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Dos pasajeros tratan de informarse en la oficina de Spanair en el aeropuerto de Loiu (Vizcaya).
Ana I. Gracia
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31/01/2012
(06:00h)
No han provocado la crisis de Spanair, pero son los clientes los primeros que han pagado las consecuencias de su quiebra. Los viajeros, que fueron los últimos en enterarse de la situación que atravesaba la compañía aérea, pagaron su billete por adelantado hasta pocas horas antes del anuncio de fin de actividad, quedándose sin viaje y sin dinero. La Delegación del Gobierno en Cataluña contabilizó ayer casi 1.500 reclamaciones. Unos 12.000 pasajeros de Spanair fueron reubicados en toda la red de Aena, pero el concurso de acreedores anunciado por Spanair ralentiza cualquier reclamación anunciada por esta vía. ¿Cómo se actúa ante una situación similar?
La Asociación Catalana de Agencias de Viajes (Acav) pidió a Spanair que cumpla sus obligaciones con las propias agencias y con los pasajeros pese a su cierre, que considera una “muy mala noticia” para Cataluña. En estos momentos, la Acav está evaluando las pérdidas por este cierre junto con la Confederación Española de Agencias de Viajes y Touroperadores (Ceavyt), a la que es asociada. Ambas recuerdan a los usuarios afectados que la aerolínea está obligada legalmente a atenderlos, garantizando su asistencia, el reembolso del billete o transporte alternativo, la información y la compensación económica si corresponde.
Para los viajeros que hayan comprado el billete a través de una agencia, el reembolso depende de la fecha de la compra. Los billetes sueltos novelados y emitidos entre el 1 y el 2 de enero, que no se habían hecho efectivos a Spanair, no podrán ser reembolsados hasta recibir las instrucciones precisas de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA). En el caso de los billetes que ya se hubieran liquidado a la compañía, Spanair debe reembolsarlos al haber recibido ya su importe.
En cuanto a los viajes combinados no iniciados, el cliente tiene derecho al reembolso íntegro o a otro viaje combinado de calidad equivalente o superior, “siempre que el organizador pueda proponérselo”. Para la Acav, en este caso “no procede el pago de la indemnización, pues la cancelación del viaje obedece a un supuesto de fuerza mayor para la agencia”. Si un pasajero ya ha empezado un viaje combinado y tiene que volver, puede pedir a las agencias que le informen, asesoren y gestionen reservas de servicios turísticos, pero la “agencia no tiene que asumir el coste de estos servicios al tratarse de un supuesto de fuerza mayor”.
Para recuperar el billete de los vuelos cancelados, la OCU advierte de que se usen los cauces indicados por la compañía. Por ahora, Spanair parece tener voluntad para devolver estos importes. En teoría, el consumidor también tiene derecho a las compensaciones legalmente establecidas en caso de cancelación de vuelos, aunque tras el concurso de acreedores presentado por la aerolínea, es difícil que se lleguen a cobrar. Con un concurso de acreedores en marcha, estas cuestiones tardan mucho tiempo en dirimirse. Ante una empresa quebrada, los clientes tienen todas las de perder.
Fianzas para recuperar su dinero
Para Facua, es imprescindible un cambio legal que obligue a las compañías aéreas y otras empresas de servicios a depositar fianzas para que los usuarios puedan recuperar su dinero y cobrar sus correspondientes indemnizaciones en caso de quiebra. Rubén Sánchez, su portavoz, ha denunciado la desprotección de los usuarios ante este tipo de situaciones. En el caso concreto de Spanair, ha denunciado que la aerolínea ha cometido “un fraude” porque no solo vendió billetes hasta antes de anunciar el cese de su actividad, sino que ha “maltratado” a los pasajeros “no dándoles agua, comida, alojamiento y sin recibir información alguna de la empresa”, incumpliendo el Reglamento europeo.
Ante esta situación, Facua espera que el Gobierno “emprenda acciones no solo contra la compañía, sino también contra sus máximos responsables para depurar responsabilidades a los niveles que sea necesario”.
Si el procedimiento concursal determina que Spanair no cuenta con bienes suficientes para pagar a sus acreedores privilegiados, el Ministerio de Fomento podría no cobrar la multa de nueve millones de euros que anunció que le pondría. Asimismo, la Ley Concursal que coloca a los usuarios “a la cola de los acreedores” impide “en muchos casos que puedan recuperar la totalidad de su dinero, e incluso ni una mínima parte”.
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OPINIONES DE LOS LECTORES,
3 COMENTARIOS
3 .- #1
Por fin el administrador concursal ha habilitado el formulario para comunicar el crédito [ los billetes pagados, los vuelos de sustitución u otro prejucios]. Ayer no funcionaba correctamente el formulario pero hoy ya sí. El problema viene ahora en la modificación del crédito pues al rellenar el número de billete vuelve a dar error.
Más información en el grupo del facebook "Afectados cierre Spanair"
2 .-
Fui un pasajero perjudicado por el cierre de Air Madrid, perteneciente al Sr. Carrillo, catalán y constuctor, por cierto.
La última noticia que tengo de mi perjuicio de 3.770€ de varios pasajes comprados con antelación para Fortaleza, Brasil en el año 2006 fue un ACTA COMPARECENCIA de 19 de Junio de 2007 del juzgado de lo Mercantilnº 5 de Madrid, procedimiento Concurso voluntario nº 411/06 donde me adhiero- como miles de otros perjudicados- a la propuesta anticipada de convenio presentada por la deudora [Air Madrid].
Sigo esperando.
3 meses se necesitan para preparar decentemente un E.R.E para 2070 trabajadores. Aquí hay gato encerrado.
Esto no es una vileza nick Kustov.
Quedo a la orden de Vd
1 .- Ya sé que si me pasara a mí me quejaría igual pero ¿realmente creen que es comparable perder 100 o 200 euros de un pasaje que los 4.000 que han perdido su empleo y su sustento? Yo creo que no y ponerlo a la misma altura me parece una vileza.
http://menudoscabrones.blogspot.com/