvo viviendo en Madrid, los psicólogos coincidieron, como consta en distintos informes, en que entre Manuela y su hermano “existe un vínculo afectivo muy fuerte”. Subrayaban el “equilibrio emocional” de la madre y advertían de que separar a la menor de ese entorno suponía un “evidente y grave riesgo emocional”.

El "castigo" a la madre, según el letrado, se completa con la obligación de pagar al padre 655 euros mensuales y un régimen de visitas muy rígido: sólo puede estar con Manuela las noches de los viernes y sábados cada dos semanas (los miércoles es imposible hacerlo por motivos obvios) ypaga de su bolsillo los traslados entre ambas ciudades. La madre está hora en paro, cobra 1.200 euros al mes y tiene dos niños más de corta edad.

El caso está ahora en manos de la Sección 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona

Una juezde Esplugas de Llobregat(Barcelona)ha separado a una niña de siete años de sus dos hermanos biológicos al considerar que uncambio de domicilio "no significaría una clara mejora respecto a su actual situación” y que la convivencia con sus hermanos, de un año y medio y siete meses, respectivamente, “podría complicar” la vida de la niña.

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