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Prisión para el monitor de puenting que “no comprobó las cuerdas” y mató a un cliente
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se estrelló y dejó a una mujer y dos hijos

Prisión para el monitor de puenting que “no comprobó las cuerdas” y mató a un cliente

El Juzgado de lo Penal número 25 de Madrid le prohíbe también trabajar en estas actividades durante los próximos cuatro años

Foto: Imagen de archivo de varias personas practicando puenting. (EFE)
Imagen de archivo de varias personas practicando puenting. (EFE)

El presidente y responsable de seguridad de la asociación cultural y deportiva Todoaventura, Fernando A. N., tendrá que pasar dos años en prisión y cuatro alejado del oficio de monitor de puenting. El Juzgado de lo Penal número 25 lo considera culpable del delito de homicidio imprudente por “no haber comprobado las cuerdas” antes del salto que costó la vida al ciudadano valenciano Alberto B. R. la tarde del 6 de julio de 2013.

El fallecido se precipitó contra el suelo, según considera constatado la sentencia del mencionado tribunal, después de que la soga contara con un “exceso de comba”, lo que provocó “un desfase entre lalongitud de la cuerda desplegada” y la distancia del puente al suelo. La víctima–que dejó mujer, un hijo y otro en camino, ahoraya nacido–murió en el mismo instante del choque contra el suelo por la destrucción de órganos vitales.

El propio Fernando admitió que las cuerdas “se quedaron enganchadas en una barra del puente y falsearon la longitud”. Incluso la Guardia Civil confirmó que “no estaban tensadas” porque “el plegado no fue correcto”, como también se puede comprobar –según añadeel tribunal en su resolución–en el reportaje gráfico que se incluye en el sumario y que grabó otro de los organizadores de Todoaventura.

El tribunal entiende constatado que Fernando 'era el único encargado del material y de las medidas de seguridad de las actividades'

La sentencia considera “esencial el tensado y anclaje de las cuerdas” dentro del trabajo que debía haber llevado a cabo el condenado en “una actividad deportiva de gran riesgo, que se practicaba en un puente de 57 metros de altura”. Los propios agentes de la Guardia Civil lo consideraron “indispensable” para garantizar la seguridad. “Era previsible que, de no tensar correctamente las cuerdas, esto provocaría la caída del saltador”, resume el fallo, que considera que la actuación del monitor incurrió en una “imprudencia grave”.

El tribunal entiende constatadoque Fernando “era el único encargado del material y de las medidas de seguridad de las actividades”, como de hecho también reconoció el propio acusado durante el juicio oral, quien advirtió de queel chico que le ayudaba a montar todo “sólo iba para auxiliarle”.

El accidente se produjo en el puente situado sobre el río Cofio, a la altura del kilómetro 45,5 de la carretera comarcal M-505, en el término municipal de Valdemaqueda, en la Comunidad de Madrid.La compañía con la que Todoaventura tenía contratado el seguro de responsabilidad civil indemnizó a la esposa de la víctima con 160.000 euros, por lo que tanto ella como el resto de los familiares del fallecido renunciaron a cualquier otro abono.

El salto de Alberto era el primero que hacía en su vida, pero el séptimo que realizaba aquella tarde el grupo que había contratado los servicios con Todoaventura. Los seis anteriores se habían resuelto sin problemas. No en vano,el condenado llevaba más de cuatro años organizando este tipo de actividades sin incidentes.

El presidente y responsable de seguridad de la asociación cultural y deportiva Todoaventura, Fernando A. N., tendrá que pasar dos años en prisión y cuatro alejado del oficio de monitor de puenting. El Juzgado de lo Penal número 25 lo considera culpable del delito de homicidio imprudente por “no haber comprobado las cuerdas” antes del salto que costó la vida al ciudadano valenciano Alberto B. R. la tarde del 6 de julio de 2013.

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