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El Tribunal Supremo declara la nulidad del ERE de Coca-Cola
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El Tribunal Supremo declara la nulidad del ERE de Coca-Cola

El Alto Tribunal ha avalado la sentencia dictada en su día por la Audiencia Nacional. El ERE afectó a más de 1.000 trabajadores y supuso el cierre de cuatro plantas en diferentes puntos de España

Foto: Imagen de una de las manifestaciones contra los despidos de Coca-Cola (EFE)
Imagen de una de las manifestaciones contra los despidos de Coca-Cola (EFE)

El Tribunal Supremoacaba de confirmar la nulidad del despido colectivo del Grupo Coca-Cola por por vulneración del derecho de huelga, avalando así la sentencia acordada en su día por la Audiencia Nacional. El Pleno de lo Social considera innecesario analizar el resto de las cuestiones planteadas al entender que con el primer supuesto es suficiente para dejar si efecto el ERE que afectó a 1.250 trabajadores y conllevó el cierre de cuatro plantas(Fuenlabrada, Alicante, Asturias y Palma de Mallorca).

Según fuentes jurídicas, la Sala entiende que durante la huelga convocada en contra del despido por el cierre del centro de Fuenlabrada, la empresa sustituyó la producción dejada de realizar por la de otras embotelladoras del grupo, perjudicando así el adecuado desarrollo del período de consultas. Asimismo, la sentencia aclara que en los despidos colectivos declarados nulos la condena a readmisión debe llevar unida la condena al abono de salarios, además de ser directamente ejecutiva a raiz de la última modificación legal de 2014.

De esta manera, el alto tribunal rechaza el recurso planteado por Coca Cola después de que la Audiencia Nacional declarara en su momento nulo el ERE acordado. La compañía Coca-Cola Iberian Partners había ejecutado 821 despidos, 235 de ellos forzosos, que correspondían a los empleado de la planta de Fuenlabrada. La Audiencia sí analizó todos los puntos y señaló que la empresa no realizó adecuadamente el proceso de fusión por el que ocho embotelladoras se unieron en una y no comunicó el cambio de empresa a los representantes de los trabajadores. También destacaba que no se informó como correspondía a los sindicatos de los planes de reestructuración y que se produjeron prácticas de esquirolaje, al trasladar la distribución de producto de las plantas en huelga a otras en activo.

El Tribunal Supremoacaba de confirmar la nulidad del despido colectivo del Grupo Coca-Cola por por vulneración del derecho de huelga, avalando así la sentencia acordada en su día por la Audiencia Nacional. El Pleno de lo Social considera innecesario analizar el resto de las cuestiones planteadas al entender que con el primer supuesto es suficiente para dejar si efecto el ERE que afectó a 1.250 trabajadores y conllevó el cierre de cuatro plantas(Fuenlabrada, Alicante, Asturias y Palma de Mallorca).

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