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Traslado de enfermos, cristales tintados, niños en sillitas: trucos y dudas para el Día-D
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escenario tres del protocolo por polución

Traslado de enfermos, cristales tintados, niños en sillitas: trucos y dudas para el Día-D

Las principales recomendaciones del Ayuntamiento de Madrid pasan por utilizar el transporte público, planificarse con la mayor antelación posible y compartir vehículo si es indispensable

Foto:  Vista general de la capa de contaminación aérea de Madrid. (EFE)
Vista general de la capa de contaminación aérea de Madrid. (EFE)

La activación del escenario 3 en el protocolo contra la contaminación, que implica el cierre del tráfico en el interior de la M-30 a los vehículos con matrícula par (por coincidir con un día impar del mes), ha generado dudas recurrentes entre los conductores. Se trata de la primera vez en la historia que se aplican estas medidas en una ciudad española. ¿Mi vehículo está incluido dentro de las excepciones? ¿Hasta qué hora están en vigor estas medidas? ¿Cómo acudo a trabajar? ¿Qué hago ante una urgencia médica? ¿Y si me tengo que ir de vacaciones?

Las principales recomendaciones del Ayuntamiento de Madrid pasan por utilizar el transporte público, planificarse con la mayor antelación posible y compartir vehículo si es indispensable ya que, como en el carril Bus-VAO, con una alta ocupación (a partir de tres ocupantes) podrán circular indistintamente, tengan matrícula par o impar. El control a los conductores lo realizarán agentes de movilidad y de la policía municipal, mediante controles aleatorios. Además de los radares fijos habituales, también se desplegarán radares móviles para velar por el cumplimiento de la normativa europea y estatal que tiene como fin proteger la salud pública cuando los niveles de toxicidad en el aire superan lo establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

¿Mi coche híbrido está eximido?

La última modificación del protocolo incluye dentro de las excepciones tanto a los vehículos 'cero emisiones' como a los clasificados en la categoría de ECO. Los primeros son los incluidos en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible. Según el último registro, el parque móvil de estos vehículos se limita a 21.353, de los cuales 5.580 están matriculados en la Comunidad de Madrid.

Si usted cuenta con un vehículos híbrido (enchufable o no) o propulsado con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido también podrá circular en escenario 3. El parque móvil de estos últimos vehículos en Madrid asciende a 30.787. Los vehículos 'cero emisiones', y que porten el distintivo de manera visible, podrán circular y aparcar en el centro, mientras que los híbridos solo circular.

¿Qué pasa con las motos?

Las motocicletas, triciclos y ciclomotores, a pesar de que la DGT todavía está sometiendo a estudio su clasificación dentro de los vehículos cero emisiones, el Ayuntamiento de Madrid ha decidido excluirlos de las restricciones.

¿Cómo voy a trabajar?

Cuente o no con un vehículo híbrido, con el que podría circular, la mejor opción es acudir en transporte público. En caso de estar el centro de trabajo en una zona sin estos servicios, como pudiesen ser polígonos industriales, se recomienda compartir el trayecto con compañeros de trabajo. A partir de tres viajeros se considera alta ocupación y, por tanto, entra dentro de las excepciones.

Si utiliza un vehículo profesional o de empresa, deberá hacerlo con un certificado del empleador que acredite que su horario laboral está fuera del horario de cobertura del transporte público (de 0:00 a 6:30 horas). Es decir, durante el resto del día no se podrá circular en el coche de la empresa. En caso de trabajar como repartidor, estarán exentos de restricciones los vehículos comerciales e industriales para operaciones de distribución urbana de mercancías hasta 3.500 kilogramos. Si supera esta masa máxima autorizada, exclusivamente podrán circular cuando se trate de vehículos híbridos no enchufables o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido.

El Ayuntamiento recomienda modificar los horarios de desplazamientos, si las condiciones laborales o personales lo permiten, para evitar las horas punta en las que el transporte público pueda estar más congestionado.

¿Y si tengo los cristales tintados o sillitas de bebé?

La picaresca española no deja nunca de sorprender, pero existen antecedentes sobre sanciones recurridas satisfactoriamente por circular sin alta ocupación en el carril Bus-VAO, al no poderse demostrar que no viajaba una tercera persona en la parte trasera del vehículo. Con todo, la policía municipal realizará controles aleatorios para asegurarse del número de viajeros que circulan en cada vehículo. Al igual que en el Bus-VAO tampoco suele ser una opción viajar con una muñeca caracterizada o un maniquí para tratar de confundir a los agentes, como un conductor al que multaron el pasado verano.

Sí contabilizan como pasajeros los bebés que vayan en sillas homologadas. Si en todo caso, se recibe una sanción por estos hechos amparada en un documento gráfico, podrá recurrirse, ya que en éste deberá observarse, sin ningún género de dudas, que ninguna de las plazas, a excepción de la del conductor, está ocupada.

¿A qué hora ya puedo circular o aparcar?

La limitación de velocidad a 70 km/h en la M-30 se aplica a partir de las 6 de la mañana. Media hora después, a las 6:30 entran en vigor las medidas de restricción de la circulación, hasta las 21:00 horas. Las medidas de restricción del aparcamiento en zona SER se aplican en su horario habitual: de 9 a 21h de lunes a viernes y de 9 a 15 los sábados.

¿En caso de urgencia hospitalaria?

Si se llega de urgencia al hospital, habitualmente se puede entrar con el coche hasta la puerta para dejar al enfermo. Si se acude para consulta se recomienda ir, si fuera posible, en transporte púbico, vehículo eléctrico, caminando, etc. En caso de extrema necesidad, si se aparca o se circula y se recibe posteriormente una sanción, se podría recurrir aportando un certificado del centro hospitalario que acredite los extremos alegados. El taxi es otra de las opciones, además de que pueden circular las ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria, tanto pública como privada.

¿Cómo me voy de viaje?

Si no viaja con otras dos personas, ni tiene un coche híbrido, deberá buscarse una opción de transporte público o alternativo, como BlaBlaCar. También se puede esperar a que se levanten las restricciones a las 21:00 horas. La restricción de circular dentro de la M30 te afecta en cualquier desplazamiento, independientemente del destino final.

¿En caso de sanción injustificada?

Desde el Ayuntamiento de Madrid recalcan que “todos y cada uno de los recursos se estudiarán para evitar sancionar injustamente a quien no ha tenido otra opción”.

Vehículos que siempre podrán desplazarse

  • Transporte público colectivo
  • Bicicletas
  • Taxis
  • Vehículos de alta ocupación (tres personas o más)
  • Motocicletas, triciclos y ciclomotores
  • Vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público (0:00 a 6:30 horas), acreditado a través de un certificado del empleador
  • Vehículos que dispongan del distintivo “cero emisiones” establecido por la DGT y lo exhiban en lugar visible
  • Vehículos híbridos o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido
  • Vehículos de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía)
  • Vehículos comerciales e industriales para operaciones de distribución urbana de mercancías, con restricciones en función de su masa máxima autorizada (si esta es superior a 3.500 kilogramos, exclusivamente cuando se trate de vehículos híbridos no enchufables o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido)
  • Vehículos de mudanzas
  • Autobuses, automóviles y furgonetas del parque auxiliar de Madrid Calle 30, EMT y CRTM identificados, para atender incidencias
  • Vehículos para la realización de controles ambientales municipales
  • Vehículos destinados al transporte de detenidos
  • Grúas para el remolque de vehículos
  • Vehículos para la recogida de basuras, limpieza y baldeo viario
  • Vehículos de autoescuelas
  • Vehículos de transporte funerario
  • Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual

La activación del escenario 3 en el protocolo contra la contaminación, que implica el cierre del tráfico en el interior de la M-30 a los vehículos con matrícula par (por coincidir con un día impar del mes), ha generado dudas recurrentes entre los conductores. Se trata de la primera vez en la historia que se aplican estas medidas en una ciudad española. ¿Mi vehículo está incluido dentro de las excepciones? ¿Hasta qué hora están en vigor estas medidas? ¿Cómo acudo a trabajar? ¿Qué hago ante una urgencia médica? ¿Y si me tengo que ir de vacaciones?

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