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El Confidencial.- 07/07/2011
La nueva ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, que entra hoy en vigor, prohíbe la aparición de profesionales sanitarios o pacientes (reales o ficticios) en la publicidad de alimentos para constatar sus beneficios para la salud, así que ahora los anunciantes de productos alimenticios tendrán que buscarse otra estrategia de venta.
La nueva normativa prohíbe también la promoción del consumo de alimentos con el fin de sustituir el régimen de alimentación o nutrición comunes, especialmente en los casos de maternidad, lactancia, infancia o tercera edad, así como la referencia a su uso en centros sanitarios o a su distribución a través de oficinas de farmacia.
Sin embargo, sí se permite la utilización de avales de asociaciones, corporaciones, fundaciones o instituciones, relacionadas con la salud y la nutrición en la publicidad o promoción directa o indirecta de alimentos, siempre y cuando se trate de organizaciones sin ánimo de lucro y se comprometan, por escrito, a utilizar los recursos económicos en actividades que favorezcan la salud.
La recién estrenada ley, que pasó el filtro del Senado sin apenas sufrir cambios, pretende establecer instrumentos que contribuyan a generar un alto nivel de seguridad de los alimentos y los piensos y la contribución a la prevención de los riesgos para la salud humana derivados del consumo de alimentos. Para ello, además de regular la publicidad (haciendo especial hincapié en los dirigidos a menores de 15 años), se contemplan muchas otras medidas como la del etiquetado o el control de los menús escolares.
Tampoco podrán venderse (ni anunciarse, obviamente) alimentos y bebidas con alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares en las escuelas infantiles y centros escolares.
Celíacos sí, pero alérgicos no
Concretamente en los colegios, la ley apuesta por que “la oferta alimentaria de los centros escolares sea variada y adecuada a las necesidades nutricionales de los alumnos” con un menú diario supervisado por profesionales de la nutrición. En este ámbito destacan las medidas sobre alergias o intolerancias alimentarias, aunque el Senado rechazó hacer referencia expresa a la celiaquía, se impone a los centros escolares la obligación de ofrecer menús alternativos.
De este modo, aquellos alumnos que, mediante el correspondiente certificado médico, acrediten la imposibilidad de ingerir determinados alimentos que perjudican su salud, deberán disponer en su centro de menús especiales, adaptados a esas intolerancias. Y se garantizarán menús alternativos en el caso de intolerancia al gluten, aunque no ocurrirá lo mismo con otras alergias.
Por eso la Asociación de Alérgicos a Alimentos y Látex, (AEPNAA) cree que la nueva Ley de Seguridad Alimentaria es "poco comprometida" y en un comunicado ha calificado de “agravio comparativo” la ley por obviar las necesidades de los alérgicos y reconocer las de los celíacos, aunque ha felicitado a este último colectivo por su logro.
En los colegios también se regula, y de forma especial, la publicidad de alimentos ya que a partir de ahora en los centros infantiles y educativos sólo se llevarán a cabo campañas de promoción alimentaria, educación nutricional o promoción del deporte o actividad física previamente autorizadas por las autoridades educativas competentes.
Prohibido discriminar a los gordos
Además, la ley impone de forma expresa la prohibición de cualquier discriminación directa o indirecta por razón de sobrepeso u obesidad. "Se considera discriminación directa por esta razón, la situación en la que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sobrepeso, de manera menos favorable que otra en situación comparable", afirma la ley. Conviene recordar en este punto que casi la mitad de los niños españoles sufren problemas de sobrepeso, con lo que no es un tema baladí.
La ley define por primera vez un sistema de información homogéneo en seguridad alimentaria para el intercambio de datos entre profesionales, investigadores y administraciones, así como para facilitar los conocimientos más avanzados en la materia.
En concreto, el texto establece la obligación de revisar la Estrategia de la nutrición, actividad física y prevención de la obesidad (NAOS), creada en 2005, cada cinco años para actualizar y avanzar en sus objetivos. Para ello, se prevé la creación del Observatorio de la nutrición y el estudio de la obesidad, que realizará análisis periódicos de la situación nutricional de la población y de las cifras de obesidad en España.
Entre las funciones de este futuro organismo se encuentran las de recabar información sobre los hábitos alimentarios y de actividad física de la población, en las diferentes edades y grupos socioeconómicos; sobre la prevalencia de sobrepeso y obesidad, así como de sus factores determinantes; el seguimiento y la evaluación de las medidas de la Estrategia NAOS; analizar y recopilar políticas e investigaciones internacionales de mayor efectividad e impacto sobre la salud; y elaborar estudios.
OPINIONES DE LOS LECTORES,
2 COMENTARIOS
2 .- Y, en verano, cuidado con los refrescos...
http://doctorsito.wordpress.com/2010/02/26/burbujas/
.
1 .- Más leyes tontería. Más protección inutil para el ciudadano.
Lo que teneis que hacer es meteros con toda la mierda de trasgénicos y sustancias de mierda que están en todos los productos comerciales y dejaros de tonterias. Que más dará que un médico diga que danacol es super guay para vender más, cuando el problema alomejor está en que los cereales que se está comiendo la gente, teniendo más mierda que beber de un charco...
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