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PESAR SIN SORPRESA ENTRE LOS COMPAÑEROS DE GARZÓN

La judicatura destaca la unanimidad y la solidez del fallo

La judicatura destaca la unanimidad y la solidez del fallo

El juez Baltasar Garzón (i) en el banquillo del Tribunal Supremo (Efe).

C. Guindal 10/02/2012   (06:00h)

Baltasar Garzón no volverá a la Audiencia Nacional. Es cierto que ha sido un juez con sus luces y sombras. Endiosado tras algunas de sus investigaciones, defenestrado en la etapa final de su carrera, entre sus compañeros no hubo mucha sorpresa tras conocer la sentencia. Sin embargo, sí hubo pesar porque después de todo Garzón fue compañero durante dos décadas.

El aún magistrado no podrá pedir el reingreso en la carrera judicial hasta dentro de 11, años, cuando ya tenga 67. Veinte años como titular del Juzgado Central de Instrucción número 5, donde ya no regresará. Llevaba dos años suspendido de manera cautelar tras su imputación formal por el Tribunal Supremo pero durante este tiempo siempre quedó una gota de esperanza, que se ha esfumado.

El 9 de febrero es la fecha que el Alto Tribunal le ha considerado responsable de un delito de prevaricación y le ha expulsado de la carrera judicial. En la Audiencia, pesar sin sorpresa. No había alegría ni asombro. Parecía que se sospechaba lo que iba a ocurrir. “Era lo previsible”, dicen algunos; “no deja de ser un compañero”, dicen otros.

Tras conocer la sentencia, se vuelve a abrir del debate sobre la interpretación del artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que le ha llevado a la inhabilitación. Muchos recuerdan que la ley es clara y sólo se puede grabar conversaciones entre imputados y abogados desde la cárcel cuando se trata de delitos de terrorismo. Garzón se extralimitó y debe pagar por ello. Otros opinan que la pena podría haber sido inferior, si se le hubiese aplicado la prevaricación imprudente.

En uno u otro órgano judicial, parece que la sentencia no ha causado sorpresa. En el Consejo General del Poder Judicial sostienen que el fallo ha sorprendido a muy pocos. Era un juicio muy técnico, dicen fuentes del órgano de los jueces, y no se puede olvidar que la decisión ha sido acordada por unanimidad de los siete magistrados que le juzgaron. Ante esta votación, es difícil para la mayoría oponerse a la sentencia. El presidente de la Sala Penal de la Audiencia Nacional y candidato a presidir el tribunal, Javier Gómez Bermúdez, fue ayer muy claro: "Creo en la Justicia y creo en el Tribunal Supremo. Un juez que no cree en la justicia mejor que se vaya a otro sitio".

Ni siquiera desde las asociaciones de jueces ponen en duda la imparcialidad y legitimidad de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Se vuelve a hablar de la solidez jurídica del caso.

El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Pablo Llarena, ha afirmado que la sentencia "era esperada porque el auto tenía una alta solidez jurídica. Existían indicios que apuntaban a la responsabilidad penal de Garzón yahora se ha corroborado la sospecha". En declaraciones a Ep, ha añadido que Garzón "es reconocido por los servicios prestados al país y para la judicatura resulta duro que un miembro suyo tenga que ser condenado por un ilícito penal". No obstante, esta resolución "pone en evidencia que España es un Estado de Derecho en el que se protege a los ciudadanos y en el que el Tribunal Supremo enjuicia con equidistancia y neutralidad, aunque el enjuiciado sea un destacado miembro de la judicatura cuya carrera acabará marcada por un saldo negativo que es haber sido sancionado por dictar una resolución injusta a sabiendas de esta injusticia".

Para el presidente de la Asociación de Fiscales, Francisco Jiménez Villarejo, la sentencia produce "una profunda pena", pero es "muy exhaustiva y completa y recoge una condena proporcionada". Jiménez Villarejo ha defendido que se trata de una "buena" resolución que clarifica en buena medida las cuestiones que rodean el derecho de defensa y la posibilidad de utilizar "medidas o diligencias de investigación indiscriminadamente". "Es muy clarificadora por el contenido, muestra una contundencia absoluta y va a ser un referente: un tribunal altamente cualificado ha entendido que la conducta de Garzón fue deliberada y consciente. La condena es ajustada", ha remachado. "Entendemos la sentencia pero no deja de producirnos pena y decepción que un juez tan relevante como lo era Garzón sea condenado", ha concluido.

Ahora, todos los ojos están puestos en la sentencia sobre la investigación de los crímenes de la guerra Civil y el franquismo. Una vez que se conozca el fallo de este segundo asunto, el Tribunal Supremo deberá inhibirse del tercer caso, el de los cobros de Nueva York, porque Baltasar Garzón ya no es miembro de la carrera judicial.

 

OPINIONES DE LOS LECTORES, 8 COMENTARIOS

8 .- Lo que ha quedado claro que en esta vida NO TODO vale. El fín no justifica los medios.

caballo blanco

10/02/2012, 18:26 h.

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7 .- Felicitemos a los ganadores: La trama Gurtel....y los que trabajaban con ellos.

ibn gabirol

10/02/2012, 12:30 h.

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6 .- Yo pienso que el Sr. Garzon en vez de recurrir la sentencia, si tanto le importa la justicia lo que deberia hacer es contarnos a los ciudadanos con quien acordo encarcelar a unas personas cercanas al PP. y a partir de ahi grabarles las conversaciones haber si se sacaba algo , pues no esta bien que el este condenedo y otros se vayan de rositas.

granjero

10/02/2012, 10:13 h.

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5 .- #1

ya le han contestado... pero lo intentaré de un modo al estilo "andar por casa".

lo que dice es -por ser respetuoso- una tontería como la copa de un pino.

el TS, en su sentencia, establece unos hechos probados, y a través de un razonamiento jurídico, extrae una consecuencia [silogismo premisa-consecuencia].

y esos hechos que se consideran probados, la escucha de las convesaciones abogado-cliente en la forma en que se realizó -prescindiendo de toda forma y de las mínimas garantías, que deben extremarse en un supuesto como este- supone una vulneración de derechos fundamentales, como lo es el derecho a la defensa, en los términos en que esta se concibe en sistemas democráticos [y que se constata en la profusa cita de jurisprudencia del TEDH y del TC que contiene la sentencia].

LA VULNERACION DE ESE DERECHO DE DEFENSA, Y POR ENDE LA FALTA DE RESPETO A ESAS GARANTÍAS LEGALMENTE ESTABLECIDAS, ES LO QUE ES PROPIO DE REGÍMENES TOTALITARIOS.

Mackie Messer

10/02/2012, 09:42 h.

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4 .-

ARENERO

10/02/2012, 09:21 h.

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