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Estrasburgo será inflexible: Interior se prepara para el final de la 'doctrina Parot'
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LAS VÍCTIMAS RECOGEN FIRMAS EN CONTRA

Estrasburgo será inflexible: Interior se prepara para el final de la 'doctrina Parot'

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo tiene en vilo al Gobierno. La Gran Sala aún se pronunciará sobre el recurso de España

Foto: El colectivo de familiares de presos de ETA Etxerat. (EFE)
El colectivo de familiares de presos de ETA Etxerat. (EFE)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo tiene en vilo al Gobierno. La Gran Sala aún no se ha pronunciado sobre el recurso que planteó España a una decisión previa del mismo órgano contra la doctrina Parot. La vista del recurso se celebró el pasado mes de marzo y el Ejecutivo quedó satisfecho, pero el Ministerio del Interior se prepara para la derogación definitiva de la norma, un escenario que provocaría la excarcelación automática de al menos 77 terroristas, violadores y asesinos en serie que siguen en prisión gracias a esta doctrina del Tribunal Supremo.

Fuentes del Gobierno afirman que el pronunciamiento de la Gran Sala de Estrasburgo se conocerá previsiblemente a principios del próximo mes de septiembre, pero no se maneja ningún dato sobre el resultado del dictamen. La percepción generalizada es pesimista por el escaso éxito que tradicionalmente tienen las apelaciones ante la Gran Sala y también por el momento en el que se está produciendo la deliberación de los magistrados. El Ejecutivo teme que, en pleno alto el fuego de ETA, sus jueces interpreten que la derogación de la doctrina Parot sería positiva porque contribuiría a acercar las posturas del Gobierno y la banda terrorista, consolidando así el final de la violencia.

Por ello, los abogados del Estado se esforzaron en desmontar esa lectura recordando en la vista que la derogación tendría consecuencias dramáticas que excederían la esfera del terrorismo. Con la anulación, no sólo saldrían de golpe a la calle miembros históricos de ETA, sino también violadores y asesinos en serie que siguen en la cárcel por la aplicación de la interpretación del Supremo.

Campaña de la AVT contra la derogación

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), uno de los colectivos que más se ha movilizado contra la anulación del alargamiento de las penas, tampoco es optimista. Su presidenta, Ángeles Pedraza, coincide en “que la exposición de los abogados del Estado en Estrasburgo fue espléndida”, pero tiene poca confianza en un fallo favorable. “Lo contrario sería fatídico para todos los españoles, no sólo para las víctimas del terrorismo. Se crearía una gran alarma social porque quedarían en libertad delincuentes muy peligrosos”, opina Pedraza. La AVT ha recogido ya 30.000 firmas a favor de la doctrina y lanzará una nueva campaña para defenderla cuando concluya agosto. Otras asociaciones de víctimas también se han pronunciado en contra de su posible derogación.

Jorge Fernández Díaz y Ángeles Pedraza. (EFE)La doctrina Parot se aplica en España desde 2006, a raíz de una resolución del Supremo avalada luego por el Tribunal Constitucional. Decreta la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre el cómputo total de la pena, no sobre el tiempo máximo que los condenados pueden estar en prisión. La consecuencia es que los reclusos con delitos especialmente atroces difícilmente pueden salir de prisión antes de llegar al límite que una persona puede estar entre rejas en España, 30 años para los condenados antes de 2003 (desde ese año, la condena efectiva máxima para los terroristas está fijada en 40 años).

En el mes de marzo, cuando se produjo la vista de apelación, había en toda España 77 reclusos que seguían en la cárcel gracias a la doctrina Parot. Pero esa cifra ha crecido desde entonces, según fuentes de la Secretaría de Estado de Seguridad. Entre los que quedarían en libertad se encuentran los etarras Inés del Río Prada (24 asesinatos), Domingo Troitiño (25) y José Antonio Ruiz alias Kubati (21), el miembro de los Grapo Guillermo Vázquez Bautista (6) y los violadores Pedro Luis Gallego Fernández (dos asesinatos y 18 violaciones), Juan Manuel Valentín Tejero (violador y asesino de la niña de nueve años Olga Sangrador) y Pablo Manuel García Ribado (82 violaciones). La lista la completan otros criminales con un historial parecido.

El origen del proceso

El proceso arrancó con un recurso de la etarra Inés del Río, que ingresó en prisión en 1989 con una sentencia de 3.200 años de cárcel pero que en 2008 estuvo a punto de salir a la calle gracias a beneficios penitenciarios. Lo evitó la doctrina Parot. Sin embargo, su defensa recurrió su caso y, por tanto, la doctrina al completo ante Estrasburgo. En julio de 2012, el TEDH le dio la razón resolviendo que la interpretación del Supremo no se ajusta al Convenio Europeo de Derechos Humanos.

En concreto, los siete magistrados de la sección del TEDH que dirimieron la denuncia dictaminaron que España contravenía el artículo 7 del Convenio, que estipula que “nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida”.

España recurrió ese primer dictamen ante la Gran Sala. El Gobierno consideró un éxito el mero hecho de que el recurso fuera aceptado, y también quedó satisfecho con el desarrollo de esa vista, pero la estadística perfila un final negativo. El resultado se conocerá en septiembre.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo tiene en vilo al Gobierno. La Gran Sala aún no se ha pronunciado sobre el recurso que planteó España a una decisión previa del mismo órgano contra la doctrina Parot. La vista del recurso se celebró el pasado mes de marzo y el Ejecutivo quedó satisfecho, pero el Ministerio del Interior se prepara para la derogación definitiva de la norma, un escenario que provocaría la excarcelación automática de al menos 77 terroristas, violadores y asesinos en serie que siguen en prisión gracias a esta doctrina del Tribunal Supremo.

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