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Andreu abronca a Asuntos Internos en el caso Emperador y libera a los policías imputados
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hacienda cometió "numerosos errores"

Andreu abronca a Asuntos Internos en el caso Emperador y libera a los policías imputados

El juez critica la labor de los investigadores y de la Agencia Tributaria y dicta un auto en el que pone de relieve la reputación de los policías. Los indicios "se han desvanecido hasta desaparecer", afirma

Foto: Gao Ping, líder de la trama desmantelada, a la salida de la Audiencia Nacional en 2012 (EFE)
Gao Ping, líder de la trama desmantelada, a la salida de la Audiencia Nacional en 2012 (EFE)

El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, ha archivado la causa contra nueve miembros de las fuerzas de seguridad en el marco del caso Emperador, que investiga la mafia china. Según el magistrado, los indicios que en su momento presentó la Unidad de Asuntos Internos de la Policía contra estos funcionarios actualmente “se han desvanecido hasta el punto de desaparecer”.

Para seguir adelante con su inculpación, critica el juez, es necesario que las conclusiones de los investigadores no sean “consecuencia de vagas indicaciones o de ligeras sospechas”. No se han encontrado, continúa Andreu en un auto fechado el pasado 7 de agosto, pruebas determinantes contra los agentes a pesar de las minuciosas pesquisas que se han practicado. “En el presente caso, la pormenorizada y exhaustiva instrucción que se ha efectuado ha desvirtuado toda posibilidad de que los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delito”, subraya el escrito.

Andreu sobresee de este modo al comisario Manuel Patricio Rodríguez San Román, al agente de Policía Blas Donoso Adán, al inspector Federico Sánchez de Frutos, al comisario Ángel Luis Olmedo Ovejero, al inspector Miguel Ángel Gómez Gordo, al subinspector Roberto Ruiz Ortega, al policía Óscar Francisco García Frade, al policía local de Fuenlabrada José Pablo Roldán Juez, al también agente de la Policía Local de Fuenlabrada Mario José Selas Martínez, al entonces coordinador de Relaciones Institucionales del Ayuntamiento de Coslada (Madrid) Pablo García Lozano y al empresario chino Yongping Wu Liu y aclara que el procedimiento que se ha seguido contra ellos durante todos estos meses “no perjudica a su reputación”.

También explica el magistrado que el archivo de la causa contra Gómez Gordo, inspector de la Policía, en esta pieza separada del caso Emperador sirve también para exonerarle de la imputación que se le señalaba en el procedimiento principal instruido por Andreu en el marco de las pesquisas sobre la presunta mafia china. Asuntos Internos acusaba a Gómez Gordo de agilizar un trámite de extranjería a una ciudadana china o de haber intercambiado favores con el líder de la trama, Gao Ping, conclusiones a las que los investigadores llegaron a través de las escuchas telefónicas.

La primera acusación, explica Andreu, ha quedado “absolutamente desmentida”, ya que la mujer supuestamente favorecida “acudió a comisaría con sus dos hijos después de haber obtenido la correspondiente cita previa, de forma que no se produjo ningún trato preferencial”. La segunda, continúa el juez, también. “Las conclusiones a que llega la Unidad de Asuntos Internos tras un exhaustivo y pormenorizado examen patrimonial también carecen de sustento indiciario alguno y deberían haber sido objeto de un cuidadoso estudio antes de realizarse”, critica duramente el instructor, que hace suyas las conclusiones del informe elaborado por el comisario general de Policía Judicial,José Santiago Sánchez Aparicio, el pasado 28 de julio.

El escrito de Sánchez Aparicio afirma que de las conversaciones telefónicas intervenidas no se puede concluir “la comisión de ilícito penal alguno” por parte de este funcionario, que durante la investigación “no aparecen otros datos que indiquen” su participación en actividades delictivas y queno hay pruebasde su “participación ni favorecimiento” en las actividades de la trama. Sus comunicaciones “no se apartan de los parámetros normales en el desarrollo de su actividad profesional como responsable de la investigación de redes organizadas chinas”, dado que era el jefe del Grupo 5 de la Brigada Provincial de Extranjería de Madrid.

'Las conclusiones a que llega Asuntos Internos también carecen de sustento indiciario alguno y deberían haber sido objeto de un cuidadoso estudio'

Con la misma contundencia exime el magistrado al comisario Rodríguez San Román. “No ha quedado acreditada la existencia de ningún trato de favor que pudiera tener relevancia penal”. San Román estaba acusado de facilitar datos al empresario Yongping Wu Liu y de intercambiar favores con él. El 31 de diciembre de 2011, por ejemplo, el chino le dijo por teléfono al comisario que quería verle para regalarle un jamón, pero el juez considera que “no ha quedado acreditado que finalmente dicho regalo se efectuara”. El 25 de abril de 2012, Wu Liu queda con Rodríguez San Román para “entregarle una caja de vino”, pero nuevamente el juez no haya pruebas contundentes. “No queda acreditada la entrega de este obsequio”, asegura.

“No solo no existe ningún dato indiciario que permita afirmar la exigencia de pago de cantidad alguna de dinero entre Yongping Wu Liu y Rodríguez San Román, tal y como reconocieron los funcionarios de Asuntos Internos, sino que la defensa (del comisario) ha venido a acreditar el origen” de las 20 operaciones en efectivo por un total de 13.497 euros que se produjeron entre 2013 y 2014 en una de las cuentas de Rodríguez San Román y de otras cinco operaciones entre 2009 y 2013 en otra de sus cuentas por 3.590 euros, movimientos calificados como “atípicos” por los investigadores, que insinuaron que “podrían estar vinculados con presuntas contraprestaciones que podría haber recibido Rodríguez San Román para facilitar información obtenida de bases de datos policiales y por mediar para dar un trato de favor a Yongping Wu Liu en dependencias policiales”. También rechaza Andreu que el comisario haya tenido un “incremento patrimonial” relevante en los últimos años ni de que haya recibido dinero.

"No consta acreditado ningún trato de favor"

Tampoco considera probado el juez que las entradas para los toros que le regaló Yongping Wu Liu al coordinador de Relaciones Institucionales de Coslada, amigo del comisario, fueran a cambio de que éste último mediara en la obtención de una licencia de terraza para un local del chino. “No consta acreditado (…) trato de favor ni irregularidad alguna”, señala el magistrado.

Tampoco observa trato de favor Andreu en la actuación de Donoso Adán cuando éste estuvo en la Brigada Local de Extranjería de Fuenlabrada y mantenía contacto con la mujer de Gao Ping, Lizhen Yan, inculpada en la trama Emperador, y su cuñada Kianxian Wang. El policía, determina el instructor, se habría limitado a “aconsejar” a la esposa de Gao Ping cuando ésta llamaba para solicitar la agilización de trámites habituales o la interposición de denuncias rutinarias (un golpe en el coche, la pérdida del perro, el atraco a un cliente, etc.).

Respecto a las consultas en bases policiales realizadas por Donoso Adán a petición de Yongping Wu Liu sobre cómo hacer trámites de extranjería y renovaciones de permisos, el juez afirma que estas mismas solicitudes se las encargó el chino también al guardia civil Juan Enrique Trujillo Fernández y que en este caso la Fiscalía no denunció al agente del instituto armado “al entender que su actuación se encontraba en el marco de las funciones propias de su labor policial”.

El juez también entiende que el subinspector Ruiz Ortega no incurrió en ningún ilícito penal cuando atendió a Yongping Wu Liu, quien le preguntó por los trámites a realizar para renovar el NIE y se interesó por un chino interno en el CIE, y hace suyo el informe del jefe del Grupo 7 de la Brigada Provincial de Extranjería, quien explica que el funcionario actuó así “para mantener el acercamiento con Yongping Wu Liu desde el punto de vista exclusivamente profesional, dando la impresión de hacer un favor y, siempre y en todo caso, respetando la normativa y con conocimiento de sus superiores”. El subinspector, continúa el responsable del Grupo 7, es “honesto, colaborador y respetuoso con la legalidad” hasta el punto de que, “en no pocas ocasiones, ha puesto en peligro su vida”, motivo por el que ha sido condecorado.

Sobre el que hasta 2007 fue el jefe del Grupo Operativo de Extranjeros 5º de la Ucrif, el inspector Federico Sánchez de Frutos, al que Asuntos Internos vinculaba con Gao Ping, su mujer Lizhen Yang y el presidente de la Asociación de Bazares Chinos, Yongping Xia, Andreu no encuentra “ninguna relevancia penal” y recuerda que la propia unidad investigadora descartó que el funcionario recibiera “ninguna cantidad de dinero” por parte de los imputados en la trama.

El juez destaca 'nada menos que 57 errores' en el informe de la Agencia Tributaria, 'algunos realmente relevantes y que se debían haber constatado antes'

En este punto, Andreu también señala que el informe de la Agencia Tributaria elaborado para la Fiscalía Anticorrupción contenía “numerosos errores”. La defensa del inspector, señala el juez, ha venido a acreditar “nada menos que 57” fallos, “algunos realmente relevantes y que se debían haber constatado antes de plasmar dichas conclusiones”. Entre estas incorrecciones destaca la empresa para la que trabaja el hasta ahora inculpado, que es errónea, o el año en el que se adquirió una vivienda, que también está mal puesto, señala el auto del Juzgado número 4 de la Audiencia Nacional, que descarta cualquier tipo de maniobra para traspasar u ocultar dinero por parte del funcionario.

Andreu también justifica que los contactos del comisario Olmedo Ovejero con la comunidad china eran los propios del puesto de trabajo que éste desarrollaba, ya que era el jefe de la Brigada de Extranjería de Madrid. Además de resaltar la nula relevancia penal de estas relaciones, el magistrado critica nuevamente los informes de Asuntos Internos cuando apuntan que el comisario permitió a Yongping Wu Liu aparcar en el reservado para policías. “Dicha información ha sido totalmente desacreditada y debía haber sido objeto de una más diligente investigación”, apuntala el instructor. “En ningún momento le deja aparcar su vehículo en el aparcamiento al que se refiere Asuntos Internos”, subraya el juez.

Andreu también exonera al policía García Frade, al que Wu Liu telefoneó nada más ser detenido para saber qué había pasado. El agente únicamente se informó del estado del detenido, señala el juez, quien añade que después de analizar su patrimonio descarta cualquier operación sospechosa.

En el mismo sentido descarta la implicación del policía local de Fuenlabrada Roldán Juez, que fue acusado por Asuntos Internos de interesarse por una denuncia interpuesta por un compañero suyo por infracción de tráfico realizada por un inquilino de Yongping Wu Liu que resultó anulada por “tachaduras”. Andreu afirma que no existen indicios de que el empleado del consistorio interviniera ni tampoco de que enviara inspecciones a los negocios de la competencia de Wu Liu para molestarles, como también argumentaban los investigadores. De hecho, señala el juez, Roldán Juez carecía de competencia para hacerlo. Andreu también da por buenas las justificaciones que da Roldán Juez sobre los ingresos de “procedencia desconocida” que le atribuía Asuntos Internos.

100.000 euros de la Lotería Nacional justificados

Andreu también considera justificados lo que los investigadores calificaban como “continuos flujos de dinero entrante y saliente” en las cuentas de Selas Martínez, “consecuencia de la inversión de los 100.000 euros que percibe del premio de la Lotería Nacional, así como el obtenido por su padres y hermana en otras cuentas en las que él también figura como autorizado”. Estos y otros ingresos que Asuntos Internos no supo determinar de dónde procedían están hoy plenamente justificados.

El titular del Juzgado número 4 recuerda el auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional del pasado 7 de noviembre que archivó la causa contra el comisario Carlos Salamanca porque, a su entender, “los hechos que se le imputaban eran análogos a los que viene a imputarse al resto de los implicados”, como también los indicios en que se fundamentó su imputación son de “similar naturaleza”. Estos hechos, según la sala, carecían “de significación penal”. Esos razonamientos, apunta ahora Andreu, son “plenamente trasladables al resto de inculpados”.

El instructor aprovecha su auto para criticar las “endebles sospechas” puestas sobre la mesa por Asuntos Internos en el informe que dio origen a esta pieza separada del caso Emperador. “No se ha podido acreditar la existencia de ni una sola resolución arbitraria, ilegal o injusta por parte de los funcionarios denunciados”, concluye el juez, que añade que “tampoco se ha acreditado, ni siquiera indiciariamente, la existencia de dádiva, favor o retribución alguna”. El jamón o las botellas de vino se ofrecen “en una fecha tan señalada como el fin de año” por alguien que además es “dueño de una tienda de vinos” como es Yongping Wu Liu, quien ofrece el “obsequio” de modo “muy puntual”.

El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, ha archivado la causa contra nueve miembros de las fuerzas de seguridad en el marco del caso Emperador, que investiga la mafia china. Según el magistrado, los indicios que en su momento presentó la Unidad de Asuntos Internos de la Policía contra estos funcionarios actualmente “se han desvanecido hasta el punto de desaparecer”.

Gao Ping Audiencia Nacional Fernando Andreu
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