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El pequeño Nicolás gana la 'guerra' al CNI: la Audiencia anula el juicio por calumnias
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El pequeño Nicolás gana la 'guerra' al CNI: la Audiencia anula el juicio por calumnias

La Audiencia Provincial ordena que otro juez vuelva a celebrar el juicio y llamar como testigo al exdirector adjunto de la Policía Eugenio Pino

Foto: Francisco Nicolás Gómez Iglesias. (EFE)
Francisco Nicolás Gómez Iglesias. (EFE)

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado el juicio del Juzgado Penal 25 de Madrid que condenó a Francisco Nicolás Gómez Iglesias por calumniar al CNI y ha ordenado repetirlo con otro magistrado. Argumenta que el joven sufrió "indefensión" debido a que el juzgado no admitió una prueba relevante. En concreto, la Sección 15 del alto tribunal se refiere al testimonio del exdirector adjunto operativo de la Policía, Eugenio Pino, quien denunció al único testigo de la Fiscalía, el comisario exjefe de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas, al entender que éste había incurrido en actuaciones irregulares en diversas investigaciones policiales.

El testimonio de Pino, según la Audiencia Provincial, es "de indudable relevancia", dado que "viene a refutar la credibilidad del testigo", por lo que no haberlo admitido en la vista oral "vulnera el derecho a una tutela judicial efectiva" que debe reconocerse a los acusados. Además, añade la sala, su propuesta fue presentada en tiempo y forma por la defensa. Estos dos criterios rechazan, por lo tanto, el argumento esgrimido por el Juzgado 25 para impedir la declaración del exdirector de la Policía, que consideró la petición irrelevante y extemporánea.

La resolución de la Audiencia Provincial estima de este modo el recurso presentado por los entonces abogados Nicolás, Víctor Sunkel e Israel Paz, y declara "nulo" el juicio celebrado en el Juzgado 25 de Madrid así como la sentencia que dictó éste. Las actuaciones, por lo tanto, deben "retrotraerse al momento del señalamiento del juicio, que deberá realizarse por magistrado distinto al que dirigió" la primera vista, como ordena el alto tribunal madrileño.

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Gómez Iglesias fue condenado a una multa de 4.320 euros, a abonar las costas procesales y a publicar la sentencia por el Juzgado 25 el pasado 15 de noviembre por haber calumniado al Centro Nacional de Inteligencia (CNI) en una entrevista periodística y en otras dos televisivas. En concreto, en la que publicó el diario El Mundo los días 22 y 23 de noviembre de 2014 y en las que emitió Telecinco el 22 de noviembre de ese año y el 18 de abril de 2015. En la primera, Nicolás acusó directamente al ente público. "Mi teléfono fue pinchado por el CNI ilegalmente durante dos meses; luego me arrestaron", señaló. En las dos siguentes, insistió en la misma línea.

Según la sentencia del Juzgado 25, el 22 de noviembre "manifestó que agentes del CNI están llevando a cabo acciones alegales" y el 18 de abril indicó "que va a denunciar al comisario de Asuntos Internos, al instructor de su detención y a unos agentes del CNI porque se le ha escuchado a él ilegalmente y lo están ocultando para que no se sepa que la investigación es toda ilegal". Además, en esta último, añadió que el comisario José Villarrejo "tiene una grabación no manipulada en la que agentes de la Policía Nacional y del CNI señalan que le tienen pinchado el teléfono sin autorización judicial".

La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado el juicio del Juzgado Penal 25 de Madrid que condenó a Francisco Nicolás Gómez Iglesias por calumniar al CNI y ha ordenado repetirlo con otro magistrado. Argumenta que el joven sufrió "indefensión" debido a que el juzgado no admitió una prueba relevante. En concreto, la Sección 15 del alto tribunal se refiere al testimonio del exdirector adjunto operativo de la Policía, Eugenio Pino, quien denunció al único testigo de la Fiscalía, el comisario exjefe de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas, al entender que éste había incurrido en actuaciones irregulares en diversas investigaciones policiales.

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