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La Audiencia Nacional afirma que el 'chivatazo' a ETA es "de una gravedad sin precedentes"
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LA SALA SEGUNDA DICE EN UN AUTO QUE FUE OBRA DE POLICÍAS

La Audiencia Nacional afirma que el 'chivatazo' a ETA es "de una gravedad sin precedentes"

El ‘chivatazo’ a ETA es un hecho de “una gravedad sin precedentes en la historia de lucha contra el terrorismo en España”. Así lo define la

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La Audiencia Nacional afirma que el 'chivatazo' a ETA es "de una gravedad sin precedentes"

El ‘chivatazo’ a ETA es un hecho de “una gravedad sin precedentes en la historia de lucha contra el terrorismo en España”. Así lo define la Sala Segunda de la Audiencia Nacional en un auto hecho público ayer, en el que da por descontado que fue obra de funcionarios de Policía que habrían incurrido en “un delito de revelación  de secreto, y a su vez de colaboración con banda armada”. Los magistrados reclaman que se agote la investigación “hasta los extremos que sean necesarios”, y piden al juez Baltasar Garzón que acelere la misma y practique varias diligencias solicitadas por las acusaciones populares que había rechazado.

El ex director general de la Policía, Víctor García Hidalgo, actualmente secretario de Organización de los socialistas alaveses; el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamies, y un inspector de Vitoria son, de momento, los únicos imputados en la causa, que investiga la filtración a ETA que en mayo de 2006 frustró una operación policial contra una red de extorsión de la banda que operaba desde el bar El Faisán de Irún.

El auto de la Sala, del que ha sido ponente el magistrado Enrique López, es demoledor sobre la gravedad de lo ocurrido, recrimina al juez Baltasar Garzón la prolongada instrucción (casi cuatro años) y le pide que o bien archive la causa, como pide le fiscal, o reactive la investigación. De momento, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional tendrá que practicar nuevas diligencias, entre las que destaca la toma de declaración al inspector jefe Carlos G., el funcionario que ha dirigido el equipo judicial que investigó ‘el chivatazo’ y que acusó a los altos cargos del Ministerio del Interior antes citados de ser los autores del mismo. Curiosamente, y pese a la gravedad de los informes elaborados por el citado equipo investigador, Garzón no ha citado en ninguna ocasión al responsable del mismo para que se ratifique en las conclusiones que contienen los mismos.

Tirón de orejas al juez Garzón

También deberá tomar declaración a dos funcionarios de la Brigada de Información de San Sebastián identificados como “señores Unai y Sugoi”, y solicitar a las autoridades francesas toda la documentación relativa al análisis del tráfico de las llamadas realizadas desde una cabina telefónica entre Joseba Elosúa, propietario de El Faisán, y José Antonio Cau Aldanur, su enlace en Francia y encargado de recoger las extorsiones que el primero cobraba. Igualmente deberá reclamar las observaciones telefónicas sobre los teléfonos fijo y móvil de éste último. Diligencias que Garzón denegó a las acusaciones sin razonar los motivos “por los que inadmite su tramitación”.

La Sala le recuerda a Garzón que el Tribunal Constitucional hace hincapié en la situación de los posibles implicados, “de tal suerte que su derecho de defensa y la presunción de inocencia determinan la necesidad de no alargar innecesariamente la instrucción, una vez constatada suficientemente la existencia o inexistencia de indicios racionales de criminalidad”. E insiste en que la instrucción tiene por objeto establecer si los hechos que se investigan pueden o no ser constitutivos de delito o no. En este caso “resulta inútil, e incluso improcedente, cualquier medida investigadora (…) que prolongase indebidamente (…) la fase sumarial en perjuicio de los querellados”.

Las teorías del fiscal

Al fiscal le dice la Sala que si descarta la implicación de los imputados porque considera que no hay “claros indicios incriminatorios” contra ellos y apunta en otra dirección, “ésta no ha sido objeto de análisis ni investigación, ni por parte del Ministerio Fiscal, ni por parte de la Policía Judicial, ni por parte del juez instructor; lo cual debiera cuando menos ser tenido en cuenta, al objeto de o bien proseguir una investigación en esa línea, o bien valorar la no necesidad de iniciar esa investigación”.

“Parece que el círculo de posibles autores –dice el auto- está y debe estar dentro del grupo de funcionarios policiales que, por una u otra razón, bien directamente o indirectamente tenían conocimiento de la operación que se iba a realizar el 4 de mayo de 2006. Esto es así puesto que de la conversación de Elosúa con su yerno, grabada sin que éstos supieran que estaban siendo interceptadas sus comunicaciones en el interior vehículo propiedad de aquél, se pone de manifiesto que la conversación y la puesta en conocimiento de la operación que podría producir su detención sólo se podría saber por alguien que estuviese relacionado muy de cerca con la investigación”.

Agotar la investigación

El ‘chivatazo’ a ETA es un hecho de “una gravedad sin precedentes en la historia de lucha contra el terrorismo en España”. Así lo define la Sala Segunda de la Audiencia Nacional en un auto hecho público ayer, en el que da por descontado que fue obra de funcionarios de Policía que habrían incurrido en “un delito de revelación  de secreto, y a su vez de colaboración con banda armada”. Los magistrados reclaman que se agote la investigación “hasta los extremos que sean necesarios”, y piden al juez Baltasar Garzón que acelere la misma y practique varias diligencias solicitadas por las acusaciones populares que había rechazado.

Baltasar Garzón