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El Constitucional paraliza el 'fracking' en Cataluña hasta que falle sobre el caso
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PROHIBICIÓN DEL 'FRACKING' EN CATALUÑA

El Constitucional paraliza el 'fracking' en Cataluña hasta que falle sobre el caso

El TC ha acordado levantar la suspensión del artículo 167.1 de la ley catalana 2/2014, que había sido recurrido por el Gobierno en noviembre del año pasado

Foto: Imagen de archivo de una estación de 'fracking' en Dakota del Norte, en EEUU (Reuters)
Imagen de archivo de una estación de 'fracking' en Dakota del Norte, en EEUU (Reuters)

El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión aplicada en noviembre del año pasado a un artículo de la Ley 2/2014 de Cataluña en el que se prohibía la controvertida técnica de fractura hidráulica para la extracción de hidrocarburos no convencionales, o fracking, en laComunidad Autónoma.

En concreto, el Constitucional ha acordado levantar la suspensión del artículo 167.1 de la Ley 2/2014 de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público de Cataluña, según consta en el BOE de este viernes.

Esta suspensión fue aplicada en noviembre, en el momento en el que el Constitucionaldecidió admitir a trámite un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobiernocontra este artículo.

El tribunal decidió en ese momento "suspender la vigencia" de la prohibición delfrackingdespués de que el Ejecutivo invocase el artículo 161.2 de la Constitución, que contempla la suspensión de las resoluciones adoptadas por las comunidades autónomas en este tipo de casos.

Esta suspensión, según indica el propio artículo 161.2 de la Constitución, deberá ser ratificada o levantada por el Tribunal Constitucionalen un plazo máximo de cinco meses, como ahora ha ocurrido.

El artículo 167.1 de la norma catalana en el que se prohíbe el frackingindica que, "en la explotación de recursos naturales en suelo no urbanizable, en el caso de aprovechamiento de hidrocarburos, no está permitida la utilización de la tecnología de la fracturación hidráulica".

Esta prohibición se producirá cuando el fracking"pueda tener efectos negativos sobre las características geológicas, ambientales, paisajísticas o socioeconómicas de la zona, o en relación con otros ámbitos competenciales de la Generalidad".

El Tribunal Constitucional ha levantado la suspensión aplicada en noviembre del año pasado a un artículo de la Ley 2/2014 de Cataluña en el que se prohibía la controvertida técnica de fractura hidráulica para la extracción de hidrocarburos no convencionales, o fracking, en laComunidad Autónoma.

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