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Carlos Sánchez.- 09/02/2012
Sostiene la ministra Báñez que la implantación del llamado ‘contrato único’ es inconstitucional. Y es verdad. Debe ser al menos tan inconstitucional como el hecho de que este país avance bajo palio hacia los seis millones de parados. Pero ocurre que como vivimos en un mundo plagado de leguleyos, y no digamos nada en el planeta del derecho del trabajo, lo importante es no socavar las normas laborales, no vaya a ser que la jungla se alborote. No hay nada mejor que hacer una reforma laboral cada cinco años (siete en 35 años de democracia) para dar alimento intelectual (y del otro) a tanto experto en el mercado de trabajo.
El argumento que da la ministra es que el contrato único -indemnización pactada y descausalizado el despido- atenta no sólo contra la Constitución (¿en qué artículo lo pone?), sino contra el convenio de la OIT sobre terminación del puesto de trabajo rubricado por España en 1985. Pero si eso fuera verdad, este país lo vendría incumpliendo desde que un año antes el primer Gobierno socialista tiró por la calle del medio y decidió abrir el melón de la temporalidad. O lo que es lo mismo, la dualidad en el mercado de trabajo, que ha traído consigo dos clases de asalariados: los indefinidos y los temporales, sobre los que caen los rigores de la crisis.
Y sería un claro incumplimiento debido a que el artículo 4 del convenio de la OIT dice textualmente que “no se pondrá término a la relación de trabajo de un trabajador a menos que exista para ello una causa justificada relacionada con su capacidad o su conducta o basada en las necesidades de funcionamiento de la empresa, establecimiento o servicio”. ¿Alguien cree que el fin de los millones de contratos temporales que caducan cada año tiene que ver con una causa justificada? O más bien hay que vincularlo al hecho de que las empresas han encontrado esta vía de salida para despedir sin tener que dar explicaciones a nadie (la jurisdicción laboral) sólo por el hecho de que el contrato tiene una duración determinada.
Si eso fuera cierto, desde luego, no tendría sentido que las empresas contraten a un mismo trabajador durante años y años mediante el uso fraudulento de los contratos temporales, sobre todo cuando en la legislación actual -una perla del anterior Gobierno- se han eliminado los límites al encadenamientos de la contratación temporal ¿O es que hay ‘causa justificada’ cuando la propia Administración encadena cada día miles y miles de contratos y despide libremente sabiendo a ciencia cierta que ese empleo seguirá existiendo aunque despida al trabajador y que, por lo tanto, debe cubrirlo sí o sí?
Es simplemente falso, por lo tanto, decir que no se puede despedir sin causa objetiva alguna, como dice la OIT. De hecho, ocurre cada día miles de veces y nadie dice nada, pero el sistema laboral se nutre de esta jungla legislativa, y eso explica que nadie (ni empresarios ni sindicatos ni expertos en derecho laboral ni toda suerte de asesores áulicos) quieran cambiar el statu quo.
Proteger derechos fundamentales
Se puede argumentar, sin embargo, que la tutela judicial efectiva es un derecho de todos los ciudadanos. Y es verdad. El Estado de Derecho debe garantizar que ningún trabajador pueda ser despedido sin que pueda acudir a los tribunales. Pero ese principio -absolutamente necesario y por supuesto un bien jurídico a proteger- se refiere a los derechos fundamentales. Y de hecho, el citado convenio de la OIT aclara algunos supuestos: no se puede despedir por estar afiliado a un sindicato, por representar a los trabajadores o por la raza, el sexo, el color o el estado civil del trabajador. Pero es mucho más discutible que se pueda extender esta tutela judicial efectiva a cuestiones económicas en el mundo de la empresa, salvo en los despidos colectivos, que por supuesto deben tener otra consideración. O en los despidos que la propia jurisdicción declare improcedentes, con un tipo de indemnización más elevada. Y, por supuesto, en lo nulos radicales.
La farsa de la pretendida causalidad a la hora de despedir -argumento jurídico esgrimido- llega, incluso, al extremo de que obvia que la propia ley española incumple este principio. El Real Decreto de alta dirección dice textualmente que el “contrato de trabajo podrá extinguirse por desistimiento del empresario”, eso sí, comunicado por escrito y debiendo mediar un preaviso.
La norma, Incluso, habla de algo muy parecido al contrato único: el alto directivo tendrá derecho a las indemnizaciones pactadas en el contrato, y a falta de pacto “la indemnización será equivalente a siete días del salario en metálico por año de servicio con el límite de seis mensualidades”. Es decir, que lo que para los ‘curritos’ es inconstitucional, para los ‘jefes’ es norma común desde hace 27 años. Como diría el clásico, todos constitucionales pero unos más que otros.
OPINIONES DE LOS LECTORES,
17 COMENTARIOS
17 .- #15 [sigo] Lo que nos debe quedar claro es que lo real es la cuantía de la indemnización, y lo demás es teatro.
16 .- Lo único que podría evitar que lleguemos a los 6,000.000 de parados es el aumento de la demanda. Subir los impuestos y bajar los salarios es de gran ayuda.
15 .- Pues no entiendo para nada eso de que el contrato único sería inconstitucinal. Tampoco lo explica la ministra.
¿Es que el contrato único "descausaliza" [qué palabreja...] el despido? Pues ayer estuve en el foro Nada es Grtis, tenido por algunos como muy de derechas, y he visto que su propuesta de contrato único contiene dos tablas de indemnización, una para el despido procedente y otra para el despido improcedente. Así que la normativa sobre causalidad del despido se mantiene.
Despedir sin causa no ha sido nunca ningún problema, lo único que pasa es que el despido se declara improcedente y da derecho a una indemnización mayor que cuando hay causa justificada. La intervención judicial en los despidos improcedentes es pura pantomima. Que nos lo digan a los que hemos sido funcionarios del INEM... Las partes se ponen primero de acuerdo y después van a la Delegación de Trabajo de la Junta para rellenar un papel de conciliación administrativa, en el que la empresa reconoce la improcedencia del despido y se fija la indemnización. Este papel es necesario para acreditar la situación legal de desempleo a efectos de obtener el paro: por eso se molestan las partes en hacer ese papeleo
14 .- Todo el artículo viene a corroborar lo que se sabe hace mucho:
Hay que dejar de hablar de las normas que rigen el despido y la cobertura de los desempleados ya que ZP se ha ocupado de eso durante 8 años sin parar y no se ha discutido de otra cosa, y dedicarse gobierno, sindicatos y todo bicho viviente al 100% a ofrecer medidas tendentes a regenerar el empleo facilitando:
1]la contratación de asalariados, ya sea con miniempleos, tiempos parciales o lo que sea, de manera que sea gente que cotice [aunque sea casi cero] en vez de ser subsidiado [aparte del daño psicológico que supone estar parado]
2] El autoempleo, dando mayor cobertura, facilidades los primeros años, lo que sea para que la gente que se tira a la piscina no acaben estampados contra el suelo en el 90% de los casos y piensen que ser autónomo es lo peor de lo peor.
El discutir si el nuevo contrato se va a llamar temporal, unico, si corresponden 20, 30 o 40 días, no va a suponer más que una pérdida de tiempo y de oportunidades, una vez más.
13 .- Buenos días.
Yo, a diferencia del estimado forero Boswell, pienso que el Sr. Carlos Sánchez, de quién llegué a guardar algún artículo en mi equipo como ejemplo de excelencia, está ultimamente patinando y estrellándose con todas las paredes que encuentra, se pega unos morrazos de película.
Le recuerdo que hace unos dos fines de semana, publicó usted un artículo total y absolutamente catastrófico y mal hecho, referido a nuestra crisis, donde además de empezar con un chascarrillo para acusar al Sr. Rajoy que no era serio [mando güevos], después de hacer el ridi durante varios párrafos no se le ocurrió otra cosa que acabar con una cita de Roosevelt aludiendo a algo considerado como la crisis psicológica, como si viviéramos en el mundo de OZ. Hoy nos habla de 6 millones de parados. ¿No es usted un poco incongruente? ¿No eran parados imaginarios? ¿O ya se han hecho de carne...?
Será que hoy estoy un poco ácido. A ver si el café y algún chuche me endulzan un poco.
Que tengan todos un buen día.