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El Constitucional avala el cambio de género de los menores 'trans' en el registro público
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El Constitucional avala el cambio de género de los menores 'trans' en el registro público

De esta forma, el órgano responde a una cuestión de inconstitucionalidad -un juez consulta si determinado asunto se ajusta a lo dispuesto en la Carta Magna- respecto a la Ley 3/2007

Foto: Concentración a favor de los derechos de los menores 'trans' en Valencia. (EFE)
Concentración a favor de los derechos de los menores 'trans' en Valencia. (EFE)

El pleno del Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Carta Magna, ha avalado este jueves que los menores transgénero "con suficiente madurez" puedan solicitar que su cambio de sexo aparezca en los registros públicos y sea así concordante con su identidad.

Foto:  Personas participan en una marcha en defensa del colectivo LGTBI (Efe)

De esta forma, el TC tumba la restricción, contemplada en el artículo 1 de la Ley 3/2007, que les exige tener más de 18 años para poder aspirar a esta modificación, paso necesario para, por ejemplo, incluir este cambio en el DNI.

placeholder Un manifestante sostiene la bandera 'trans' en una marcha contra la transfobia en Berlín. (EFE)
Un manifestante sostiene la bandera 'trans' en una marcha contra la transfobia en Berlín. (EFE)

Según indica en su sentencia, para poder solicitarla, los menores deben encontrarse en una "situación estable" en su proceso de reasignación de sexo.

Respuesta al Supremo

De esta forma, el TC responde a una cuestión de inconstitucionalidad -la consulta de un juez sobre si determinado asunto se ajusta o no a lo dispuesto en la Ley Superior- presentada por la Sala Primera del Tribunal Supremo respecto de la Ley 3/2007, que regula la rectificación registral del sexo de los ciudadanos.

El Constitucional considera que el interés de los menores 'trans' prevalece sobre la restricción de edad marcada por la ley

El artículo 1.1 de dicho texto normativo establece que "toda persona de nacionalidad española, mayor de edad y con capacidad suficiente para ello, podrá solicitar la rectificación de la mención registral del sexo" y que "dicha rectificación conllevará el cambio del nombre propio de la persona, a efectos de que no resulte discordante con su sexo registral".

Foto: Momento en que los compañeros del menor transgénero se lanzan al agua con camiseta | Arabako Alea

El Constitucional considera que el interés de estos menores prevalece sobre esta restricción de edad, que vulnera los artículos 10.1 y 18.1 de la Carta Magna, que regulan los derechos a la intimidad y al desarrollo de la personalidad, respectivamente.

La sentencia, que será publicada en los próximos días, incluye los votos particulares de los magistrados Encarnación Roca y Alberto Montoya.

El pleno del Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Carta Magna, ha avalado este jueves que los menores transgénero "con suficiente madurez" puedan solicitar que su cambio de sexo aparezca en los registros públicos y sea así concordante con su identidad.

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