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El juez deja fuera a Spottorno y a otros 11 exdirectivos de las tarjetas 'black'
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limita la responsabilidad penal a los consejeros

El juez deja fuera a Spottorno y a otros 11 exdirectivos de las tarjetas 'black'

Andreu les mantiene en la causa como responsables civiles a título lucrativo y tendrían que devolver el dinero aunque no cabe ningún delito contra ellos por desconocer que se trataba de un fraude

Foto: El exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno. (EFE)
El exjefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno. (EFE)

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu acaba de archivar la causa contra el exjefe de la Casa del Rey, Rafael Spottorno, por el uso de las tarjetas 'black' de Caja Madrid. Junto a él, el instructor también da carpetazo para otros once exdirectivos de la entidad, que se suman otra decena de imputados que ya han sido sobreseídos tras comprobar que en su caso el presunto delito de apropiación indebida está prescrito o que ha quedado demostrado que el uso de la tarjeta, en su caso, se trataba de parte de su remuneración.

Aun así, Andreu les mantiene en la causa como responsables civiles a título lucrativo, es decir, que tendrían que devolver el dinero disfrutado aunque no cabe ningún delito contra ellos por desconocer que se trataba de una práctica fraudulenta. En su auto, el juez distingue entre los miembros del Consejo de Administración y del Comité de Control, ( en el caso de los directivos) y los que mantenían una relación estrictamente laboral como empleados por cuenta ajena de Caja Madrid. Entre este grupo de directivos se incluyen los 12 para los que se sobresee provisionalmente la causa. Todos ellos han declarado de forma invariable y uniforme que las tarjetas investigadas les eran entregadas como parte de su retribución.

Esto significa que el instructor limita la responsabilidad penal a los consejeros de Caja Madrid y Bankia, en línea con la tesis de la Fiscalía Anticorrupción que ya en su momento se opuso a la imputación de los directivos al entender que era el Consejo de Administración el encargado de aprobar la política retributiva de la entidad y, por tanto, conocedores del objeto real de esas tarjetas, además de usuarios.

Los otros once exdirectivos que quedan fuera de la causa son Ricardo Morado, exdirector de Sistemas y de Organización de Caja Madrid; Ramón Ferraz, exdirector general de Banca Comercial; Matías Amat, exdirector general, director de negocios y director financiero; Mariano Pérez Claver, exdirector de Banca Comercial y consejero delegado de la Corporación; Juan Manuel Astorqui, exdirector de Comunicación; Carlos María Martínez, exdirector gerente de la Obra Social Caja Madrid; Carmen Contreras, exdirectora de Auditoría Interna; Carlos Vela, exdirector de la Banca de Negocios; Ramón Martínez Vilches, exdirector de Riesgos; y Luis Gabarda, exdirector del Gabinete del Presidente y director de Gestión de Activos.

Después de las diligencias practicadas, Andreu -que tiene abierta una pieza separada por las 'tarjetas black' dentro de la causa principal que se investiga la fusión y salida a bolsa de Bankia- considera acreditado que en el caso de estos directivos las tarjetas tenían un concepto retributivo y por ello de libre disposición para el usuario. Entre otras razones, porque todos ellos disponían también de otra tarjeta que la entidad les había facilitado como “tarjeta de empresa”. Y esta tarjeta de empresa debían destinarla a los gastos generados en el ejercicio de su cargo.

A diferencia de las tarjetas de empresa, a las otras, investigadas por el juez, se les asignaba un pin o clave de forma que era posible extraer dinero del cajero, “lo que resulta razonable si conceptuamos el uso de la tarjeta como una parte del paquete retributivo”.

El magistrado señala que la limitación en materia retributiva de la ley de Cajas de Ahorro esta marcada para los consejeros, pero no se podría aplicar a las retribuciones que pudieran recibir los directivos de la entidad, por lo que “ni cualitativa no cuantitativamente el pago de parte de sus retribuciones por esta vía puede considerarse irregular”.

Posible administración desleal

Ahora bien, el juez estima que no puede obviarse que este tipo de tarjetas, por su concepción, funcionamiento, entrega y ocultación a los órganos de control, (tanto de la propia entidad como a la Hacienda Pública) pueden indicar la comisión de un delito de administración desleal por parte de quienes fueron los administradores de Caja Madrid, en tanto que las mencionadas tarjetas “se otorgaban fuera del circuito ordinario de otorgamiento de tarjetas de empresa de la entidad, la designación de sus beneficiarios y el límite cuantitativo se otorgaba con una discrecionalidad impropia de una entidad como la que nos ocupa, por el presidente de la misma, sin soporte contractual alguno y sin que las cantidades percibidas en este concepto fueran declaradas a la Hacienda Pública”. El juez valora la responsabilidad y experiencia de los imputados para concluir que no les debía pasar desapercibidas todas estas “particularidades”.

Por todo ello, aunque la conducta de estos directivos no tenga relevancia penal, pudieron obtener un beneficio económico procedente de la comisión de un delito, por lo que procede considerarles responsables civiles a título lucrativo, un artículo del Código Penal que contempla la restitución de lo percibido, en el caso de que se declare de manera definitiva que la emisión, puesta en funcionamiento y gastos generados por el uso de estas tarjetas fuera constitutivo del delito de administración desleal. Andreu recuerda que el responsable a título lucrativo se aprovecha de los efectos de un delito, como es el caso, según el juez, de estos 12 ex directivos para los que se sobresee la causa.

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu acaba de archivar la causa contra el exjefe de la Casa del Rey, Rafael Spottorno, por el uso de las tarjetas 'black' de Caja Madrid. Junto a él, el instructor también da carpetazo para otros once exdirectivos de la entidad, que se suman otra decena de imputados que ya han sido sobreseídos tras comprobar que en su caso el presunto delito de apropiación indebida está prescrito o que ha quedado demostrado que el uso de la tarjeta, en su caso, se trataba de parte de su remuneración.

Rafael Spottorno
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