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Varapalo del TS a la Audiencia: tumba la doctrina que permitió excarcelar etarras
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TRAS LA SALIDA DE VARIOS PRESOS

Varapalo del TS a la Audiencia: tumba la doctrina que permitió excarcelar etarras

El Tribunal Supremo acaba de acordar por mayoría oponerse a la acumulación de las condenas de otros países, que ha dejado en libertad a varios etarras

Foto: El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (EFE)
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes (EFE)

El Tribunal Supremo acaba de acordar por mayoría oponerse a la acumulación de las condenas de otros países, que ha dejado en libertad a varios etarras antes de tiempo. Después de un intenso debate han considerado que no debe aplicarse la normativa europea que apuntaba a acumular condenas impuestas a reos en los países de la Unión Europea. Por nueve a seis se desestima el recurso presentado por el etarra Kepa Pikabea aunque fuentes jurídicas señalan que se aplicará a otros casos que se tendrán que ver recurso por recurso.

La Fiscalía había informado en contra de esta acumulación al considerar su aplicación un fraude de ley. Sostiene que debe primar la ley orgánica 7/2014, aprobada en diciembre, y que se opone tajantemente a dicha acumulación. El Pleno de lo Penal del alto tribunal ha tomado esta decisión durante el estudio del recurso del etarra Kepa Pikabea, quien había instado a plantear una cuestión prejudicial a Luxembrugo sobre el asunto. Esta decisión servirá de directriz para los otros cuatro recursos planteados por la Fiscalía contra la decisión de la Audiencia Nacional de aplicar la acumulación.

Esta decisión supone un varapalo a la Audiencia Nacional que optó por aplicar la normativa europea, en contra del criterio de la Fiscalía. Este órgano judicial decidió que cada sección resolviera los asuntos que le entraran después de que el Pleno, presidido por Fernando Grande-Marlaska, no consiguiera llegar a un consenso al respecto.

Hace justo un mes, el Tribunal Supremo se había reunido en Pleno para estudiar el recurso de Pikabea, pero ante la falta de un acuerdo unánime decidió pedir informe a la Fiscalía y al condenado y convocó una nueva reunión para hoy. Los magistrados debían debatir entre la normativa europea y la nueva ley orgánica, que traspone la decisión marco europea 2008/675 que apuntaba a la acumulación de las condenas de presos en varios países, y que afectan principalmente a los etarras que han sido condenados tanto en España como en Francia.

Este etarra había recurrido la decisión de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional que le negó la posibilidad de descontarse las condenas cumplidas en Francia al considerar que el asunto ya estaba cerrado y no se podía abordar de nuevo. La ley española que incorpora esta normativa europea no entró en vigor hasta el pasado 3 de diciembre, al día siguiente de la resolución que permitió salir de la cárcel al etarra Santi Potros. La norma, además, incluye una disposición adicional incorporada por el Senado que impide acumular las condenas en el extranjero impuestas antes del 15 de agosto de 2010.

El Tribunal Supremo acaba de acordar por mayoría oponerse a la acumulación de las condenas de otros países, que ha dejado en libertad a varios etarras antes de tiempo. Después de un intenso debate han considerado que no debe aplicarse la normativa europea que apuntaba a acumular condenas impuestas a reos en los países de la Unión Europea. Por nueve a seis se desestima el recurso presentado por el etarra Kepa Pikabea aunque fuentes jurídicas señalan que se aplicará a otros casos que se tendrán que ver recurso por recurso.

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