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El aforamiento ‘exprés’ de Don Juan Carlos deja al Supremo a los pies de los caballos
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DUDAS SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA MEDIDA

El aforamiento ‘exprés’ de Don Juan Carlos deja al Supremo a los pies de los caballos

El Gobierno quiere aprobar lo antes posible el pleno aforamiento de Juan Carlos I. Este jueves lo sacó adelante en el Congreso y ya va camino del Senado

Foto: El rey Juan Carlos, en el Palacio Real. (Gtres)
El rey Juan Carlos, en el Palacio Real. (Gtres)

El Gobierno quiere aprobar lo antes posible el pleno aforamiento de Juan Carlos I. Este jueves lo sacó adelante en el Congreso de los Diputados y ya está camino del Senado. Lo ha ‘colado’ como una enmienda en una ley que estaba ya en tramitación parlamentaria. El mensaje que ha lanzado el Ejecutivo es que no quiere esperar ni un minuto para que el Rey abdicado esté aforado tanto en la vía penal como civil. Estas prisas tienen un principal perjudicado: el Tribunal Supremo.

Esta celeridad hace indicar que hay una especial preocupación por las querellas y demandas que van a llegar contra el Rey saliente, y se quieren tener controladas en el Alto tribunal. El aforamiento no significa impunidad ni inviolabilidad, sino que todas las actuaciones judiciales contra Juan Carlos de Borbón se tendrán que presentar en el Supremo. No se dejan de investigar, sino que es la máxima instancia la que se encarga de ello.

Fuentes de este tribunal muestran su preocupación a El Confidencial porque la imagen que está dando el Gobierno es que sus magistrados son más controlables que los jueces de instancia. El mensaje de fondo que llega es que estos últimos son menos maleables que los del Supremo, que han llegado elegidos por el Consejo General del Poder Judicial.

Desde el Alto Tribunal se ve este asunto con desasosiego por el flaco favor que el Ejecutivo de Mariano Rajoy está haciendo a la institución. El Supremo es el órgano judicial de máximo prestigio al que llegan aquellos magistrados con una amplia trayectoria; sin embargo, se está dando la impresión que desde este órgano se va a paralizar cualquier demanda contra el Rey.

El Gobierno ha hecho caso omiso a todas las recomendaciones. Incluso el presidente del CGPJ y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, dijo públicamente que una buena opción para aforar al Rey abdicado era introduciéndolo en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que está ahora en fase de informes. En este texto, el Ministerio de Justicia ya había previsto el aforamiento de la Reina y de los Príncipes de Asturias antes de que se anunciara la abdicación el pasado día 2 de junio. Lo único que se debería haber hecho era incorporar el de los Reyes salientes, tal y como propuso la Comisión Permanente del órgano que regula los jueces en su informe sobre la reforma presentado al Pleno para su votación.

Sin embargo, el Gobierno rechazó esta opción porque la ley todavía no ha empezado la fase de tramitación parlamentaria y podía retrasarse todavía meses. Esa celeridad –que ha provocado que haya salido la enmienda sin el apoyo del PSOE– es, según fuentes jurídicas, la que ha puesto en alerta a la opinión pública sobre la falta de imparcialidad de los magistrados del Supremo.

El Rey pierde la segunda instancia

Otras fuentes recuerdan que, efectivamente, los miembros de este tribunal son elegidos por el CGPJ y los vocales de este por los partidos políticos; por lo tanto, es difícil no hacer esa relación. Aun así, los apoyos que puedan tener los magistrados que se presentan para el Supremo pueden ir más por sus vinculaciones con las asociaciones judiciales de diferentes tendencias, pero no se pone en duda su prestigio y capacidad.

Las prisas del Ejecutivo están provocando que llegue otro mensaje equivocado a la opinión pública, según fuentes jurídicas. El aforamiento ante el Tribunal Supremo tiene un aspecto positivo: evitar que vayan entrando querellas y demandas por todos los juzgados de España y el asunto se vuelva mediáticamente incontrolable. Sin embargo, recuerdan que la persona aforada pierde la opción de una segunda instancia. Es decir, un ciudadano de a pie puede acudir a los juzgados de instancia, recurrir ante la audiencia provincial y finalmente acabar en el Tribunal Supremo, mientras que los aforados sólo tienen esta última opción.

'Aforado' no es 'impune'

Además, expertos constitucionalistas consultados recuerdan que el aforamiento será para los hechos ocurridos después de la abdicación como Rey. Es decir, no hay ningún género de duda de que durante las cuatro décadas de Reinado todo lo que hizo fue refrendado. El monarca era inviolable y eso no puede cambiar, no se le puede hacer responsable de nada de lo que hizo durante todo ese tiempo.

Precisamente, aunque no ostente a partir de ahora ningún cargo, el Ejecutivo entiende que hay salvaguardar la dignidad de la persona que ha sido el Jefe del Estado.

Para algunos expertos en la Carta Magna hay serias dudas de la constitucionalidad de esta medida porque sólo se le está protegiendo “por ser vos quien sois” y se altera el derecho fundamental al juez predeterminado por ley para aquellos ciudadanos que quieran actuar contra él.

Otros juristas, sin embargo, entienden que el legislador tiene la capacidad de aforar a cualquier persona siempre que lo justifique convenientemente, como es el caso, y otros señalan que se trata de una excepción, pero contemplada en la Carta magna. La Corona es una excepción al igual que en su día, por ejemplo, se aprobó la existencia de la Audiencia Nacional, un tribunal excepcional creado en su momento para luchar contra el terrorismo.

El Gobierno quiere aprobar lo antes posible el pleno aforamiento de Juan Carlos I. Este jueves lo sacó adelante en el Congreso de los Diputados y ya está camino del Senado. Lo ha ‘colado’ como una enmienda en una ley que estaba ya en tramitación parlamentaria. El mensaje que ha lanzado el Ejecutivo es que no quiere esperar ni un minuto para que el Rey abdicado esté aforado tanto en la vía penal como civil. Estas prisas tienen un principal perjudicado: el Tribunal Supremo.

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