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¿En qué casos están cubiertos los depositantes de Banco Madrid?
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TRAS LA DECISIÓN DE NO RESCATAR A LA ENTIDAD

¿En qué casos están cubiertos los depositantes de Banco Madrid?

Según los últimos datos, 15.000 clientes de Banco Madrid tenían depositados cerca de 680 millones de euros en la entidad. ¿Qué pasa con estos ahorros? ¿Todo el mundo podrá recuperar su inversión?

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La decisión del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB) de no rescatar Banco Madrid plantea la duda a los ahorradores atrapados en la entidad. ¿Qué va a pasar con su dinero? ¿Está protegido en todo caso? Y, si es así, ¿en cuánto tiempo lo va a recuperar? La respuesta a la segunda cuestión es que está salvaguardado por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) hasta los primeros 100.000 euros y su dinero le será devuelto en los siguientes 20 días hábilesa la declaración de concurso. Sin embargo, si tiene una cuantía superior tiene muchas papeletas de no recuperar la totalidad de su dinero. Según la normativa vigente, todos aquellos clientes que sobrepasan el tope establecido por la cobertura son considerados como un acreedor más y deben someterse al pertinente orden de prelación que se aplica en las liquidaciones.

Se estima que 15.000 clientes tenían depositados 680 millones de euros en la entidad

En este punto cabe recordar la política que tenía Banco Madrid a la hora de comercializar sus productos. La entidad estaba enfocada a los grandes patrimonios y ofrecía depósitos con una rentabilidad por encima de la de las imposiciones convencionales del resto de entidades. Sirva de ejemplo que el requisito mínimo para realizar una contratación era invertir 50.000 euros. Según los últimos datos de negocio de la entidad, correspondientes a cierre de 2014, cerca de 15.000 clientes tenían depositados casi 680 millones de euros en la entidad. Según fuentes cercanas a la entidad, medio millar de personas mantendrían a día de hoy posiciones en depósitos por encima de los 100.000 euros salvaguardados por el FGD.

En estos casos, los depositantes quedan a expensas de la aplicación de la Directiva Europea de Resolución y Restructuración de Entidades que establece el orden de liquidación de un banco. Dicho de otra forma, los jueces y administradores evalúan el estado del balance, determinan la lista de acreedores y establecen una devolución ordenada.

Excepciones que no garantizan los depósitos

A pesar de que los primeros 100.000 euros están salvaguardados en teoría, hay excepciones que no se acogen a este parapeto del FGD. Una de ellas atañe, como es lógico, a aquellos depositantes cuyas actividades hayan estado relacionadas con el blanqueo de capitales. Por otra parte, los accionistas y directivos de Banco Madrid tampoco tienen protegida su inversión, así como sus familiares de primer grado.

Los clientes de los fondos asumirán pérdidas

El pasado 16 de marzo la CNMV suspendió los reembolsos de los fondos de los clientes de la entidad. Era una medida de contención para frenar la salida de dinero de la entidad que, según los últimos datos recogidos por Morningstar, ha perdido casi 90 millones de euros en los primeros cuatro días desde el anuncio de intervención por parte del Banco de España (datos del 11 al 16 de febrero).

Desde el BdE se han encargado en insistir una y otra vez que los depositantes y los partícipes no están cubiertos de la misma forma. Así las cosas, si tiene posiciones en una de la veintena de fondos bloqueados (un 70% de los productos gestionados están fuera del corralito) no le queda otra que esperar y asumir que está en la lista de acreedores, con lo que tendrá que hacer frente a las posibles pérdidas que se produzcan.

La decisión del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB) de no rescatar Banco Madrid plantea la duda a los ahorradores atrapados en la entidad. ¿Qué va a pasar con su dinero? ¿Está protegido en todo caso? Y, si es así, ¿en cuánto tiempo lo va a recuperar? La respuesta a la segunda cuestión es que está salvaguardado por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) hasta los primeros 100.000 euros y su dinero le será devuelto en los siguientes 20 días hábilesa la declaración de concurso. Sin embargo, si tiene una cuantía superior tiene muchas papeletas de no recuperar la totalidad de su dinero. Según la normativa vigente, todos aquellos clientes que sobrepasan el tope establecido por la cobertura son considerados como un acreedor más y deben someterse al pertinente orden de prelación que se aplica en las liquidaciones.

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