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PUEDE RECURRIR EN AMPARO AL CONSTITUCIONAL

El Supremo no admite el recurso de Sortu para poder presentarse a las elecciones

El Supremo no admite el recurso de Sortu para poder presentarse a las elecciones

Imagen del auto en el que se plasma las conclusiones de la Sala del 61 del TS (EFE).

Efe 14/04/2011   (19:27h)

La Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) ha acordado por unanimidad inadmitir el incidente de nulidad presentado por Sortu contra el auto que prohibió su inscripción en el registro de partidos políticos, por lo que ahora podrá recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional (TC). Así lo han informado fuentes del Alto Tribunal al término de la reunión que durante unas dos horas mantuvieron los 16 magistrados de la Sala Especial para estudiar la petición de la formación abertzale.

Una vez rechazado el incidente de nulidad, y a la espera de que este viernes sea notificada la providencia que eha adelantado el Alto Tribunal, Sortu tiene la posibilidad de recurrir en amparo al TC la decisión del Supremo, para lo que dispone de un plazo de 30 días.

No obstante, a la vista de que el próximo lunes 18 finaliza el plazo de presentación de candidaturas a las próximas elecciones del 22 de mayo, parece difícil que el Constitucional pueda resolver el recurso de amparo de Sortu y, por tanto, que esta formación pueda concurrir a los comicios locales y autonómicos.

Vía de financiación para ETA

La nueva marca abertzale presentó el incidente de nulidad el pasado día 7 al considerar que el auto en el que la Sala Especial acordó prohibir su inscripción en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior, vulneraba, entre otros, el derecho a la libre creación de partidos políticos.

Las mismas fuentes han explicado que los 16 magistrados de la Sala del 61 han considerado que las cuestiones planteadas por Sortu en ese incidente de nulidad ya fueron resueltas en el auto que prohibía su inscripción.

El fallo de ese auto se acordó el pasado 23 de marzo y el 1 de abril se notificó a las partes junto con el voto particular discrepante firmado por siete de los dieciséis magistrados que la integran.

El TS estimó así las demandas de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado contra Sortu ante el riesgo de que devenga una vía de financiación para ETA y su actividad terrorista, pese a que una minoría de la Sala consideró que sólo se puede juzgar al partido por sus conductas futuras y que no cabe su ilegalización preventiva.

Uno de los firmantes del citado voto particular fue el magistrado de la sala de lo civil Rafael Gimeno-Bayón, cuyo nombramiento fue anulado este martes por el pleno de la sala de lo contencioso-administrativo del TS por no reunir los requisitos para acceder a este cargo, aunque esa anulación aún no ha sido plasmada en sentencia y, por tanto, no ha afectado a la composición de la Sala del 61.

 

OPINIONES DE LOS LECTORES, 4 COMENTARIOS

4 .- Bueno pues que recurran, si les admiten el recurso, despues tienen que resolver y tardan lo suyo...

hormiga

14/04/2011, 22:12 h.

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3 .- LOS 100.000 ASESINOS, COLABORADORES Y BORREGOS QUE FORMAN ETA

ETA es un conjunto de círculos en los que los integrantes se apuntan según sus niveles de compromiso, ganas de fastidiarse la vida por la causa, o la simple inutilidad para hacer otra cosa, porque son los más inútiles y fanáticos de cada barrio, pueblo y ciudad del País vasco y hasta el más fracasado de ellos encuentra acogida y reconocimiento en un entramado que le permite ser algo.

En el centro de ese conjunto está la cúpula, escondida en Francia. Alrededor, los comandos de asesinos. En torno, una red de colaboradores, matones y soplones. Y alrededor lo que llaman la izquierda abertzale, que nutre sus listas electorales y se presenta ahora como Sortu o Bildu. Junto a ellos una red de publicistas, propagandistas, abogados, Segi, Ekin, Gestoras, etc.

Alrededor de esa infraestructura de apoyo, están los borregos que van a las manifestaciones y por último en el sector más exterior, las 100.000 personas que votan lo que ordene ETA, porque les trae sin cuidado el asesinato de personas inocentes. Toda esa gentuza es ETA y la obligación de la Justicia es encarcelar a los que asuman las mayores y más graves responsabilidades de ese entramado criminal.

SPEN

14/04/2011, 21:17 h.

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2 .- yo de jurisprudencia no se pero reconozco los desastres de algunos jueces y fiscales, lo de ayer fue de juzgado de guardia, no se puede jugar con las victimas de los asesinos etarras, no se puede burlar el dolor q dejan estos pistoleros en muchísimas familias españolas y dar libertad a aquellos q un día se levantaron y decidieron q debían matar a todo aquel q se pusiera por delante. Me parece bien q no hayan admitido el recurso de esta cuadrilla, esperemos q toda la judicatura por el bien de la democracia española por una vez y para siempre, sean coherentes a la hora de defender la libertad en esta nación llamada ESPAÑA

tentol

14/04/2011, 20:49 h.

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1 .- Estoy totalmente de acuerdo con lo que habéis hecho. ¡¡Chapeau!! Pero también tenéis que perdonar a quien, no sabiendo de nada, opinamos de todo sin insultar, Un beso a todos los que estáis ahi trabajando. Gracias a todos

scorpio

14/04/2011, 20:13 h.

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