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El Supremo revisará la absolución del clan Vidal por pesca pirata en la Antártida
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CASO CERRADO EN DICIEMBRE

El Supremo revisará la absolución del clan Vidal por pesca pirata en la Antártida

El Tribunal admite a trámite el recurso de Oceana para revisar el carpetazo a la causa. Un magistrado consideró que la decisión dejaba impunes los delitos en alta mar

Foto: El 'Kunlun', uno de los barcos de Vidal Armadores. (Interpol)
El 'Kunlun', uno de los barcos de Vidal Armadores. (Interpol)

El Tribunal Supremo revisará su decisión de archivar la causa contra la familia Vidal por pesca pirata en la Antártida. El tribunal archivó la causa en diciembre alegando que España no podía perseguir penalmente la pesca ilegal allí —aunque uno de los magistrados consideró que eso equivalía a dejar impune en alta mar delitos como tirotear inmigrantes—, pero ahora ha admitido un recurso de Oceana. Se trata de una estrategia legal que no siempre se admite a trámite y rara vez prospera. La ONG ecologista ha alegado indefensión porque no fue escuchada en el trámite que dio carpetazo a casi dos años de investigación internacional. Considera que es "una vergüenza" para España.

Hace dos años, la división de Medio Ambiente de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil comenzó una minuciosa investigación sobre las actividades del clan Vidal en aguas protegidas por la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA). Con amparo de la Audiencia Nacional, fueron detenidos miembros de esta familia de Ribeira (Coruña) y acusados de pesca ilegal, organización criminal y blanqueo. La causa contó con el impulso de Interpol y de países como Australia, Nueva Zelanda e Indonesia. Después de dos años de compleja instrucción, con viajes de agentes de la Guardia Civil a Dakar, reuniones en Singapur y muestras de ADN de merluza antártica viajando de Vietnam a Madrid, el pasado mes de diciembre, el Supremo zanjó de golpe el caso.

Foto: Pesca de merluza negra en la Antártida en el 'Kunlun', un buque de los Vidal, fotografiada por una patrullera de Nueva Zelanda.

El pasado 23 de diciembre, la sala de lo penal del Supremo decidió que España no podía perseguir estos delitos en alta mar. Que en esas zonas solo se podían perseguir tráfico de personas, drogas y otros delitos graves. "De forma bien plástica, podría decirse que el ciudadano español o el extranjero naturalizado que viajan más allá de nuestras fronteras no llevan en su mochila un código penal". En este caso, añadió, "el hecho delictivo fue cometido, según aclara la querella del Ministerio Público, en aguas internacionales, eso sí, abarcadas por el tantas veces citado Convenio para la Conservación de los Recursos Marinos Antárticos". Sin embargo, "la lectura de los principales preceptos de la Convención no revela un propósito de las partes contratantes de imponer la persecución penal obligatoria de las infracciones de pesca en la captura de austromerluza". Por todo, concluyó dictando el archivo y el sobreseimiento libre de los Vidal "por falta de jurisdicción de los tribunales españoles".

placeholder Lea la sentencia del Supremo que archivó el caso.
Lea la sentencia del Supremo que archivó el caso.

El caso contó con un demoledor voto particular del magistrado Antonio del Moral García que discrepó de la decisión, pues consideraba que dejaba las aguas internacionales como "ciudades sin ley, donde todo se puede hacer, salvo los delitos en los que rige el principio de justicia universal y que conforman un listado amplio pero en cualquier caso limitado y con notables ausencias". Y razonó: "Pienso en embarcaciones sin pabellón (y, por tanto, no sujetas en principio a soberanía de ningún Estado cuando están en alta mar), o en las que llevan varios pabellones o un pabellón de conveniencia, sin vínculos reales con el país [...] Pues bien, eso supondría que actos como acribillar a disparos desde un barco en alta mar a náufragos que luchan por no ahogarse (un supuesto que no es fruto de la imaginación, como enseñan unas terribles imágenes filmadas que circulan por la red), desde un barco sin pabellón, sería ajeno a la jurisdicción española aunque los autores sean españoles, residan en España y desembarquen en territorio español".

El magistrado añadió que el archivo en ese momento del procedimiento, y al margen de lo que había decidido la Audiencia Nacional, incurría en "un triple salto mortal interpretativo, tan audaz como habilidoso": "Se alumbra una decisión que, en lo que alcanzo a conocer,carece de cualquier precedente. Es no solo insólita, sino inédita: el Tribunal Supremo resolviendo una casación decreta 'ex novo' (es decir, no por la vía de confirmar una resolución precedente) el sobreseimiento libre de unas diligencias previas en tramitación".

La ONG Oceana, personada en la causa, se ha agarrado a ese razonamiento. Defendidos por el despacho Islaw, afirma en su incidente de nulidad que ellos no fueron escuchados en esa última fase del procedimiento y que el archivo ha generado indefensión. El caso ha seguido un camino extraño, porque los Vidal primero recurrieron ante la sala de la Audiencia Nacional, donde se instruía el procedimiento. La sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional les dijo que no tenían razón y ordenó seguir el procedimiento. Señalaba además que contra su decisión no cabía recurso alguno.

Una teoría jurisprudencial novedosa, inédita e insólita, no puede provocar ni directa ni indirectamente la indefensión de una parte

Sin embargo, los Vidal fueron al Supremo, donde sí les dieron la razón, pero en ese trámite Oceana no fue escuchada. "El recurso de casación tramitado fue, para mi representada, un recurso oculto, latente, invisible: ni conoció de su existencia ni pudo sospechar de la misma. Ese mismo carácter 'oculto' impidió a mi representada la personación en la casación para defender la improcedencia del recurso, lo que la ha situado en posición de clarísima indefensión. Se ha decretado ni más ni menos que un sobreseimiento inaudita parte", señala el recurso de la ONG. Y añade: "No negamos que el Tribunal Supremo esté en su derecho de dictar la resolución que nos ocupa, con independencia de la valoración que nos merezca; pero la instauración de una teoría jurisprudencial novedosa, inédita e insólita, no puede provocar ni directa ni indirectamente la indefensión de una parte".

Los ecologistas, que llevan años denunciando los abusos de los barcos de Vidal en aguas antárticas, añaden: "Nos hallamos ante una interpretación novedosa de nuestro Tribunal Supremo; y, por novedosa, deberá reconocerse —con independencia ahora de su consideración como correcta o no— que resulta altamente sorpresiva". "El efecto de la sentencia que venimos comentando es tan demoledor (acaba con la causa) que no puede aceptarse sin más que se acceda a él sin haber oído antes a todas las partes personadas en la causa en el momento en que se dicta". El Tribunal Supremo ha aceptado ese incidente y ha dado a todas las partes opción a que aleguen. Eso supone revisar el sobreseimiento de los Vidal.

En un duro comunicado, la ONG considera que el archivo de la causa fue "una vergüenza para España": "Recibimos con incredulidad la decisión del Tribunal Supremo español. Nos negamos a aceptar que España deje las aguas internacionales abiertas al crimen. No podíamos creer que los tribunales hayan decidido diluir los esfuerzos del Gobierno español para combatir la pesca ilegal. Permitir que estas empresas mantengan su actividad es una vergüenza para el país y una desgracia internacional", señaló Lasse Gustavsson, director ejecutivo de Oceana para Europa.

El Tribunal Supremo revisará su decisión de archivar la causa contra la familia Vidal por pesca pirata en la Antártida. El tribunal archivó la causa en diciembre alegando que España no podía perseguir penalmente la pesca ilegal allí —aunque uno de los magistrados consideró que eso equivalía a dejar impune en alta mar delitos como tirotear inmigrantes—, pero ahora ha admitido un recurso de Oceana. Se trata de una estrategia legal que no siempre se admite a trámite y rara vez prospera. La ONG ecologista ha alegado indefensión porque no fue escuchada en el trámite que dio carpetazo a casi dos años de investigación internacional. Considera que es "una vergüenza" para España.

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