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Viaje a Ribadeo: el fiscal se niega a acusar a Nicolás porque no tiene todas las pruebas
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Viaje a Ribadeo: el fiscal se niega a acusar a Nicolás porque no tiene todas las pruebas

Argumenta que las piezas de convicción se encuentran en la causa principal, donde también están las motivaciones esgrimidas por los investigadores, y reclama todas las diligencias

Foto: Francisco Nicolás Gómez Iglesias.
Francisco Nicolás Gómez Iglesias.

El fiscal del caso Nicolás, Alfonso San Román, se niega a emitir un escrito de conclusión en la pieza separada que investiga el viaje del acusado Francisco Nicolás Gómez Iglesias y de dos policías municipales a Ribadeo haciéndose pasar por representantes de la Casa Real, por entender que el juez Arturo Zamarriego no ha incluido las pruebas que sustentan la acusación. El representante del Ministerio Público entiende que los fundamentos se encuentran en la causa principal y que no han sido aportados a esta pieza separada, por lo que pide que se unan todas esas diligencias.

"La mayor parte de las fuentes de prueba, datos y declaraciones", señala San Román, fueron obtenidas en el procedimiento principal (diligencias 4676/14) y no se incorporaron a la pieza separada. Recuerda que un auto judicial ordenó incluir "los documentos originales que guardasen relación con el viaje a Ribadeo", pero critica que finalmente hubo "omisiones" importantes. "El fiscal ha advertido de que no obran en la causa actuaciones que se utilizan para elaborar los informes policiales", asegura el representante del Ministerio Público, que pone como ejemplo las listas de llamadas de los teléfonos de los investigados a las que aluden los agentes en sus informes. "No constan en las actuaciones ni en papel ni en archivo informático", añade San Román, para quien estas carencias ponen en evidencia que el sumario está "incompleto en aspectos nucleares de los hechos imputados o de las fuentes de prueba necesarias para acreditarlos".

“La Fiscalía carece de los elementos necesarios para formular acusación con los testimonios aportados”, sentencia el citado escrito, que pide que se una a la pieza separada “testimonio completo de las diligencias 4676/14 [causa principal] con todas sus piezas procesales”. “Debe constar todo lo actuado, al estar estrechamente relacionado con las presentes”, aclara el Ministerio Público, que reclama también “todas las piezas de convicción”, ya sea “archivos informáticos” u otro tipo de documentos, y que se enumeren de nuevo los folios del sumario, dado que el fiscal ha detectado “dos y hasta tres foliados”.

San Román requiere todas actuaciones de la causa principal también para analizar si las diligencias acordadas por el juez estaban bien motivadas o no, sobre todo las referentes a las órdenes judiciales que permitieron la intervención de los teléfonos del joven. "Se aprecia que la intromisión en el derecho a la intimidad de los investigados y la vulneración del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones ha sido muy intensa; por ello, es preciso conocer (...) si esas actuaciones estuvieron justificadas y fueron proporcionadas al fin de la investigación", argumenta el fiscal, quien recuerda que él es "garante de la legalidad" en el proceso.

Como ejemplo de esta elevada intromisión en derechos fundamentales, pone el tráfico de llamadas y datos asociados a las comunicaciones de cinco líneas de teléfono durante un año, así como los datos bancarios, de la Seguridad Social y de Hacienda de uno de los investigados durante dos años o el registro de domicilios y la intervención de dispositivos electrónicos. "Se desconoce, pues el oficio policial no lo menciona, de dónde procede la investigación de estas cinco líneas, no se especifica cómo se ha llegado a tener conocimiento de su existencia ni su relación" con las pesquisas, arguye San Román. "Tan importante es que se unan los archivos informáticos" que almacenan llamadas, mensajes, fotos, etc. en los que se basa la investigación, asegura, como que "conste la forma de obtenerlos", ya que siempre debe poderse comprobar si se ha guardado la cadena de custodia, si se volcó directamente el original y otros extremos.

"El fiscal no puede decidir sobre las fuentes de prueba recopiladas en otro procedimiento si desconoce las circunstancias de su obtención, conservación y presentación en el juzgado", destaca el autor del escrito, quien añade que "esto adquiere una importancia mayor si, como en este caso, la formación de una nueva causa ha sido objeto de controversia. De hecho, el representante del Ministerio Público aprovecha la ocasión para censurar también la decisión del magistrado de abrir una pieza separada, algo que a su juicio no era necesario.

Críticas al instructor

“Sin razón conocida que obre en las actuaciones se acordó” abrir la pieza separada, critica la Fiscalía, que asegura que el auto de incoación de las nuevas diligencias “no indicaba el motivo por el que unos hechos que venían instruyéndose en el marco de unas actuaciones se desgajaban de esa causa principal y se formaba un nuevo procedimiento”. El Ministerio Público asegura que, tras recurrir la decisión, la Audiencia Provincial no se pronunció sobre el fondo, ya que rechazó la queja únicamente por un defecto de forma, pues el recurso se presentó contra una providencia, cosa que no está contemplada.

La Fiscalía reprocha, por un lado, que aún hoy “se desconoce el motivo que llevó a desgajar una parte” de las actuaciones. Por otra parte, según el Ministerio Público, “gran parte de los elementos de prueba y la forma en que se obtuvieron no se han unido a las actuaciones y permanecen” en el procedimiento principal. Esto, continúa el escrito de San Román, motiva que no sea aún el momento de efectuar las calificaciones, sino de pedir nuevas diligencias complementarias, que “no habrían sido necesarias si las actuaciones hubieran seguido sustanciándose en el seno” de la causa primaria, donde aparecen todas las pruebas, datos, declaraciones y motivación de pesquisas.

El Juzgado número 2 de Madrid procesó el pasado 18 de julio a Gómez Iglesias por los delitos de usurpación de funciones públicas, malversación de caudales públicos, cohecho y falsedad documental, en el marco de la investigación que sigue el magistrado por el viaje del joven a Ribadeo, en el que se hizo pasar por representante de la Casa Real y de Vicepresidencia del Gobierno. En su auto, el juez ordenó continuar la causa por el trámite de procedimiento abreviado contra el joven y los otros dos procesados, los miembros de la Policía Municipal de Madrid Jorge González Hormigos y Carlos Pérez López-Dávila, quienes le ayudaron presuntamente a preparar el viaje.

Según los hechos narrados por Zamarriego en el auto de procesamiento, un día de agosto de 2014, el joven Nicolás —haciéndose pasar por miembro de la Casa Real y de Vicepresidencia del Gobierno— contactó con el presidente del grupo ALSA, Jorge Cosmen, para cerrar una reunión entre ambos. El empresario accedió y quedaron el 13 de agosto en el restaurante San Miguel de Ribadeo. Antes de la cita, Gómez Iglesias "alquiló cuatro vehículos de alta gama con sus respectivos conductores" y "realizó varias llamadas al ayuntamiento y a la Policía Local de Ribadeo" en las que volvió a hablar en nombre de la Casa Real y del Gobierno. Informó a las dos instituciones municipales de que se disponía a viajar al pueblo una personalidad "cuya identidad no podía revelar por razones de seguridad nacional", al tiempo que indicó al dueño del restaurante que al almuerzo asistiría Felipe VI.

A las cinco de la madrugada del 13 de agosto, en el número 13 del madrileño paseo de la Habana, Nicolás constituyó la falsa comitiva oficial, integrada —además de por el joven— por los conductores de los vehículos arrendados y los mencionados policías municipales, que en ese momento estaban fuera de servicio. Los dos habían sido contratados presuntamente por Gómez Iglesias para "simular labores de vigilancia y escolta", según relató el auto judicial. González Hormigos entregó a cada conductor rotativos policiales acústicos y luminosos de emergencia que eran propiedad del Ayuntamiento de Madrid y que él tenía en su condición de cabo de la Policía Municipal. Entre él y Nicolás, además, se hicieron con acreditaciones oficiales falsas para los coches, un Audi A6 y un BMW 730. Mientras, en Ribadeo, la Policía Local reservó un vehículo y dos motos para dar servicios de escolta a los visitantes, que en todo momento llevaron activados los rotativos acústicos y los luminosos.

Una vez en el restaurante, el alcalde de la localidad, Fernando Suárez, recibió a la comitiva acompañado de un grupo de vecinos del pueblo. El primer edil "mostró su sorpresa al constatar" que no había venido el Rey, ausencia que Nicolás explicó hablando en nombre de la Casa Real. Luego comenzó la reunión entre el joven y Cosmen, ya dentro del establecimiento. Durante la comida, González Hornillos y Pérez López-Dávila permanecieron en el exterior del restaurante realizando funciones de seguridad figuradas con auriculares en sus orejas.

Gómez Iglesias habló con su interlocutor de la "inminente liberación del mercado ferroviario" y de la "renovación de las licencias" concedidas a ALSA, entre otros asuntos. En un momento dado, ya casi al final de la comida, González Hornillos avisó a Nicolás de que tenía una llamada "urgente" que atender "de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría". El policía le cedió el terminal y el joven "fingió que establecía una conversación" con la número dos del Gobierno que nunca se produjo. Trataba de hacer ver el presunto impostor que había "una relación profesional entre ambos".

Al acabar la reunión con Cosmen, Nicolás y su séquito abandonaron Ribadeo escoltados por la Policía Local y nuevamente con los rotativos acústicos y luminosos activados, "haciendo ostentación de las acreditaciones falsas", según el auto del juez Zamarriego, que añadió que "días después, el empresario se puso en contacto con María Pico, la directora de Gabinete de la vicepresidenta del Gobierno, y le informó de lo sucedido". "Se ha demostrado", aseguró el magistrado, que González Hornillos y Pérez López-Dávila recibieron de Gómez Iglesias "una remuneración dineraria" de 2.000 euros el primero y 400 el segundo por su trabajo durante el viaje.

El fiscal del caso Nicolás, Alfonso San Román, se niega a emitir un escrito de conclusión en la pieza separada que investiga el viaje del acusado Francisco Nicolás Gómez Iglesias y de dos policías municipales a Ribadeo haciéndose pasar por representantes de la Casa Real, por entender que el juez Arturo Zamarriego no ha incluido las pruebas que sustentan la acusación. El representante del Ministerio Público entiende que los fundamentos se encuentran en la causa principal y que no han sido aportados a esta pieza separada, por lo que pide que se unan todas esas diligencias.

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