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La anterior cúpula de la SGAE encargó informes a Método 3 para defender a Ramoncín
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Y OTROS PARA EXIGIR DERECHOS DE AUTOR

La anterior cúpula de la SGAE encargó informes a Método 3 para defender a Ramoncín

La anterior cúpula de la Sociedad General de Autores Españoles (SGAE) era una clienta asidua de la agencia de detectives Método 3. Esta agencia realizó muchos

Foto: La anterior cúpula de la SGAE encargó informes a Método 3 para defender a Ramoncín
La anterior cúpula de la SGAE encargó informes a Método 3 para defender a Ramoncín

La anterior cúpula de la Sociedad General de Autores Españoles (SGAE) era una clienta asidua de la agencia de detectives Método 3. Esta agencia realizó muchos de los informes en que luego se apoyaba la institución para exigir derechos de autor. Pero algunos de los informes realizados eran tan a medida que incluso los peritos judiciales los desmontaban. Así consta, por ejemplo, en uno de los informes realizados por el perito Rubén Díez, el 4 de enero del 2011, que afirma que los datos proporcionados por Método 3 son falsos.

Un auto de un juzgado de León fechado el pasado 6 de noviembre exoneraba, así, a tres jóvenes que habían sido denunciados por la SGAE por haber creado páginas web a través de las que se accedía a enlaces para poder realizar descargas gratis. Es el conocido caso Cuádruple (así se llamaba la empresa). Según la agencia de detectives, a través de su portal podían descargarse obras sujetas a derechos de autor, pero los peritos informáticos desmontaron sus argumentos. Y es que los informes elaborados por los detectives confundían, en muchas ocasiones, términos o conceptos.

No fue el único trabajo realizado para la devoradora SGAE. Las investigaciones realizadas por Método 3 para esta institución fueron muchas a lo largo de la última década. Algunos de los dosieres están en poder de El Confidencial. Según fuentes solventes consultadas por este diario, el propietario de la agencia de detectives, Francisco Horacio Marco, (detenido el pasado lunes y dejado en libertad ayer con cargos por, presuntamente, haber ordenado la grabación subrepticia de una comida entre la presidenta del PP catalán, Alicia Sánchez-Camacho, y María Victoria Álvarez, exnovia de Jordi Pujol Ferrusola), era amigo de Pedro Farré, mano derecha de Teddy Bautista y jefe de gabinete de este, por lo que le encargaban informes frecuentemente.

Uno de los casos más sonados en los que trabajó Método 3 fue en la campaña de la SGAE para defender a José Ramón Julio Márquez, más conocido como Ramoncín, de los ataques que recibía en Internet. La agencia fue contratada para desmontar el portal alasbarricadas.org, que mantenía una particular batalla con el cantante. “Encontramos un mensaje en el cual se le descalifica y se le insulta llamándole pedante, creído, vendido, tocapelotas/ovarios, farandulero, feo pasado por los quirófanos, mal cantante, mal artista, mal presentador de programas de televisión, chupacámaras”, dice el texto de este informe.

Y advierte que “aparecen hasta 27 mensajes más en los que se le sigue insultando y descalificando llamándole hipócrita, payaso, escoria, caradura y napia postiza, entre otras cosas”. Los detectives identificaron al creador de la página web, quien finalmente fue condenado a retirar los insultos, a publicar la sentencia y a indemnizar a Ramoncín con 6.000 euros, a pesar de que el mismo fiscal solicitaba la desestimación de la demanda. En marzo del 2011, el Supremo confirmó la anterior sentencia.

Confusiones de libro

En esa misma fecha, otro tribunal sentenciaba sobre otro litigio de la SGAE: la web elrincondejesus.com. A finales del 2007, Método 3 también había realizado un informe sobre esta página ”sospechosa de proveer enlaces musicales”. Decía el informe de la agencia que la página contenía “729 links de descarga ilegal” de música y proveía “de forma ilícita 3.657 links de material registrado”. En el texto, identifican al creador de la página, el número de IP y otras webs que también están alojadas en el mismo sitio, así como datos del restaurante Cal Jesús, propiedad del administrador de la web. Por esta identificación, Método 3 cobró 1.546,28 euros. Lo cierto, sin embargo, es que los técnicos de la agencia confundían los cliks con las descargas. Además, lo que hacía el administrador era aprobar enlaces a otras páginas desde donde se descargaba, por lo que no publicaba contenidos, sino vínculos

Un contrainforme realizado a mediados de 2009 por el perito informático e ingeniero superior de Telecomunicaciones Carlos García Cuartango desmentía más tarde algunas de las aseveraciones de Método 3. ”El sitio web no almacena contenidos audiovisuales. Siempre dispone de enlaces a contenidos almacenados exteriormente al propio servidor”. Tras detalladas explicaciones técnicas y conceptuales, el contrainforme resume que el sitio web investigado “no es el alojador de los contenidos musicales, sino tan sólo el alojador de enlaces a la red P2P y al programa eMule, cuyos usuarios particulares son los que ofrecen las descargas. Si se procediera al cierre del sitio web, tan sólo se estarían eliminando de Internet una serie de enlaces; en cuanto a los contenidos, estos seguirían estando disponibles, ya que están almacenados en los ordenadores que componen la red P2P”.

Dos años más tarde de su primer informe, es decir, a finales del 2009, Método 3 hacía una ampliación del texto inicial y obviaba las indicaciones del perito informático. Detallaba en este nuevo texto que, desde julio de 2005 a diciembre del 2009, se descargaron a través de esta página más de 1,6 millones de álbumes musicales, 3.101 obras ”descargadas directamente” y 610.250 visitas a álbumes a través de eMule. Método 3 acusa al webmaster, Jesús Guerra, de favorecer “el uso de las redes P2P facilitándose incluso su descarga. En especial, favorece el uso del eMule dando pequeñas pautas de uso y recomendando su uso, narrando las mejoras diarias de este programa”. Y subraya que es el administrador de este portal “el que en última instancia puede decidir si quiere o no que determinada descarga esté al fácil alcance de millones de usuarios dentro de su web”.

Sentencias contradictorias

Un juzgado mercantil desestimó la demanda en primera instancia, pero la Audiencia de Barcelona, a partir del informe de Método 3, condenó al webmaster a pagar 3.587,68 euros a la SGAE porque consideraba que desde elrincondejesus.com podían realizarse descargas directas de música. Curiosamente, la indemnización a la entidad de autores es sólo de 2.041,40 euros, mientras que los 1.546,28 restantes son para compensar “los gastos ocasionados para investigar la infracción”. Esta sentencia está todavía en ejecución.

Los mismos magistrados de la Audiencia dictaron una sentencia, en julio de 2011, de signo completamente opuesto en otro pleito que había abierto la SGAE contra la página índice-web.com, de contenido similar a la anterior. Método 3 también había realizado un informe y emitido una factura por 1.546,28 euros que la entidad reclamaba en su demanda, además de la indemnización que fijase el juez. En este caso, el juez de primera instancia también admitió un contrainforme a García Cuartango y su sentencia era muy clara: “Sin dejar de reconocer la valía de ambos informes, este juzgador debe dar mayor credibilidad al aportado por la demandada [es decir, el del perito informático] y ello no sólo por la titulación profesional de los firmantes de cada dictamen, sino también, y sobre todo, por la mayor coherencia de sus conclusiones y observaciones”.

La anterior cúpula de la Sociedad General de Autores Españoles (SGAE) era una clienta asidua de la agencia de detectives Método 3. Esta agencia realizó muchos de los informes en que luego se apoyaba la institución para exigir derechos de autor. Pero algunos de los informes realizados eran tan a medida que incluso los peritos judiciales los desmontaban. Así consta, por ejemplo, en uno de los informes realizados por el perito Rubén Díez, el 4 de enero del 2011, que afirma que los datos proporcionados por Método 3 son falsos.

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