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Guindos claudica ante la banca y deja en nada el semáforo de productos financieros
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NI COLORES NI ADVERTENCIAS DE COMPLEJIDAD

Guindos claudica ante la banca y deja en nada el semáforo de productos financieros

Economía ha cedido en todo a las pretensiones de la banca y ha vaciado de contenido la orden que clasifica los productos financieros para, en teoría, proteger al inversor. No hará falta ni poner colores

Foto: Luis de Guindos junto al vicepresidente de Cuba, Ricardo Cabrisas, en La Habana. (EFE)
Luis de Guindos junto al vicepresidente de Cuba, Ricardo Cabrisas, en La Habana. (EFE)

Esta orden ministerial para clasificar los productos financieros por nivel de riesgo llega con casi dos años de retraso y ha sido objeto de una encarnizada batalla entre la CNMV -que pretendía imponer unos criterios muy duros y prácticamente prohibir la venta de productos complejos- y la banca a través de su 'lobby', la AEB, que quería mantener su flexibilidad para poder colocar estos productos en sus redes en caso de necesidad, como ha venido informando El Confidencial. Finalmente, las entidades financieras han obtenido una victoria absoluta, ya que la norma ha quedado prácticamente vacía de contenido.

Tan descafeinada ha quedado que ni siquiera será obligatorio lo más llamativo de la misma: el código de colores que indican el riesgo de los productos, es decir, el 'semáforo' o las 'banderas de playa'. Las entidades podrán elegir entre poner el color o bien un número que defina el citado nivel de riesgo en una escala sobre seis: sería 3/6 o 6/6 para los más peligrosos. Y el ministerio supone que, con eso, el cliente ya entiende que se están refiriendo al nivel de riesgo y que el seis es el más peligroso y el uno, el menos. En realidad, solo hay dos categorías: productos garantizados (divididos a su vez en cinco tramos por su liquidez o plazo) y no garantizados (el nivel seis). Por otro lado, no será obligatorio incluir el indicador de riesgo en la publicidad de los productos, salvo en la que "incluya información concreta sobre sus características y riesgos".

Pero la victoria más importante de la AEB es que los productos más complejos quedan excluidos de la norma. Es decir, los bancos podrán seguir vendiéndolos a los minoristas sin indicación específica de su riesgo (aunque sí sometidos a las normas que obligan a hacer los test de idoneidad y conveniencia, y a advertir de las potenciales pérdidas, como hasta ahora). La excusa utilizada por Economía es que estos productos, llamados PRIIP (productos de inversión minorista empaquetados, por sus siglas en inglés), tendrán una regulación armonizada por parte de la UE el 31 de diciembre de 2016. Hasta entonces, quedan en el limbo productos como los derivados, los CFD, los depósitos y bonos estructurados, los CoCos (las nuevas preferentes) o los 'unit linked'.

Además, la presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, pretendía imponer una advertencia específica para los productos complejos, así como la obligación de explicar claramente la complejidad del producto y de que el cliente estampara su firma manuscrita en un documento que dijese que comprendía la complejidad y que el producto no era adecuado para él, pero aun así quería comprarlo. Su intención era evitar en la práctica su comercialización entre los minoristas, después de su responsabilidad en el escándalo de las preferentes durante la presidencia de Julio Segura. De hecho, hasta llegó a impedir en 2013 que los fondos de inversión compraran varias emisiones de CoCos, por las pérdidas que podrían ocasionar a sus partícipes.

Un producto complejo es uno que no es sencillo

Pero todo esto ha desaparecido del texto final salvo la advertencia, que no se aplicará en todo caso a los mas complejos, como se ha dicho. Y además, queda totalmente descafeinada. Su redacción inicial era "instrumento especialmente complejo, cuya adquisición por inversores no profesionales no se considera adecuada” y la definitiva es "producto financiero que no es sencillo y puede ser difícil de comprender".

La derrota de la CNMV queda patente en que esta norma iba a ser originalmente una circular elaborada por ella misma, pero el ministerio le ha arrebatado la idea con la excusa de aplicarla a todos los productos bancarios y no solo a los de inversión: entran los depósitos, los fondos de inversión o los planes de pensiones. Pero lo cierto es que así ha podido retrasar su entrada en vigor hasta después de las elecciones (en febrero) y prácticamente vaciarla de contenido.

La norma no cumple sus propios objetivos

La norma no solo acaba con las pretensiones del supervisor y adopta las de la banca, además, tampoco cumple los objetivos que teóricamente la inspiran: transversalidad, simplicidad y homogeneidad. El primero -incluir a todos los productos financieros en el sistema de alerta- se viene abajo puesto que precisamente los más complejos quedan fuera, y también otros más simples como la deuda pública. El segundo -la simplicidad- tampoco se cumple, ya que la fórmula que impone es bastante complicada; valga como ejemplo la necesidad de establecer seis niveles cuando bastaría con dos tal como se han establecido: garantizados (divididos en cinco grupos) y no garantizados. O se podría haber optado por unos niveles más amplios basados en el potencial teórico de pérdidas, la volatilidad histórica, el apalancamiento, etc.

En cuanto a la homogeneidad -mismos criterios para todos los productos-, queda descartada por cuanto va a haber al menos tres sistemas de alerta conviviendo: el de esta norma para los pocos productos a los que afecta; el que ya está vigente para los fondos de inversión, que no tiene nada que ver con el nuevo y que se va a aplicar a los planes de pensiones en vez de la orden ministerial, y el que imponga Bruselas para los productos más complejos en 2017.

Esta orden ministerial para clasificar los productos financieros por nivel de riesgo llega con casi dos años de retraso y ha sido objeto de una encarnizada batalla entre la CNMV -que pretendía imponer unos criterios muy duros y prácticamente prohibir la venta de productos complejos- y la banca a través de su 'lobby', la AEB, que quería mantener su flexibilidad para poder colocar estos productos en sus redes en caso de necesidad, como ha venido informando El Confidencial. Finalmente, las entidades financieras han obtenido una victoria absoluta, ya que la norma ha quedado prácticamente vacía de contenido.

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