El TS retrasa decidir sobre la acumulación de penas hasta escuchar al fiscal y a Pikabea
El Supremo ha pospuesto para el 13 de enero la decisión sobre si se debe acumular los años cumplidos en otros países, a la hora de contabilizar los años de condena
El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha pospuesto para el próximo día 13 de enero la decisión sobre si se debe acumular los años cumplidos en otros países, como Francia, a la hora de contabilizar los años de condena. Después de todo el día de deliberación, los magistrados han concluido que se debe requerir al fiscal y al etarra del caso concreto que se analiza, Kepa Pikabea, dos informes para que se pronuncien sobre los efectos de la Ley Orgánica 7/2014 que se opone a tal acumulación.
La norma traspone la Decisión Marco europea 2008/675 que apuntaba a la acumulación de las condenas de presos en varios países, y que afectan principalmente a los etarras que han sido condenados tanto en España como en Francia. La decisión del Supremo de aplazarlo y pedir informes se debe a que, cuando Pikabea recurrió para que le aplicaran la normativa, como ya hicieron con el etarra Urrusulo, la ley que se oponía a aplicar la normativa europea no estaba aprobada. Para evitar la indefensión de Pikabea, ya que en su recurso desconocía la nueva ley, los magistrados por unanimidad entienden que hay que escuchar su versión.
Este etarra había recurrido la decisión de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional que le negó la posibilidad de descontarse las condenas cumplidas en Francia al considerar que el asunto ya estaba cerrado y no se podía abordar de nuevo. La ley española que incorpora esta normativa europea no entró en vigor hasta el pasado 3 de diciembre, al día siguiente de la resolución que permitió salir de la cárcel al etarra Santi Potros. La norma, además, incluye una disposición adicional incorporada por el Senado que impide acumular las condenas en el extranjero impuestas antes del 15 de agosto de 2010.
Aunque el Pleno sólo estudia un recurso concreto, podría extrapolarse a otros casos que están pendientes y así unificar doctrina después de que la Audiencia Nacional haya dado respuestas contradictoras. Mientras que una Sala ha optado por aplicar la acumulación de penas a cuatro históricos de la banda terrorista –Alberto Plazaola, Rafael Caride Simón,Santiago Arrospide Sarasola 'Santi Potros' y Francisco Mujika Garmendia 'Pakito'–, otros compañeros suyos optaron por denegar a Iñaki Bilbao Beaskoetxea, 'Iñaki Lemona', la acumulación.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya anunció que iba a recurrir la decisión de la Audiencia Nacional de acumular las condenas y excarcelar a varios etarras, postura apoyada por el Gobierno y que previsiblemente la Fiscalía del Supremo mantendráen el informe que ahora debe remitir al Pleno.
El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha pospuesto para el próximo día 13 de enero la decisión sobre si se debe acumular los años cumplidos en otros países, como Francia, a la hora de contabilizar los años de condena. Después de todo el día de deliberación, los magistrados han concluido que se debe requerir al fiscal y al etarra del caso concreto que se analiza, Kepa Pikabea, dos informes para que se pronuncien sobre los efectos de la Ley Orgánica 7/2014 que se opone a tal acumulación.
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