Es noticia
El otro caso Fórum: condenado un comercial por quedarse con el dinero de los clientes
  1. España
sustrajo más de 50.000 euros a los clientes

El otro caso Fórum: condenado un comercial por quedarse con el dinero de los clientes

La Audiencia Provincial considera culpable al estafador, pero le reduce la pena a cuatro meses de prisión por las "dilaciones"; no será encarcelado al no tener antecedentes

Foto: Clientes de Fórum Afinsa el pasado mayo en Madrid durante una manifestación con motivo del décimo aniversario de la intervención judicial de la compañía. (EFE)
Clientes de Fórum Afinsa el pasado mayo en Madrid durante una manifestación con motivo del décimo aniversario de la intervención judicial de la compañía. (EFE)

Hace un año, el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid condenó a la media docena de administradores de Fórum Filatélico a pagar a los acreedores más de 2.200 millones de euros por basar el negocio en una "venta piramidal" que compensaba a los socios a través de la entrada de nuevos usuarios, y no por medio de la revalorización de los sellos, como hacía creer a los más de 260.000 afectados.

Al margen de esa estafa estructural dirigida por los propios responsables de la sociedad, otros empleados también han llevado a cabo su particular 'negocio' paralelo, justo cuando sus jefes montaban el sistema piramidal. La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado al comercial Julián G. R., que trabajó en la mercantil entre 2002 y 2006 -año este último en el que se produjo la intervención judicial de la compañía-, a cuatro meses de prisión por estafar a clientes de Fórum Filatélico.

El hombre aprovechaba su condición de agente comercial para recoger dinero en efectivo en los domicilios de los asociados y embolsárselo en lugar de ingresarlo en la caja de la sociedad. Firmaba contratos con los usuarios "para dar apariencia de veracidad a las operaciones" y luego se "apoderaba" del dinero. Con todos los clientes había tenido una relación previa, por lo que estos se fiaban plenamente del estafador cuando les aseguraba que las diferentes cantidades que cada uno entregaba iban a ser destinadas a la ampliación de su vinculación contractual con la compañía.

El comercial recolectó más de 50.000 euros a través de este sistema perverso entre 2004 y 2006, en una estafa continuada que, sin embargo, se ha quedado en los mencionados cuatro meses de prisión. La razón es que, según el fallo judicial, por un lado se han producido dilaciones en el procedimiento y, por otro, ni la Fiscalía ni la acusación particular han podido demostrar la falsificación documental ni la continuidad delictiva.

Respecto a esto último, explica la sentencia, las sustracciones llevadas a cabo por el acusado no han sido calificadas finalmente como estafas continuadas por la Audiencia Provincial debido a que no lo han solicitado así ni la Fiscalía ni la acusación particular. El delito se ha limitado, por lo tanto, a la comisión de una simple estafa, sin el adjetivo 'continuada', que habría conllevado una pena mayor.

Según la sentencia de la Sección Séptima del alto tribunal madrileño, "la artimaña utilizada por el acusado para conseguir el desplazamiento patrimonial de sus víctimas fue la misma en una pluralidad de ocasiones (...) y con idéntica mecánica delictiva, por lo que entendemos que estaríamos ante una continuidad delictiva". Sin embargo, continúan los tres magistrados que conforman la sala, ni el Ministerio Público ni la acusación han calificado los hechos como continuados, con lo que "en virtud del principio acusatorio" no puede ser aplicado el artículo 74 del Código Penal que recoge esta continuidad delictiva.

La resolución entiende también que lo ocurrido tampoco puede calificarse como una falsedad documental, contemplada en el artículo 392 del Código Penal, como reclamaba la acusación particular, ya que no se han presentado periciales que lo acrediten, como exige el Tribunal Supremo. Estas, explica la sentencia, "no han podido ser practicadas ante la imposibilidad de recabar los contratos originales firmados por las víctimas en el momento de la entrega del dinero".

El agente comercial recogía dinero en efectivo en los domicilios de los asociados y se lo embolsaba en lugar de ingresarlo en la caja de la sociedad

La sala pretendía estos contratos con el fin de hacer una pericia caligráfica sobre ellos y determinar si eran auténticos o no. Sin embargo, no fueron remitidos por el Juzgado de lo Mercantil número 7, que instruía la causa principal contra los administradores de Fórum, "pese a la multitud de ocasiones" en que el Juzgado número 45 de Madrid -responsable del procedimiento contra el comercial- reclamó "el urgente" envío de los mismos.

En testimonio prestado ante la sala, el administrador concursal de Fórum Filatélico, Antonio Moreno Rodríguez, argumentó que era imposible aportar los contratos originales debido a que "hay 283.000 documentos" entre los que buscar. Explicó que un equipo técnico creó "una base de datos sólida y fiable" y verificó que "los números de los contratos (...) estaban a nombre de otras personas, por otros importes y con otras fechas", lo que sin embargo no fue considerado suficiente por la Sección Séptima. Sí para que Fórum no se hiciera responsable de esos contratos, claro.

Asimismo, la pena se ha visto reducida por lo que la resolución denomina "dilaciones indebidas" en el proceso penal; es decir, los retrasos que ha sufrido la causa desde la etapa de instrucción hasta la sentencia por motivos que la administración de justicia podía haber subsanado. En concreto, "el procedimiento ha estado paralizado dos años y cuatro meses por causa no imputable al acusado desde la providencia del 15 de febrero de 2011 hasta el 18 de junio de 2013", y posteriormente otros ocho meses, "desde el 8 de julio de 2014 en que se remiten las actuaciones a Fiscalía para realizar la correspondiente calificación hasta el 12 de marzo de 2015 en que se presenta el mismo", explica la sentencia.

Hace un año, el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid condenó a la media docena de administradores de Fórum Filatélico a pagar a los acreedores más de 2.200 millones de euros por basar el negocio en una "venta piramidal" que compensaba a los socios a través de la entrada de nuevos usuarios, y no por medio de la revalorización de los sellos, como hacía creer a los más de 260.000 afectados.

Audiencia Provincial de Madrid
El redactor recomienda