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Madrigal ordena presentar querella contra Forcadell por desobediencia y prevaricación
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por ignorar órdenes del constitucional

Madrigal ordena presentar querella contra Forcadell por desobediencia y prevaricación

La fiscal general envía a la Fiscalía catalana el auto del TC que apreciaba el desacato de la presidenta del Parlament. El escrito deberá presentarse ante el TSJC

Foto: Carme Forcadell. (Reuters)
Carme Forcadell. (Reuters)

La Fiscalía General del Estado considera que la actuación de la presidenta Carme Forcadell, al dar trámite en el pleno del Parlamento catalán al debate de las conclusiones de la Comisión de Estudios del Debate Constituyente, es constitutiva de los delitos de prevaricación y desobediencia. Su titular, Consuelo Madrigal, ha enviado ya a la Fiscalía de Cataluña —dirigida por José María Romero de Tejada— el auto del Tribunal Constitucional en el que se consideraba que esa actuación constituía un desacato o la ignorancia de la orden expresa que le dieron los magistrados de no permitir ninguna iniciativa que supusiera un avance en el proceso independentista. La máxima representante de Ministerio Público ordena a sus subordinados catalanes presentar querella por esos delitos ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el órgano al que Forcadell está aforada.

Foto: La presidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell. (EFE)

El pasado 6 de octubre, en una decisión sin precedentes, el TC hizo uso por primera vez de la prerrogativa que le dio el Gobierno del PP para iniciar la persecución penal de personalidades que no acaten sus resoluciones, y trasladó el supuesto desacato de Forcadell a la Fiscalía por si fuera constitutivo de delito. El alto tribunal lo acordó por unanimidad de sus 11 miembros. Entre las conclusiones de la comisión soberanista del Parlament, se encontraba la de la creación de un foro constituyente que diera pie a una futura constitución catalana como norma fundamental del nuevo Estado independiente.

El proceso para sancionar a Forcadell y exigir contra ella responsabilidades penales se inició el pasado 1 de agosto. El TC consideró entonces que la presidenta del Parlament habría desobedecido la orden de los magistrados de paralizar cualquier iniciativa que supusiera un avance en el proceso independentista en Cataluña. En su resolución de ese día, el alto tribunal acordó pedirle un informe sobre el eventual incumplimiento de dos actuaciones suyas: la sentencia por la que se frenó la primera declaración independentista el pasado diciembre y el auto del pasado 19 de julio, en el que los magistrados ya avisaban de posibles sanciones contra ella.

De las cuatro posibilidades que da la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy —imponer sanciones económicas, suspender al cargo implicado y trasladar el caso al fiscal o al juzgado competente para que actúe por lo criminal—, los magistrados se decantaron por esta última, la más gravosa del catálogo de medidas coercitivas de que dispone.

Esta decisión se produjo a petición del Ejecutivo. La Abogacía del Estado, además de la suspensión del acto impugnado —el debate y aprobación de las conclusiones de la comisión soberanista en el pleno del Parlament—, había reclamado que se analizara si con la decisión de Forcadell de tramitar ese debate, esta había incurrido en algún tipo de responsabilidad penal. Según fuentes del Constitucional, el tribunal no tiene competencias para establecer qué delito concreto habría cometido, aunque otras fuentes judiciales consultadas apuntan a dos: desobediencia y prevaricación. La decisión, en todo caso, corresponderá ahora al Ministerio Fiscal.

"En esta ocasión, las medidas a adoptar no pueden limitarse a una mera declaración de nulidad de la resolución impugnada", mantenía la Abogacía del Estado en su escrito de incidente de ejecución de sentencia, presentado ante el Constitucional el pasado 29 de julio. Y no basta esa nulidad porque la resolución independentista, según el Gobierno, es "un acto de frontal desacato y manifiesto incumplimiento" de la Constitución.

En las alegaciones del Parlament, sus letrados pidieron al Constitucional que actuara con máxima "cautela", ya que la reforma de la ley que lo regula también ha sido recurrida pero, hasta el momento, no hay sentencia. Pero los magistrados consideran que el alto tribunal ya tenía esa potestad antes de la modificación legal. "Antes y después de la reforma (...) todos los poderes públicos estaban y están obligados al cumplimiento de lo que resuelva el TC", responden ahora sus magistrados, que recuerdan que ya se encontraban plenamente facultados "para acordar específicas medidas ejecutivas". "Este tribunal ha contado siempre con tales atribuciones, con independencia de que no se haya encontrado hasta la fecha en la necesidad de recurrir a ellas para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones", añaden.

La resolución del Parlamento catalán con la que, al darle trámite, se habría producido la rebeldía de Forcadell "ignora las advertencias" del TC

La resolución del Parlamento catalán con la que, al darle trámite, se habría producido la rebeldía de Forcadell, "ignora las advertencias" del TC y "pretende dar continuidad y soporte al denominado 'proceso constituyente en Cataluña', dirigido a su desconexión con el Estado español", mantenía el auto del alto tribunal del 6 de octubre. Porque esa resolución, prosigue la resolución del alto tribunal, "tiene efectos jurídicos propios y no meramente políticos", ya que implica "el reconocimiento en favor del Parlamento o del pueblo de Cataluña de atribuciones inherentes a la soberanía superiores a las que derivan de la autonomía reconocida por la Constitución".

Respecto a la actuación concreta de Forcadell, el tribunal recuerda que, a petición de dos grupos parlamentarios —Junts Pel Sí y la CUP—, la presidenta modificó el orden del día para incluir la votación de las conclusiones de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente. Para el TC, esa actuación constituye "un incumplimiento objetivo de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir los mandatos" del tribunal, "deber del que se le advirtió de manera expresa en su calidad de presidenta del Parlamento y bajo su responsabilidad".

La Fiscalía General del Estado considera que la actuación de la presidenta Carme Forcadell, al dar trámite en el pleno del Parlamento catalán al debate de las conclusiones de la Comisión de Estudios del Debate Constituyente, es constitutiva de los delitos de prevaricación y desobediencia. Su titular, Consuelo Madrigal, ha enviado ya a la Fiscalía de Cataluña —dirigida por José María Romero de Tejada— el auto del Tribunal Constitucional en el que se consideraba que esa actuación constituía un desacato o la ignorancia de la orden expresa que le dieron los magistrados de no permitir ninguna iniciativa que supusiera un avance en el proceso independentista. La máxima representante de Ministerio Público ordena a sus subordinados catalanes presentar querella por esos delitos ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el órgano al que Forcadell está aforada.

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