OTRAS NOTICIAS
Mas anunciará hoy una nueva oleada de recortes para reducir el déficit
El desalojo de los 'indignados' de la Puerta del Sol se salda con tres heridos y diez detenidos
El exalcalde detenido de Casares esperaba la llamada para un alto cargo en la Junta
El PP precipita el relevo de RTVE para este mes y sin esperar más a Rubalcaba
Rubalcaba y la cúpula del PSOE ignoran hoy al 15-M tras no sacarle rédito electoral
EP 21/07/2011 (19:02h)
Asimismo, señala que, en sus desplazamientos fuera del territorio de la Comunidad Valenciana, los ex presidentes podrán gozar del apoyo de los servicios que la Generalitat tenga establecidos, como las oficinas del Consell en Madrid y Bruselas, y "de aquellos otros de similar naturaleza que existan o que en el futuro pudieran establecerse".
El Estatuto de los ex Presidentes de la Generalitat, de aplicación a Francisco Camps, también indica que el Consell pondrá a disposición de los ex presidentes dos puestos de trabajo con funciones de asesoramiento y una plaza de conductor, que serán cubiertos a propuesta del ex presidente y que dependerán orgánicamente de la Presidencia de la Generalitat.
También pueden disponer de un local adecuado para la instalación de una oficina de apoyo, de la dotación presupuestaria para su funcionamiento ordinario y de un automóvil del parque móvil de la Generalitat. Además, el Consell debe adoptar las actuaciones precisas para "preservar la seguridad personal" de los ex presidentes, dotándoles de los servicios de seguridad que se consideren necesarios.
Miembro del CJC
Por otro lado, los presidentes de la Generalitat pueden ostentar, desde el momento en que se produce su cese, la condición de miembros permanentes del Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunidad Valenciana. Dejan de ostentar esta condición en el momento de acceder a cualquier puesto de responsabilidad ejecutiva en cualquier administración pública y cuando concurran los supuestos de incompatibilidad legalmente establecidos.
En cualquier caso, añade el Estatuto de los ex Presidentes, la percepción de las retribuciones correspondientes a la condición de miembro permanente del CJC es incompatible con la de otras retribuciones por el desempeño de cualquier cargo público.
OPINIONES DE LOS LECTORES,
29 COMENTARIOS
29 .- Estos se han pasado de frenada. Estos actos que por lógica deberian ser ilegales como tienen el DOCV en su poder pues las hacen legales.
¡Pero de que tipo de personas estamos rodeados!
Tras dejar el cargo no quedaba como un ciudadano más, ¿Todos los ciudadanos tenemos esas prebendas? y yó sin enterarme.
28 .- Ale, otro más a darse la gran vida hasta que Marian lo llame para ministro...
Pero qué morro tienen. Panda de chupópteros holgazanes dilapida-caudales públicos!!
Y éste era el austero. Y honoreibol.
27 .- la pleitesía al poder y a los cargos en este pais da...asco!
26 .-
Estos no se van tan fácil; la salida de Camps va a ser millonaria, si no al tiempo. Este le habrá contado las cuarenta a rajoy antes de coger la puerta y el otro no habrá tenido más remedio que ceder, lo dicho una dimisión de oro
25 .- #23 Ahora no toca hablar de Rubalcaba. Ahora toca hablar de la corrupcion repugnante e inadmisible descubierta en Valencia. No defienda Vd a quien ha estado a punto de confesarse culpable y que en el ultimo minuto ha cambiado de opinion. Vd pretende callar las voces que denuncian esas conductas. ¿Acaso tiene Vd algo que ver?¿lleva bigotes Vd?