DEFIENDE LA AUTORIZACIÓN DE BALTASAR GARZÓN
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@Alberto Mendoza.- 28/01/2010 (06:00h)
Francisco Correa, presunto líder de la trama Gürtel (Efe)
Antonio Pedreira, juez instructor del caso Gürtel, avaló ayer los polémicos ‘pinchazos’ que Baltasar Garzón había ordenado para intervenir las comunicaciones en prisión entre los principales imputados y sus abogados. Y lo hizo con un prolijo auto en el que llega a citar las escuchas a los presuntos asesinos de Marta del Castillo como precedente. Se trata de una decisión importante porque desactiva la ofensiva de los letrados que pretenden la anulación del sumario, y da un nuevo impulso a la investigación de esta trama corrupta que ha golpeado con fuerza al PP.
El juez asume las tesis de la Fiscalía frente a las reclamaciones de los abogados de José Luis Izquierdo, contable de Francisco Correa, y Javier Nombela, asesor popular del Ayuntamiento de Madrid. Según Pedreira, la intervención de las conversaciones entre Correa, sus colaboradores directos Pablo Crespo y Antoine Sánchez, y sus respectivos abogados era una medida “objetivamente necesaria para la investigación de los hecho y proporcionada a la gravedad de éstos”.
El último levantamiento de secreto de sumario mostró cómo Crespo, ex secretario de organización del PP de Galicia, había dado instrucciones desde la prisión de Soto del Real para ejecutar los fondos de la organización en Suiza. Los ‘pinchazos’ también sirvieron para descubrir como el ex vicepresidente de Repsol, Ramón Blanco Balín, coordinaba con su abogado los movimientos en las empresas patrimoniales de Correa. Otros detalles de las conversaciones exhibieron el talante de los imputados, como cuando Crespo ironizaba sobre su encarcelamiento: “Me dice Correa que por qué estamos aquí, si no hemos hecho nada, ji, ji, ji…”.
Sin embargo, más allá de su utilidad, los letrados, incluido el Colegio de Abogados de Madrid, consideran que se trata de escuchas ilegales que atentan contra un derecho fundamental: el de defensa. Para desmontar esta posición, Pedreira desgrana en 59 folios abundante jurisprudencia, entre la que destaca la apelación al caso de Marta del Castillo. El Ministerio Fiscal indica que en la investigación por la violación y asesinato de esta joven, el instructor del caso autorizó intervenir las comunicaciones de los imputados con sus abogados para esclarecer los hechos y conseguir hallar el cuerpo de la menor.
“Es lícito aportar a la causa la grabación de las comunicaciones del imputado con su abogado si las mismas revelan dónde se puede localizar el cuerpo de la víctima”, señala el auto, que compara esta medida con la que padecieron Correa, Crespo y Sánchez. Pero los ‘pinchazos’ en el caso de Marta del Castillo también estuvieron marcados por la polémica. De hecho, el letrado de los padres de la joven asesinada apoyó la nulidad de las escuchas realizadas en la cárcel a los cuatro acusados, ya que consideró que estas medidas están restringidas para casos de terrorismo.
Supuestos de terrorismo
No obstante, Pedreira rechaza que sólo se puedan llevar a cabo estas escuchas con terroristas. Para el instructor, la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite la intervención de las comunicaciones del procesado, prevalece sobre la Ley Orgánica General Penitenciaria, donde se recoge que se requiere “orden judicial” y “supuestos de terrorismo”. Este requisito, según el auto, se aplica sólo a la autoridad penitenciaria, no al juez que investiga un delito, que “nada tiene que ver con la aplicación de medidas de régimen penitenciario y es totalmente ajena a las limitaciones que se derivan de éste”.
Por otra parte, Pedreira recuerda a los letrados que “algunos de los intervinientes han actuado simultáneamente como abogados y como imputados”, y que no se puede dar el absurdo de que el secreto profesional impida al Estado la persecución de delitos. Concretamente, el juez señala que los imputados continuaban cometiendo desde la cárcel blanqueo de capitales, y que las escuchas estaban encaminadas a su investigación, no a descubrir sus estrategias de defensa.
Pero este auto no supone el final de las demandas de los letrados. Luis Rodríguez Ramos, defensor del diputado autonómico del PP Martín Vasco, y vicedecano del Colegio de Abogados, destacó en que la decisión de Pedreira es recurrible, y que deberá ser la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid quien fije si se deben anular o no los ‘pinchazos’. Además, explicó que el Colegio madrileño mantiene su intención de querellarse contra Garzón por haber autorizado las grabaciones. Prueba de que el caso Gürtel puede enredarse todavía más.
OPINIONES DE LOS LECTORES,
20 COMENTARIOS
20 .- #10 Hemos tenido la desgracia de coincidir una ciudadanìa del siglo XXI, con un sistema judicial y gobernante del XVIII.
"Los derechos y libertades del pueblo son ignorados por los que tienen que impartirlo.
"El sistena tiene contaminados a todos los estamentos".-
19 .- En lo que se refiere a un mal ejemplo de juez contaminado por la política, ahí tenemos a Baltasar Garzón, paradigma emblemático de los jueces que mezclan su condición de juez y político, en su caso socialista, que fué como núm. 2, detrás de Felipe González, en las listas electorales del PSOE por Madrid, para que Felipe le nombrara Ministro de Justicia, aunque después se quedara en sólo Secretario de Estado,
Ahora Garzón se encarga de que en los turnos de reparto "le toquen" los casos que afectan al PP o alguno de sus cargos, o se dedica a abrir fosas de la guerra civil que acabó hace 70 años, que sólo le interesan a ZP y a su particular "memoria histórica", o a hacer el ridículo investigando si el General Franco ha muerto, asegurándose de que realmente se murió, pidiendo, por si acaso, su certificado de defunción.
Mientras tanto no acaba de explicar por qué pidió dinero a Emilio Botín para que financiara unos cursos en EE.UU., de los que él tenía que cobrar, por qué ocultó a la Audiencia Nacional y al CGPJ la verdad sobre los cursos, que eran remunerados, por qué lleva más de tres años con la instrucción del caso Faisán, guardada en su mesa, por qué....etc. etc.
18 .- Tengo la sensación de que en España la separación de poderes no existe, como ya advirtió el otrora Vicepresidente socialista Alfonso Guerra, cuando dijo que con la Constitución Española "Montesquieu ha muerto", aunque el citado Barón se fuera de este mundo dos siglos antes.
Guerra sabía lo que decía. La Justicia en España está mediatizada por el Gobierno y por los políticos, empezando por el Tribunal Constitucional, que compuesto por 12 miembros, sólo dos son nombrados por el Consejo General del Poder Judicial. El resto de sus miembros, 10 nada menos, son elegidos, 2 por el Gobierno, 4 por el Congreso y 4 por el Senado, a los que quieran o no les deben tan alto puesto.
El Tribunal Constitucional es el encargado de velar porque la actividad legislativa del Estado y el ordenamiento jurídico que regula nuestra convivencia se ajusten a los límites establecidos por la Carta Magna
En teoría eso es así, pero la realidad nos demuestra que la práxis es otra cosa, pues la presión que ejercen los Gobiernos sobre dicho Tribunal y en especial sobre sus Presidentes es insoportable y, además, determiante.
García Pelayo, Hernández Gil, Emilia Casas y otros, saben lo que digo.
17 .- #4 Si considera que el enemigo es el Estado, le recomiendo que se traslade a Somalia. Allí no hay de eso.
16 .- Me temo que el mal uso de la libertad/derechos puede acabar originando algo peor que una dictadura. Yo entiendo la libertad como algo positivo para utilizarla positivamente y respetando los derechos de los demás. No entiendo que alguien tenga toda la libertad del mundo para cometer delitos y luego tenga tantos derechos para impedir la debida investigación de los mismos. Tanto en el caso Correa como el de Marta es de vergüenza pedir derechos para quienes se han anulado los de los demás [incluso asesinando]. El derecho del delincuente a una defensa y a atenuantes es obvio, pero el derecho y la posibilidad de maquinar para que no le pillen no debería existir. Así de fácil. De vergüenza que en el caso Correa se exija el derecho al secreto con el defensor [destruir pruebas], y en el caso de Marta, los derechos del asesino permitan no recuperar el cuerpo de la víctima. No pido venganza, sino justicia verdadera, y para ello la fiscalía debe asumir la defensa de los derechos de las víctimas. ¿Por qué tiene un asesino derecho a no declarar o tergiversar la verdad si ésta le perjudica? Sus derechos/garantías deberían ser posteriores al esclarecimiento. ¿Quitamos los rádares de tráfico?