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La cúpula de Cepyme, absuelta: sus sueldos no eran transparentes pero tampoco delito
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SENTENCIA SOBRE DOS EXVICEPRESIDENTES DE CEOE

La cúpula de Cepyme, absuelta: sus sueldos no eran transparentes pero tampoco delito

La Audiencia de Madrid considera que Jesús Terciado y Jesús Bárcenas, exvicepresidentes de CEOE, no delinquieron pese a que su forma de cobrar "no fue la más adecuada"

Foto: Jesús Terciado, derecha, junto a Juan Rosell, presidente de la CEOE. (EFE)
Jesús Terciado, derecha, junto a Juan Rosell, presidente de la CEOE. (EFE)

El juicio por los sueldos opacos en Cepyme, la patronal de las pymes, en la que se juzgó a Jesús Terciado y Jesús Bárcenas, antiguos vicepresidentes de la CEOE, ha quedado en nada. La sección primera de la Audiencia de Madrid ha absuelto a todos los acusados. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, considera que, aunque la forma que tenían de cobrar sueldos "no se corresponde con la claridad con la que deben decidirse determinadas actuaciones en el seno de organizaciones empresariales", no supone un delito, como consideraba la fiscalía. "En esencia no existe ninguna falsedad de documento concreto, ni tampoco existe una apropiación indebida o administración desleal", concluye.

En noviembre de 2014, Jesús Terciado dimitió como presidente de Cepyme. Había salido a la luz que había cobrado de Cepyme a través de dos empresas, Tecrucyl e Ingasert, 730.487 euros entre 2010 y octubre de 2012, cuando pasó a tener un contrato de alta dirección. La patronal de Salamanca, Confaes, denunció en la fiscalía que oficialmente Terciado no tenía sueldo, a pesar de lo cual cobraba por la puerta de atrás. La fiscalía asumió el caso y acabó pidiendo cuatro años de cárcel para él.

Foto: El presidente de la CEOE, Juan Rosell, junto a Jesús Terciado, en una imagen de archivo. (EFE)

Durante la instrucción se supo que el anterior presidente de las pymes, Jesús Bárcenas, también cobraba aunque de otra manera. Entre 2009 y 2010 percibió 5.500 euros al mes brutos y Cepyme alquilaba un Mercedes de alta gama por 5.365 euros mensuales a Jesús Bárcenas S.L., su propia empresa. Por eso acabó acusado también, y con ellos se sentaron los secretarios generales de Cepyme que durante esos años autorizaron los pagos. En la vista, celebrada hace dos semanas, pasó lo más selecto del panorama asociativo empresarial español.

La sentencia echa por tierra toda la acusación de la fiscalía y de la patronal de Salamanca que ejercía la acusación popular. "El Tribunal ha escuchado a acusados y testigos y cotejado la abundante documentación que existe aportada en la causa, pero existen datos relevantes que determinan que aunque la forma de recepción de los importes por la actividad de presidente de Cepyme no fuera lo más adecuada al seno de una organización empresarial como la antes citada, no es menos cierto que las pruebas practicadas impiden entender cometidos los delitos que son objeto de acusación de falsedad de documento privado".

"No hay constancia en los estatutos de Cepyme de una expresa prohibición de que los presidentes pudieran recibir remuneración", reza la sentencia

La sentencia justifica que aunque los salarios no fuesen públicos todo estaba declarado a Hacienda y no estaban prohibidos. En puntos, va desmontando la acusación del fiscal, que mantuvo un tono dubitativo durante el juicio. "No hay constancia en los estatutos de Cepyme de una expresa prohibición de que los presidentes pudieran recibir remuneración". "No consta irregularidad fiscal alguna en la actuación desarrollada como se desprende de las declaraciones testificales de los representantes de las auditorías". "No ha habido impugnación alguna por ninguno de los miembros de la asamblea general de Cepyme". "No consta en ningún caso que se trate de un cargo honorífico y gratuito". Y, finalmente, que Cepyme, ya con Antonio Garamendi al frente, ha considerado "que no se ha producido un perjuicio para el patrimonio de la organización".

El tribunal resalta en varias ocasiones que no está diciendo que el modo en que cobraban fuese correcto, sino que no es delito. "Hay que destacar que este tribunal cuestiona el 'modus operandi' de la forma de recibir las retribuciones y más en una organización empresarial, pero la reforma del Código Penal que altera el régimen de la apropiación indebida [...] es determinante a los efectos de absolver a los acusados". "Lo procedente era que, o bien la asamblea o bien un órgano colegiado, hubiera ratificado el percibo de la forma y cuantía de la retribución en lugar de aplicar una costumbre en la forma de percibir los honorarios, pero ello no tiene cabida en los tipos penales objeto de acusación y sobre todo en el de administración desleal".

El procedimiento ha puesto sobre la mesa la total dependencia de Cepyme a los dictados de la CEOE

Pone como ejemplo que actualmente el presidente de Cepyme, Antonio Garamendi, se ha puesto un sueldo, pero lo ha hecho modificando los estatutos y elevando el acuerdo a los órganos de gobierno. "Cuestión distinta es la forma en la que se debe documentar esos acuerdos de la forma de retribución que en la actualidad ha modificado el actual presidente que declaró en sala Antonio Garamendi, quien concreta la modificación actual de los estatutos para aclarar la actual transparencia". El salario de Garamendi, uno de los testigos en la vista, es de 120.000 euros.

Otra de las conclusiones de todo el procedimiento es que Cepyme en realidad es un apéndice subordinado a la CEOE, que la organización de defensa de las pymes en realidad depende para todo de la patronal de las grandes empresas. El tribunal considera clave la declaración de Elías Aparicio, ex secretario general de Cepyme y antes directivo de la CEOE para señalar que "queda claro que la dependencia de Cepyme de CEOE era absoluta". Fue la CEOE quien aprobó estas retribuciones. Por todo, el tribunal absuelve a todos los acusados y condena en costas a la patronal salmantina, y eso pese a que fue la fiscalía la que judicializó el caso.

El juicio por los sueldos opacos en Cepyme, la patronal de las pymes, en la que se juzgó a Jesús Terciado y Jesús Bárcenas, antiguos vicepresidentes de la CEOE, ha quedado en nada. La sección primera de la Audiencia de Madrid ha absuelto a todos los acusados. La sentencia, a la que ha tenido acceso El Confidencial, considera que, aunque la forma que tenían de cobrar sueldos "no se corresponde con la claridad con la que deben decidirse determinadas actuaciones en el seno de organizaciones empresariales", no supone un delito, como consideraba la fiscalía. "En esencia no existe ninguna falsedad de documento concreto, ni tampoco existe una apropiación indebida o administración desleal", concluye.

CEOE Cepyme Antonio Garamendi
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