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La reforma laboral inicia la reconversión del sector público con el cierre de 500 empresas
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LAS AYUNTAMIENTOS HAN RECURRIDO A EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO

La reforma laboral inicia la reconversión del sector público con el cierre de 500 empresas

La reconversión del sector público está aquí. El pistoletazo de salida lo ha dado la reforma laboral publicada este sábado en el BOE, en la que,

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La reforma laboral inicia la reconversión del sector público con el cierre de 500 empresas

La reconversión del sector público está aquí. El pistoletazo de salida lo ha dado la reforma laboral publicada este sábado en el BOE, en la que, por primera vez, se habilita a las distintas administraciones públicas a presentar expedientes de regulación de empleo.

Ciertos ayuntamientos ya habían utilizado este instrumento de ajuste de las plantillas, pero no había unanimidad en los tribunales sobre la legalidad de la medida. Algunos jueces entendían que no había obstáculos legales para aprobar EREs; pero otros, por el contrario, rechazaron esta posibilidad con el argumento de que una administración no puede entrar en pérdidas, toda vez que no es posible objetivar sus resultados económicos al prestar servicios sociales para la comunidad. La nueva reforma laboral zanja esta polémica y dice que las administraciones públicas pueden presentar expedientes de regulación de empleo, incluida la extinción del contrato.

La norma, en todo caso, se refiere al personal laboral, cuyas condiciones de trabajo las regula el Estatuto de los Trabajadores. En ningún caso, se aplicará al personal funcionario o estatutario, cuyo puesto de trabajo está asegurado. Ni tampoco a los entes administrativos. Lo que hace el Real Decreto Ley es introducir un nuevo párrafo al artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores en el que se aclara que las administraciones públicas están a salvo de los EREs, "salvo aquellas que se financien mayoritariamente con ingresos obtenidos como contrapartida de operaciones realizadas en el mercado». Es decir, las empresas públicas. Esto supone que una vez aprobada la reforma laboral el sector público tiene las manos libres para iniciar su reconversión, paralizada por ausencia de marco legal.

Hace unos meses, por ejemplo, un juzgado de Teruel denegó la autorización para que el ayuntamiento de Escucha pudiera hacer un ERE. La sentencia afirmaba que la causa última del expediente de regulación de empleo “no puede darse en una entidad pública territorial, sino en entidades privadas que persiguen la obtención de lucro”. En su opinión, “tal finalidad es incompatible con la actuación de una entidad local que persigue la consecución del interés general mediante la prestación de los servicios públicos”. Y en esta línea, añadía que los expedientes de regulación de empleo “constituyen una posibilidad que el ordenamiento confiere al empresario para solventar una situación problemática, crítica y coyuntural, sin que la Administración pública esté expuesta a los mismos riesgos que las empresas”. Todos estos argumentos son los que desarma ahora la nueva reforma laboral.

El ánimo de lucro

La reconversión del sector público está aquí. El pistoletazo de salida lo ha dado la reforma laboral publicada este sábado en el BOE, en la que, por primera vez, se habilita a las distintas administraciones públicas a presentar expedientes de regulación de empleo.