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El juez investiga a la cúpula de El Corte Inglés por apropiación indebida y blanqueo
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en torno al préstamo de 1.000 millones del jeque

El juez investiga a la cúpula de El Corte Inglés por apropiación indebida y blanqueo

La Audiencia Provincial ordena la investigación del pago de 19,5 millones de euros a dos empresas radicadas en Singapur y Emiratos Árabes tras el préstamo de 1.000 millones que concedió el jeque

Foto: El presidente del Corte Inglés, Dimas Gimeno. (EFE)
El presidente del Corte Inglés, Dimas Gimeno. (EFE)

El Juzgado número 46 de Madrid ha admitido a trámite una querella presentada por la Corporación Ceslar, que posee el 9,001% de las acciones de El Corte Inglés, contra la cúpula del gigante de la distribución por los delitos de apropiación indebida, corrupción entre particulares, falsedad documental, vulneración al derecho de información y blanqueo de capitales. El magistrado José María Escribano Laclériga, titular del mencionado juzgado, lo decretó así el pasado diciembre, después de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid se lo ordenara apenas un mes antes.

La admisión a trámite de la querella —dirigida contra el presidente de El Corte Inglés, Dimas Gimeno, los consejeros Antonio Hernández-Gil, Manuel Pizarro, Carlos Anselmo Martínez Echevarría, Shahzad Shahbaz y Florentino Lasaga, así como contra el supuesto asesor externo de la compañía David Barreiro y las sociedades Noganoir Capital y Tereze Capital— conlleva el inicio de las diligencias de investigación también establecidas por la Audiencia Provincial. En concreto, el alto tribunal ordenó que el juzgado reclamara a los investigados los contratos que justificarían el pago de 19,5 millones de euros por parte de El Corte Inglés a las dos mercantiles imputadas (radicadas en Singapur y Emiratos Árabes, y vinculadas a Barreiro), montante que la firma de distribución abonó por la supuesta labor de asesoramiento que estas desarrollaron en la operación del préstamo de 1.000 millones que concedió el jeque Hamad bin Jassim bin Jaber al Thani a través de la sociedad Primefin.

Foto: Dimas Gimeno, presidente de El Corte Inglés. (EFE)

El demandante, que ya había reclamado sin éxito esos contratos antes de interponer la querella, sostiene que ese supuesto trabajo de intermediación por el que el grupo abonó 19,5 millones realmente no se produjo. "Ni ha existido esa labor de asesoramiento ni existe contrato de asesoramiento aportado a los consejeros", señala en su recurso la Corporación Ceslar, encabezada por Carlota Arecesexpulsada del consejo de administración en agosto de 2015—, que añade que este desembolso realmente "encubre el pago de comisiones a favor de terceros cuya identidad se desconoce y que bien pudieran implicar a los altos estamentos del Estado". "Sin duda, nos encontramos ante pagos encubiertos mediante sociedades opacas en claro perjuicio de la sociedad", insinúa la querellante.

"La contratación de Barreiro es ficticia, pues actúa a modo de parapeto de terceros propietarios de las mercantiles", insiste Corporación Ceslar en su escrito, que considera evidente que esta persona "no es el titular último de Noganoir y Tereze (...) ni el beneficiario último" de los 19,5 millones y que el pago de esta cantidad de dinero es "de todo punto injustificado".

El demandante sostiene que ese supuesto trabajo de intermediación por el que el grupo abonó 19,5 millones realmente no se produjo

En el auto que ordena investigar los mencionados delitos, la Audiencia Provincial critica también que el Juzgado número 46 de Madrid inadmitiera inicialmente la querella presentada por Ceslar en febrero de 2016 —decisión que despachó la entonces jueza sustituta en apenas un fin de semana— y califica de "prematura" aquella resolución, ya que "yugula el procedimiento", dado que se tomó "sin practicar la más mínima diligencia, cuando resulta manifiesta la gravedad de los hechos, habida cuenta del volumen económico del que se trata, la complejidad de los avatares relatados y la falta de periciales de naturaleza económica que expliquen los pormenores de los negocios realizados, incluyendo coste y personas beneficiadas".

"El derecho penal económico se ha convertido en el instrumento principal de la lucha contra la corrupción pública y privada, que azota al Estado de derecho de nuestra época, con la finalidad de proporcionar el 'fair play' en los negocios, perseguir a los autores de dichas conductas y recordar a la sociedad que el dicho 'business is business' no puede erigirse en un pretexto para obtener ganancias y réditos a cualquier precio, porque en dicho ámbito lo que unos ganan es a costa de otros", argumenta la sala, que entiende que es por esto "indispensable prestar a la criminalidad económica la atención que merece" y que "no son aceptables respuestas prematuras", dado que se trata de una "delincuencia sofisticada" que "se desarrolla en torno a la empresa con conexiones con el mundo político" que conllevan "dificultad y riesgos" que desentrañar.

Sin admitir la querella, no se puede responder a si "se ha cumplido con el derecho de información de los socios", si "la operación estaba realmente justificada", si "su coste y garantías fueron razonables" o si se han producido "perjuicios a la sociedad", razona el tribunal, que reprocha también al Juzgado 46 haber inadmitido la querella inicialmente con "argumentos de tan poco peso" como el de que la operación del préstamo fue aprobada por acuerdo del consejo de administración. "Lo importante de una decisión de este órgano no es tanto el aspecto formal de la legalidad de su actuación al constituirse y votar, sino el contenido de lo que se decide, cuestión no examinada con la profundidad que requiere el caso", censura el auto que ordena admitir la demanda.

"La responsabilidad penal de quienes forman parte de los órganos de administración hace tiempo que se viene exigiendo en los tribunales", ahonda la Audiencia Provincial, que abraza también en este punto el criterio esgrimido por el recurrente, que si todos los juzgados utilizasen esta tesis, "se quedarían sin contenido todas las querellas interpuestas por delito societario y apropiación indebida" y "quedarían impunes graves ilícitos", como los que se han dado en casos como los de las 'tarjetas black' o los relativos a los consejeros de las cajas investigadas.

El Juzgado 46 citó para que comparecieran todos los imputados el pasado 8 de marzo para entregar la documentación al juez Escribano Laclériga

Pero además de los contratos relativos al pago de los mencionados 19,5 millones, el tribunal también pidió al Juzgado 46 que reclamara a Barreiro la documentación que acredite las supuestas labores de asesoramiento que desempeñó para el gigante de la distribución en el marco de la citada operación de préstamo, así como todas las facturas que justifiquen el abono del dinero a las mercantiles radicadas en Singapur y Emiratos Árabes (Tereze y Noganoir). Toda esta documentación también fue requerida prejudicialmente por Areces al presidente y consejeros de El Corte Inglés, quienes sin embargo se negaron a atender la petición, como hicieron con los contratos.

Foto: El exministro de Asuntos Exteriores qatarí e inversor de El Corte Inglés, Hamad bin Jassin bin Jaber al Thani.

Por otra parte, en la misma operación del crédito concedido por el jeque, además de entregar la comisión de 19,5 millones a las empresas de Barreiro, el grupo de distribución abonó otros 3,75 millones de euros al banco de inversión estadounidense Morgan Stanley, también por un supuesto asesoramiento. Este último pago ha sido igualmente requerido por la Audiencia Provincial, que en el auto del pasado noviembre —que ordena al Juzgado 46 admitir la querella— exige a El Corte Inglés que entregue los informes remitidos por la entidad financiera norteamericana y el justificante de que estos fueron suministrados a los consejeros antes del consejo de administración de julio de 2015, en el que los responsables del grupo argumentaron que ya los tenían en sus manos.

Los investigados enviaron dos abogados con poderes para argumentar que no podían hacer entrega de la documentación requerida

Tras recibir el auto de noviembre del alto tribunal madrileño, el Juzgado 46 citó para que comparecieran todos los imputados el pasado 8 de marzo con objeto de que entregaran toda esta documentación al magistrado Escribano Laclériga. Sin embargo, ningún miembro de la cúpula de la compañía ni de las sociedades extranjeras se personó en la sede judicial ubicada en la madrileña plaza de Castilla. Los investigados enviaron dos abogados con poderes para argumentar que no podían hacer entrega de la documentación requerida porque se trata de información confidencial, excusa que no fue admitida por el Juzgado 46, que volvió a citar a Gimeno, Hernández-Gil, Pizarro, Martínez Echevarría, Shahbaz, Lasaga y Barreiro para abril con el fin de que aporten los mencionados papeles.

La negativa a entregar la documentación, como sostiene la acusación, no hace sino dar apariencia de "oscuridad" a la operación, que se concretó en julio de 2015. Ese mes, el grupo del jeque catarí —Primefin— compró el 10% de las acciones de El Corte Inglés por 1.000 millones de euros que se abonaron en forma de préstamo convertible en acciones de autocartera en un máximo de tres años. El trato alcanzado por ambas partes suponía valorar el grupo de distribución en 10.000 millones de euros, una cantidad del todo "inaceptable" para Areces, que inmediatamente emitió un comunicado público expresando su desacuerdo, dado que —para más inri— la sociedad de tasación Tinsa había valorado en 18.000 millones a la compañía apenas dos años antes.

Foto: El presidente de El Corte Inglés, Dimas Gimeno, las hijas de Isidoro Álvarez, Marta (2i) y Cristina y Florencio Lasaga. (Fundación Ramón Areces)

"En el peor de los escenarios, la valoración de El Corte Inglés hoy oscila entre los 14.800 y los 16.140 millones", sostiene la querellante en el recurso que dio lugar al auto de la Audiencia Provincial, que añade que esta diferencia entre lo que vale la entidad y el precio que le otorga el préstamo del jeque deja un "perjuicio de al menos entre 400 y 600 millones para los accionistas, ya que las participaciones comprometidas con Primefin son de autocartera y por lo tanto propiedad de todos los socios".

El jeque Al Thani, uno de los hombres más poderosos de Qatar, controla su patrimonio a través de empresas 'offshore', como desveló El Confidencial tras investigar los papeles de Panamá. Algunas de esas sociedades instrumentales las comparte el magnate con el mismísimo Hamad bin Jalifa al Thani, emir del país entre 1995 y 2013, que mantuvo al ahora accionista de El Corte Inglés como su mano derecha desde que este último le apoyó en el golpe de Estado que dio contra su padre para hacerse con el trono del emirato.

El presidente Gimeno y varios consejeros del grupo declararon en calidad de testigos el pasado lunes tras la demanda de Corporación Ceslar

La investigación penal sobre la cúpula de El Corte Inglés no ha sido, sin embargo, la única consecuencia judicial que ha provocado la polémica entrada del jeque en el accionariado de la compañía y la expulsión de Ceslar del consejo de administración. El presidente Dimas Gimeno y varios consejeros del grupo declararon en calidad de testigos el pasado 6 de marzo ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, tras la demanda interpuesta por la Corporación Ceslar contra la decisión de sacar a esta última del consejo de administración y la modificación de tres artículos de los estatutos de la compañía, acordadas ambas determinaciones en la junta de accionistas de agosto de 2015 con el apoyo del 89,6% de los socios.

Dimas argumentó que el consejo de administración acordó la expulsión de Carlota Areces porque esta había sido "desleal" con el gigante de la distribución al haber filtrado información confidencial a la prensa, extremo que negó la nieta de Luis Areces, uno de los tres fundadores —junto a su hermano Ramón Areces y César Rodríguez— de la sastrería que en los años treinta fue el germen de lo que ahora es El Corte Inglés. El Juzgado de lo Mercantil, que escuchó a demandantes y demandados, no atendió la reclamación del abogado de Carlota Areces de suspender la vista hasta que concluyera la vía penal, que se celebra por hechos similares, pero sí explicó que no resolvería hasta que no acabara el camino emprendido por Ceslar en el Juzgado 46 de Madrid.

La versión de El Corte Inglés

El Confidencial se puso en contacto con El Corte Inglés el pasado viernes, pero la compañía prefirió no hacer declaraciones entonces. Hoy lunes, sin embargo, desde el grupo han puntualizado tres aspectos que consideran necesario matizar en la información publicada por este diario.

En primer lugar, El Corte Inglés entiende que no está bien utilizado el término investigar en la información debido a que señala hacia una connotación procesal que a su entender no se ajusta a la realidad, puesto que estigmatiza a las personas que protagonizan la noticia y conduce a una confusión, ya que a día de hoy ningún miembro de la cúpula de la empresa ha sido llamado a declarar como investigado (antes, imputado).

En segundo término, la compañía asegura que no es verdad que sus abogados se negaran a entregar la documentación solicitada por el Juzgado de Instrucción 46, sino que -aducen desde El Corte Inglés- lo que pasó es que sus representantes legales pidieron más tiempo para recopilarla y solicitaron que se les citara más adelante.

Por último, desde el grupo consideran que la Audiencia Provincial de Madrid, en el auto que ordena al Juzgado 46 admitir a trámite la querella de Ceslar, "descarta por completo tanto la administración desleal como el blanqueo". "El Corte Inglés actúa con respeto a la legalidad y sometimiento a los tribunales de justicia, en los que tiene plena confianza", añaden desde la compañía de distribución.

El Juzgado número 46 de Madrid ha admitido a trámite una querella presentada por la Corporación Ceslar, que posee el 9,001% de las acciones de El Corte Inglés, contra la cúpula del gigante de la distribución por los delitos de apropiación indebida, corrupción entre particulares, falsedad documental, vulneración al derecho de información y blanqueo de capitales. El magistrado José María Escribano Laclériga, titular del mencionado juzgado, lo decretó así el pasado diciembre, después de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid se lo ordenara apenas un mes antes.

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