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El juez procesa a Rato y otros 33 altos cargos de Bankia y exime al Banco de España
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El juez procesa a Rato y otros 33 altos cargos de Bankia y exime al Banco de España

El auto pone fin a una investigación de 5 años. El Ministerio Fiscal y las 44 acusaciones disponen de un mes para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento

Foto: El expresidente de Bankia Rodrigo Rato. (Reuters)
El expresidente de Bankia Rodrigo Rato. (Reuters)

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha dado por concluida la instrucción del caso en el que investigaba la fusión y posterior salida a Bolsa de Bankia y ha dictado auto de transformación -equivalente al procesamiento- en el sumario por delitos de falsedad en las cuentas anuales y fraude de inversores contra 34 personasm administradores o consejeros de Bankia y BFA en los ejercicios de 2010 y 2011.

Entre estas personas figuran el ex presidente de la entidad Rodrigo Rato, José Luis Olivas, Francisco Verdú, José Manuel Fernández Norniella, el exministro Ángel Acebes, el exconsejero de OHL Javier López Madrid y el empresario Arturo Fernandez. También se acusa a Bankia y BFA como personas jurídicas.

El juez entiende que procede sentar en el banquillo al auditor externo y socio de Deloitte, Francisco Celma, por sus informes favorables elaborados sobre los estados financieros de Bankia, durante los meses de la salida a Bolsa.

Foto: El expresidente de Bankia Rodrigo Rato, en la salida a bolsa de 2011. (EFE)

No obstante, acuerda el sobreseimiento y archivo para Deloitte, como persona jurídica, aunque la que mantiene como responsable civil. También exime a otros 10 investigados, entre ellos los responsables de la CNMV y del Banco de España cuya imputación solicitó la acusación popular. Tras oírles en declaración, considera que no tuvieron participación en el hecho delictivo. Así, quedan fuera de la causa, entre otros, el ex gobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez y el ex vicepresidente Javier Aríztegui.

Apunta el juez que fueron órganos colegiados -en concreto el Consejo Rector de la CNMV y la Comisión Ejecutiva en el Banco de España- los que adoptaron las decisiones controvertidas y sin embargo la Conferenderación Intersindical de Crédito (CIC) sólo solicitó, como acusaciónn popular, la imputación de los presidentes y vicepresidentes de ambas entidades y no del resto de los miembros de esos respectivos órganos de gobierno.

En el caso de la CNMV, el juez explica que su labor era la de adoptar las medidas necesarias legalmente establecidas para la protección de los inversores y no parece razonable- señala Andreu- exigirle que constatara por sus propios medios que los estados financieros incluidos en el folleto y avalados por el auditor representasen la imagen fiel de la entidad. Respecto al Banco de España, el juez reitera que no fue decisión suya la salida a Bolsa, aunque no se opusiera a ella y que no ha participado en la ficción de aparentar solvencia donde no la había.

La excúpula de Bankia, al banquillo

Recuerda que la conducta que se persigue es la de falsear los estados financieros y no el hecho de acordar, o autorizar, que una determinada sociedad realizara una Oferta Pública de Suscripción de Acciones con el fin de salir a Bolsa. No se castiga la incorrecta o errónea decisión de salir a Bolsa, cuestión que según Andreu, "podría ser objeto de examen y de exigencia de responsabilidad en otro foros, más no en éste, al carecer de relevancia penal".

El magistrado considera que esa decisión de salir a Bolsa, autorizada por los órganos de Administración de estas dos entidades, es una decisión perfectamente legítima “y que no por lo errónea que finalmente hubiera podido ser, deba ser objeto de una investigación en sede penal” y ello- continúa el magistrado- “por cuanto en este procedimiento no se investiga si la decisión de salida al parquet de la entidad fue acertada o, como premonitoriamente indicaba el inspector del Banco de España, D. José Antonio Casaus, errónea”. El juez concluye que después de haber tomado declaración a los responsables de ambas entidades, “no se ha acreditado, ni siquiera de forma indiciaria, que hubieran tenido una participación en la formulación y aprobación de las cuentas que se incorporaron al folleto informativo que Bankia presentó a la CNMV para su salida a Bolsa”

Fin a una larga investigación

El auto, de 253 folios, pone fin a una investigación de 5 años iniciada a raíz de una querella de UPYD. Ahora el Ministerio Fiscal y las 44 acusaciones disponen de un mes para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento. Contra este auto se puede interponer recurso de reforma ante el juez o directamente de apelación ante la Sala.

Foto: Miguel Ángel Fernández Ordóñez, Fernando Restoy y Pedro Comín.

El procedimiento principal ha acumulado 403 tomos mientras que la pieza separada de documentación de Deloitte ha sumado otros 484. La causa cuenta además con una pieza separada pericial de 9 tomos, una pieza de responsabilidad civil de12 tomos, una de correos electrónicos, de un tomo. La pieza de documentación de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, acumula otros cuatro.

En su extenso escrito el juez califica como una "ficción" el estado de las cuentas del grupo fusionado en su salida a Bolsa. En su opinión, ha quedado probada "la falsedad" de las misma que, agrega "distaba mucho de ser fiel reflejo de la realidad".

El instructor admite que el folleto hacía expresa advertencia de los distintos factores de riesgo específicos del emisor, tanto los derivados de su proceso de integración, como aquellos derivados de la presencia del FROB como acreedor, como de los derivados del mercado y la economía en general, haciendo referencia a la exposición de la entidad al mercado inmobiliario.

No osbtante, indica de forma contundente: "Los riesgos señalados en el citado folleto han quedado en puras anécdotas a la luz de lo ocurrido pocos meses después, comenzando por la quiebra e intervención del Banco de Valencia (que no fue saneada por su matriz BANKIA sino con cargo al dinero del FROB), continuando con la nacionalización y rescate de la propia entidad con cargo al dinero del Estado por importe de 23.500 millones de euros, el cese de su presidente y del consejo de administración en bloque, la reformulación de cuentas por el nuevo consejo entrante (con el afloramiento de unas pérdidas de 2.790 millones de euros) y la vertiginosa pérdida de valor de cotización de las acciones". Andreu atribuye la responsabilidad de estos hechos a todos los que colaboraron "en la creación y mantenimiento de tal ficción".

Foto: Llegada de Miguel Ángel Fernández Ordóñez a la Audiencia Nacional. (EFE)

En cuanto a Rodrigo Rato, Andreu le acusa de haber desempeñado su cargo de forma "pésima" y se extraña por el hecho de que, a pesar de su salida de Bankia, esta mala gestión no afectara a sus cargos en Caja Madrid. "No solo sigue ostentando idéntico puesto en Caja Madrid, sino que tampoco nos consta que haya renunciado a la Presidencia de la mercantil Caja Madrid Cibeles, S.A., ni a la vicepresidencia del Consejo de Confederación Española de Caja de Ahorros (CECA) ni a la Presidencia del Consejo de la Corporación Financiera de Caja de Madrid", destaca el magistrado.

Además de Rato, el magistrado incluye en su procesamiento al exconsejero delegado, Francisco Verdú, los consejeros José Luis Olivas, José Manuel Fernández Norniella y otros tantos vocales, administradores o consejeros de la entidad en los años 2010 y 2011. Se les imputa los delitos de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios de esos años y delito de fraude de inversores por incluir datos falsos en el folleto informativo para la salida a Bolsa de la entidad financiera.

En el caso de Celma, Andreu valora los dos informes favorables que elaboró sobre los estados financieros de Bankia, durante los meses de la salida a Bolsa de la entidad. En cuanto a Deloitte, explica que, según su criterio cumplió con el sistema de control de calidad y que según la Ley, es una Sociedad Profesional, donde sus socios, como el propio Celma, disponen de autonomía respecto de la firma o sociedad a la que pertenecen.

Foto: Fernando Restoy (c) a su llegada para declarar a la Audiencia Nacional. (EFE)

En el mismo auto de transformación a procedimiento abreviado Andreu acuerda el sobreseimiento y archivo para dos consejeros de Bankia que no intervinieron en las reuniones del Consejo de Administración en las que se adoptaron los acuerdos objeto de la presente causa.

A lo largo de más de 200 folios, resume los 5 años de investigación penal en donde han comparecido 48 personas investigadas, 40 testigos, se ha solicitado información a 30 entidades y se han personado 44 acusaciones particulares y populares. Además de los interrogatorios practicados el juez se ha basado en los informes periciales recabados, que le permiten concluir que los estados financieros individuales y consolidados de BFA a 31 de diciembre de 2010 y a 31 de diciembre de 2011, así como las cuentas anuales de Bankia de 2011 no reflejaban la imagen fiel de la situación económica de la entidad.

El magistrado recuerda que el delito de falsedad en las cuentas anuales se imputa a quien falsea los balances y cuentas anuales, como hicieron los administradores de BFA y Bankia, que "aprobaron unas cuentas maquilladas sobre la verdadera situación de las entidades que administraban, que no reflejaban la imagen fiel de las mismas, de manera que no mostraban la verdadera situación económica de la entidad con el consiguiente perjuicio tanto para los que posteriormente suscribieron acciones de la mercantil cotizada, como para el Estado".

Andreu cita sentencias del Tribunal Supremo que destacan que este tipo de infracciones cobran especial singularidad cuando perjudican la economía nacional, "como la que nos ocupa en el presente procedimiento, cuya repercusión en la economía nacional, es de tal intensidad que, sus crisis, pueden afectar seriamente a la estabilidad económica del sistema".

Foto: Sede de Bankia en Madrid. (Reuters)

En base a la doctrina del Tribunal Supremo el magistrado argumenta que debe procederse contra los miembros del Consejo de Administración que adoptaron las decisiones, en tanto que tenían un deber especial de actuación y datos suficientes para conocer la conducta de sus subordinados que podría crear un riesgo jurídicamente desaprobado, como así ocurrió. Los Administradores de la Sociedad tenían un especial deber de certificar la situación económica de la entidad financiera porque son ellos quienes poseen el dominio funcional del hecho, "mediante la aprobación de las cuentas que se someten a su consideración" y los que en definitiva, según el juez, debían adoptar cuantas cautelas y medidas de prevención fueran necesarias.

El folleto, falso

El juez considera que los consejeros investigados falsearon la información económica que contenía el folleto informativo elaborado para la salida a Bolsa. El delito de fraude de inversores persigue a quienes perjudican los intereses de los consumidores en general, a los llamados inversores. En el caso concreto, según Andreu, no sólo se produjo una falsa información al inversor, "sino que se habría llegado a producir el resultado lesivo para este último, dado que tal y como obra en autos, mediante la Oferta Pública de suscripción, se llegó a producir un perjuicio para los nuevos accionistas, quienes basaron su inversión en una información y unos datos que resultaron ser falsos".

Por ese reflejo “ irreal” de la situación de Bankia que mostraba el folleto informativo, el juez imputa el delito de fraude de inversores a Bankia y BFA S.A. como personas jurídicas y a Rato, Verdú, Olivas y Fernández Norniella en tanto que participaron el 15 de junio de 2011 en la reunión del Consejo de Administración de Bankia que aprobó la inclusión de esa información en el folleto. El mismo delito se imputa también al auditor externo como cooperador necesario, por analizar, verificar y dictaminar la corrección y veracidad de las cuentas de Bankia que se presentaron en ese folleto de emisión para su salida al parquet bursátil. Con su actuación, según explica el juez, “ incumplió el deber específico de revelar aquellas irregularidades que puedan afectar a los intereses de los inversores, dada la extraordinaria relevancia que tiene el informe del Auditor para la confianza del mercado y de los inversores”.

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha dado por concluida la instrucción del caso en el que investigaba la fusión y posterior salida a Bolsa de Bankia y ha dictado auto de transformación -equivalente al procesamiento- en el sumario por delitos de falsedad en las cuentas anuales y fraude de inversores contra 34 personasm administradores o consejeros de Bankia y BFA en los ejercicios de 2010 y 2011.

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