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España, un país de secretos oficiales: "La impresión es que hay mucho que ocultar aún"
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sin plazos ni mecanismos de desclasificación

España, un país de secretos oficiales: "La impresión es que hay mucho que ocultar aún"

La aplicación de la ley de transparencia, que entró en vigor hace dos años, choca a diario con la de secretos oficiales, aprobada en 1968 en plena dictadura franquista

Foto: Instalaciones del CNI
Instalaciones del CNI

En un capítulo de la primera temporada, ‘El Ministerio del Tiempo’ se enfrenta a su mayor temor: que se dé a conocer su existencia. Su nombre no aparece en ningún documento público y solo los más altos cargos de Presidencia del Gobierno saben el secreto de las puertas que comunican con el pasado. ‘El Ministerio del Tiempo’ es el mayor secreto del Estado español. ¿Debería la opinión pública conocerlo?

En una época en la que la transparencia se ha convertido en una de las principales demandas ciudadanas, la aplicación de la ley de transparencia —que entró en vigor hoy hace dos años— choca a diario con la de secretos oficiales. Por su carácter especial, la normativa aprobada en 1968 en plena dictadura franquista prevalece, tal y como incide la propia ley de transparencia. Para Pilar Cousido, profesora titular de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense, el texto redactado durante el primer Gobierno de Mariano Rajoy “refuerza implícitamente este tipo de leyes secretistas”.

Foto: Imagen de la presentación del Portal de la Transparencia en diciembre de 2014. (EFE)

A diferencia de la regulación de las materias clasificadas en la inmensa mayoría de los países, la ley de secretos oficiales española carece de límites temporales o de un mecanismo independiente para desclasificar secretos de Estado. Como explica Esther Arizmendi, presidenta del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), “en España lo que impone una autoridad se tiene que ‘desimponer’ por la misma autoridad”.

Para resolver esta anomalía histórica, el Congreso dio el visto bueno la semana pasada a la tramitación de una propuesta planteada por el PNV para fijar en 25 años el periodo de vigencia máximo de las materias secretas —el mayor grado de clasificación— y en 10 años de las reservadas. De aprobarse, la reforma supondría la desclasificación automática de todos los documentos que siguen secretos de los últimos años del franquismo, la Transición y el golpe de Estado del 23-F. La proposición se aprobó con los votos favorables de PSOE, Unidos Podemos, CDC, ERC, Compromís y PNV. El PP votó en contra y Ciudadanos se abstuvo.

“En Derecho todo prescribe: los delitos, las penas… Sin embargo, la ley de secretos oficiales no tiene plazos, algo que podría tener sentido en el régimen anterior pero ahora es una de las grandes carencias de la ley”, subraya Cousido. La presidenta del CTBG abunda en este aspecto al señalar que “lo que puede ser dañino en un determinado momento, pasado el tiempo puede no serlo y debería convertirse en información pública que se debe a los ciudadanos”.

Foto: La presidenta del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, Esther Arizmendi. (EFE)

Cousido se muestra muy crítica con la “falta de voluntad política” para aprobar “una ley de secretos oficiales democrática y moderna que se ajuste a la realidad actual tecnológica”. “No hay nadie en la clase política interesado en sustituir una normativa franquista. Si no se ha hecho, es por algo”, subraya la directora del grupo de investigación sobre transparencia, buena gobernanza y comunicación de la Complutense. Y sentencia: “La impresión es que hay mucho que ocultar todavía”.

La presidenta del CTBG constata este “miedo horroroso” de la clase política a facilitar documentos públicos y explicar con detalle sus decisiones: “A medida de que la ley ha ido implantándose, se han dado cuenta de que la transparencia es molesta”. En una entrevista a Europa Press, Esther Arizmendi también criticó que “la calidad de la transparencia de la Administración General del Estado es francamente mejorable” y el “bajísimo” número de solicitudes de información al Gobierno, con menos de 10 al día.

Cinco materias que son secreto de Estado

Aparte de la posibilidad de clasificar una información o un documento concreto por un periodo indeterminado, la actual ley de secretos oficiales también permite que una normativa declare secreto o reservado todo un ámbito de la vida pública. “Tal y como está redactada, la ley de secretos oficiales permite interpretaciones exageradas”, afirma Pilar Cousido. Por ello, sostiene que “cada archivo o asunto debe ser analizado individualmente y no genéricamente”.

Estos son algunos ejemplos de ámbitos de la vida pública que se encuentran clasificados en su conjunto por alguna normativa.

1. El Centro Nacional de Inteligencia (CNI)

Salvando las distancias, el CNI es lo más parecido al Ministerio del Tiempo en materia de secreto de Estado en España. Se conoce su nombre, su director (el general Félix Sanz Roldán) y poco más. Todo lo demás —“sus actividades, su organización y estructura interna, medios y procedimientos, personal, instalaciones, bases y centros de datos, fuentes de información y las informaciones o datos que puedan conducir al conocimiento de las anteriores materias”— está clasificado como secreto, una decisión lógica al tratarse de servicios de inteligencia. Sin embargo, la inexistencia de plazos legales u otros mecanismos reglados para desclasificar información hace imposible conocer nada del pasado del CNI.

Estados Unidos, por ejemplo, sí cuenta con estas herramientas. Aparte de los límites legales, cualquier ciudadano puede pedir a una comisión interministerial que determine si la clasificación de una información concreta sigue siendo pertinente. Es lo que se conoce como ‘revisión obligatoria de desclasificación’ —Mandatory Declassification Review (MDR), en inglés—. A través de estos mecanismos se ha conocido en los últimos años el brutal tratamiento de la CIA a los detenidos por terrorismo tras el 11-S o cómo Edward Snowden intentó alertar a la NSA de la vigilancia masiva a ciudadanos anónimos.

“A lo mejor dentro de un tiempo las actividades de hace 15 años del CNI se pueden desclasificar y conocer. Hasta entonces, el CNI es secretísimo”, señala Arizmendi.

2. El patrimonio de los altos cargos del Gobierno

Mientras los diputados tienen que hacer cada legislatura un ejercicio de transparencia para dar a conocer sus bienes y propiedades, una norma de 2015 ampara el secretismo del patrimonio de los altos cargos del Gobierno. La Ley 3/2015 establece que “el Registro electrónico de Bienes y Derechos Patrimoniales tendrá carácter reservado”, pero no hace lo propio con el registro de actividades, que sí es público.

Según explica Pilar Cousido, esta decisión se basa en que en el registro de bienes de los altos cargos aparecen datos personales y tributarios, así como la localización exacta de los inmuebles. Estos datos concretos no se publican en la declaración del patrimonio de los diputados, donde sí figura una relación general de todos sus bienes sin estos detalles. Para compensar este secretismo, la ley establece que se publicará en el BOE un resumen del patrimonio de los altos cargos “en los términos previstos reglamentariamente”. Sin embargo, este reglamento aún no se ha redactado, motivando que el BOE no haya publicado esta información desde hace más de dos años.

Los bienes de los altos cargos no se publican desde hace más de dos años. La relación detallada tiene carácter reservado y el reglamento que permite la publicación resumida en el BOE no se ha redactado

La presidenta del CTBG considera de especial interés “establecer sistemas de alerta temprana para advertir cambios patrimoniales que requieran justificación”. Asimismo, invita a la Oficina de Conflicto de Intereses a “hacer una rendición de cuentas en la que tuviera incidencia especial las variaciones patrimoniales”.

En este sentido, la profesora de la Universidad Complutense hace hincapié en la diferencia entre Estados Unidos y España a la hora de realizar ejercicios de transparencia. “Las universidades americanas publican cuánto gana cada profesor y en virtud de qué concepto. Si esto ocurriera en España, a la mayoría de los profesores les daría un ataque al corazón”.

3. Los datos con trascendencia tributaria

“Los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado”. De esta forma rotunda a la vez que amplia, la Ley General Tributaria clasifica los datos tributarios. No obstante, a raíz de varias solicitudes de acceso a la información se ha logrado conocer el detalle de la declaración de bienes en el extranjero o el desglose de la amnistía fiscal.

Sin embargo, las sociedades extranjeras regularizadas mediante los modelos 720 y 750 permanecen secretas. Pese a que la Justicia ha avalado en primera instancia la no publicación de los beneficiarios de la amnistía fiscal, el Consejo de Transparencia no se rinde y ha llevado el caso ante la Audiencia Nacional.

Recurrimos la negativa de una juez a que se publiquen los beneficiarios de la amnistía fiscal #transparencia https://t.co/amQddYcfBu

“Pensamos que hay una parte que sí es confidencial, pero no podemos estar de acuerdo de ninguna manera en que un ámbito tan importante como el tributario quede fuera del escrutinio público. De ahí que hayamos forzado la declaración doctrinal de la Audiencia”, explica Arizmendi.

Los datos tributarios no son el único secreto oficial establecido por la ley tributaria. La normativa también otorga carácter reservado al plan de control tributario elaborado por la Agencia Tributaria, si bien las directrices generales sí se publican en el BOE.

4. La información y documentación que posea el Sepblac

Al igual que la ley tributaria, la normativa que regula la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias clasifica como reservados los datos, documentos e informaciones que tengan en su poder, más allá de “datos agregados con fines estadísticos”.

Esta redacción impide conocer la identidad de los 705 beneficiarios de la amnistía fiscal —de un total de 30.000 que han sido investigados por el Sepblac como sospechosos de blanqueo de dinero. De esta cifra, aproximadamente 300 habrían sido cargos públicos, conocidos técnicamente como ‘personas expuestas públicamente’ (PEP), según fuentes gubernamentales.

5. Las deliberaciones del Consejo de Ministros

Lo que se habla en el Consejo de Ministros es uno de los grandes secretos de Estado en España. Los debates y las discusiones de todos los presidentes del Gobierno con sus ministros permanecen en el más absoluto secretismo. Solo las personas que forman parte de estas reuniones conocen cómo se han tomado las decisiones políticas que afectan a los españoles.

Pese a este halo de secretismo, el Consejo de Transparencia ha instado recientemente a publicar los órdenes del día del Consejo de Ministros, tal y como ya sucede en muchos países, dando así la razón a la asociación Access Info. A juicio del CTBG, “el conocimiento de los asuntos a tratar, unido a los acuerdos finalmente alcanzados, entronca de lleno con el escrutinio a los responsables públicos”.

El carácter secreto de las deliberaciones del Consejo de Ministros ha sido imitado por muchos órganos colegiados encargados de tomar decisiones, como las comisiones evaluadoras en los concursos de docentes universitarios o los consejos de administración de las cajas de ahorros.

En un capítulo de la primera temporada, ‘El Ministerio del Tiempo’ se enfrenta a su mayor temor: que se dé a conocer su existencia. Su nombre no aparece en ningún documento público y solo los más altos cargos de Presidencia del Gobierno saben el secreto de las puertas que comunican con el pasado. ‘El Ministerio del Tiempo’ es el mayor secreto del Estado español. ¿Debería la opinión pública conocerlo?

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