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El Constitucional anula partes de la Ley de Costas del PP que reducía la protección
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FUE LA PRIMERA DECISIÓN DE CAÑETE

El Constitucional anula partes de la Ley de Costas del PP que reducía la protección

El Alto Tribunal tumba los apartados que favorecían a los propietarios de chalés en Formentera y a las salinas. Sí respalda la prórroga de las concesiones a las casas en la playa durante otros 75 años

Foto: Ses Illetes de Formentera.
Ses Illetes de Formentera.

El Tribunal Constitucional ha anulado partes de la reforma de Ley de Costas que aprobó el PP en 2013 y que reducía la protección del litoral. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, anula la reducida protección a la isla de Formentera y a las salinas. La reforma creaba también 11 núcleos urbanos a los que no les afectaba la ley y el tribunal establece una forma restrictiva para interpretarlo para que sea acorde con la Constitución. El cambio legal fue lo primero que anunció Miguel Arias Cañete al ser nombrado ministro de Medio Ambiente. El PSOE, Canarias, Andalucía y Asturias recurrieron al Constitucional. El Constitucuional sí acepta disposiciones clave, como la reducción de la zona de servidumbre de protección de 100 metros después de la playa que ahora queda fijada en 20 metros en núcleos de población y la prórroga de las concesiones a las casas construidas legalmente en la playa antes de la ley de 1988.

Descargue aquí la sentencia del Constitucional (PDF)

La reforma de la Ley de Costas fue la primera decisión que tomó Miguel Arias Cañete al recibir la cartera de ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. El PP había presionado mucho contra la norma vigente, aprobada en 1988 y mantenida desde entonces con mínimos cambios. El PP hizo una campaña esgrimiendo que quería defender la propiedad privada, la seguridad jurídica y los chiringuitos. "Sí a los chiringuitos, nos gustan los chiringuitos, queremos los chiringuitos", llegó a afirmar Rajoy.

Básicamente, la ley de 1988 daba 30 o 60 años de concesión a los dueños de casas construidas sobre la arena, el dominio público marítimo-terrestre. A partir de ese momento, debían ser demolidas. Cuando se aprobó parecía un plazo lejano, pero en los últimos años, conforme vencían las concesiones, comenzaron los derribos, que a partir de 2018 debían ser masivos. Y con ellos, las protestas vecinales, de alcaldes y de propietarios. Incluso Londres y Berlín presionaron a España exigiendo un cambio porque muchos jubilados compraron sin saber y sin ser advertidos y veían sus propiedades amenazadas.

Así que Cañete inicialmente amplió el plazo de concesión de las viviendas a otros 75 años, lo que aplacaba a los propietarios, y cambiaba la forma de calcular el dominio público (el llamado deslinde) para reducir las zona a expropiar. Además les daba la posibilidad de hacer obras y levantaba restricciones de Costas. Pero además eximió del cumplimiento de la ley a 11 núcleos urbanos especialmente conflictivos. Lo hacía sin informe técnico ni justificación jurídica. Entre ellos estaban la barriada del Palo (Málaga), la Marina de Empuriabrava (Gerona), Oliva (Valencia)…

El catálogo de excepciones no terminaba ahí. Formentera, un paraíso casi virgen, recibía un tratamiento distinto “con carácter excepcional y debido a la especial configuración geomorfológica de la isla”. Allí el dominio público era mucho menor que en el resto de España, con lo que la pequeña isla evitaba las imposiciones de Costas.

El Constitucional señala que la ley "reduce significativamente la porción del demanio natural en la isla de Formentera" y que lo hace sin explicar "cuáles serían los elementos basados en datos científicos, objetivos y contrastados, que diferencian este territorio del resto del archipiélago balear, o del resto de la costa española". Dicta que es adisposición es inconstitucional al ser "carente de justificación racional". El Constitucional también anula una disposición que pretendía legalizar una depuradora declarada ilegal por el Supremo y que Medio Ambiente construyó en Cantabria.

También dejaba fuera del dominio público las salinas. Si los terrenos "hubieran sido inundados artificial y controladamente como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto y estuvieran destinados a actividades de cultivo marino o a salinas marítimas se excluirán del dominio público marítimo-terrestre, aun cuando sean naturalmente inundables", decía la reforma, bautizada como de "ley de protección y uso sostenible del litoral". Uno de los principales empresarios con intereses de salinas en España es Abel Matutes, exministro del PP y que se veía beneficiado por esta reforma, como denunció Greenpeace. La sentencia señala que "la pretensión de excluir porciones del dominio público natural en atención a su transformación artificial y al tipo de explotación resulta constitucionalmente inadmisible".

Londres y Berlín presionaron para suavizar la ley para defender a sus ciudadanos afectados

El clave es que la Constitución establece que "son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental". Es decir, que la ley no puede reducir arbitrariamente la protección.

El fallo recuerda que la protección del medio ambiente es esencial y para ello cita la doctrina del Constitucional: "No puede considerarse como objetivo primordial y excluyente la explotación al máximo de los recursos naturales, el aumento de la producción a toda costa, sino que se ha de armonizar la «utilización racional» de esos recursos con la protección de la naturaleza, todo ello para el mejor desarrollo de la persona y para asegurar una mejor calidad de la vida" y recuerda el "principio de no regresión del derecho medioambiental" aunque reconoce que el legislador tiene derecho a cambiar la ley siempre que respete la Constitución.

La sentencia acepta que la ley no establezca qué es el dominio público marítimo-terrestre, sino que remitiera a un reglamento posterior. Este punto fue muy criticado por la oposición porque permitía cambiar en la práctica lo más importante y lo que más dinero mueve: cómo se traza la raya que delimita la zona pública de la privada.

También señala que la decisión del Gobierno del PP de dar otros 75 años de concesión a las casas es constitucional. Considera que "la extinción de una concesión no implica necesariamente la recuperación del uso general del dominio público".

También acepta salvar las marinas creadas artificialmente por el hombre de la aplicación de la ley, al considerar que solo se puede aplicar a aquellas que "antes de la inundación no fueran dominio público". También avala la nueva definición de dunas que pertenecen al dominio público, algo que el PSOE consideraba que reducía el dominio público drásticamente en zonas como Doñana. El Constitucional afirma que "no es posible apreciar que la nueva regulación de las dunas suponga la incorporación de criterios de delimitación del dominio público natural que puedan poner en riesgo su integridad".

Greenpeace ha celebrado la sentencia del Constitucional, pues considera que la reforma suponía "una sentencia de muerte para valiosos ecosistemas y paisajes costeros". Tras el fallo, pidió "al próximo Gobierno su revocación total". "Hoy es un día para celebrar que el rodillo demoledor del Partido Popular sobre el medio ambiente en esta legislatura ha sufrido un fuerte varapalo y el Tribunal Constitucional da la razón a Greenpeace, que denunciamos en lo más alto del Congreso de los diputados el grave retroceso que suponía esta Ley", ha declarado en un comunicado Mario Rodríguez, director de Greenpeace España.

El Tribunal Constitucional ha anulado partes de la reforma de Ley de Costas que aprobó el PP en 2013 y que reducía la protección del litoral. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, anula la reducida protección a la isla de Formentera y a las salinas. La reforma creaba también 11 núcleos urbanos a los que no les afectaba la ley y el tribunal establece una forma restrictiva para interpretarlo para que sea acorde con la Constitución. El cambio legal fue lo primero que anunció Miguel Arias Cañete al ser nombrado ministro de Medio Ambiente. El PSOE, Canarias, Andalucía y Asturias recurrieron al Constitucional. El Constitucuional sí acepta disposiciones clave, como la reducción de la zona de servidumbre de protección de 100 metros después de la playa que ahora queda fijada en 20 metros en núcleos de población y la prórroga de las concesiones a las casas construidas legalmente en la playa antes de la ley de 1988.

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