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La Audiencia Nacional desautoriza a los peritos del Banco de España en el caso CAM
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ABSUELVE A LOS ACUSADOS DE COBRAR DIETAS

La Audiencia Nacional desautoriza a los peritos del Banco de España en el caso CAM

Ser perito del BdE no está de moda. Si en el caso Bankia son rebatidos por el propio supervisor, en la sentencia de la CAM la jueza desprecia sus conclusiones para absolver a los acusados

Foto: Manifestación de la Plataforma de afectados por las participaciones de la CAM a las puertas de la sede central en Alicante. (EFE)
Manifestación de la Plataforma de afectados por las participaciones de la CAM a las puertas de la sede central en Alicante. (EFE)

El perito del Banco de España, José María Ruiz, fue tajante en el juicio de los exresponsables de la CAM: la comisión de control de su participada TIP tenía como único objetivo pagar sobresueldos a la cúpula de la caja, es decir, lo mismo que las tarjetas black de Caja Madrid-Bankia, conclusión con la que coincidieron el fiscal y los tres administradores de la entidad nombrados por el FROB hasta su venta al Sabadell.

Sin embargo, Teresa Palacios ningunea por completo estas declaraciones en su sentencia absolutoria (de hecho, ni siquiera cita la declaración de dichos administradores). No hace ninguna referencia a si tenía sentido o no la mera existencia de TIP (holding de participaciones inmobiliarias de la CAM) y que esta filial tuviera a su vez una comisión de control formada por los mismos miembros que los de la comisión homónima de la caja.

La opinión de todos estos expertos, así como del socio de PwC Javier López Andreo, es que no había ninguna necesidad de tener esa comisión. Esta tesis de la falta de actividad fue apoyada sin querer por el propio Juan Ramón Avilés (el otro acusado, expresidente de dicha comisión) en el juicio, cuando dijo que tenían "muchísimo trabajo, con reuniones larguísimas, que podían durar hasta dos horas". Incluso la propia jueza dio a entender en la vista que compartía esta opinión cuando dijo que ese tema "está bastante claro".

Pese a todo esto, Palacios únicamente se centra en que Roberto López Abad, el exdirector general de la entidad, no era el responsable de este sistema de sobresueldos. Según su tesis, este era una especie de correveidile del consejo de administración sin iniciativa ni capacidad de gestión propias. Y si alguien tenía la culpa de inventar este sistema –no entra a estimar si era una tapadera para los sobresueldos o no–, es el difunto presidente de la entidad, Vicente Sala. Es más, la magistrada llega a decir que "sorprende, por otro lado, que sea el director general de la entidad la persona a la que se le atribuya el comportamiento penal, relegando a nula trascendencia el hecho incuestionable de que fueran otros los que votaron favorablemente, pues es a los que incumbía".

Curiosamente, Palacios utiliza como argumento de autoridad para la absolución la declaración del asesor jurídico de la CAM, Juan Martínez-Abarca, que declaró precisamente que la comisión de control se creó porque los consejeros de la entidad se quejaban constantemente de lo poco que cobraban, por lo que había que buscar una fórmula de subir las retribuciones. "Estaban tan enfadados que abordaban a los consejeros para pedirles más sueldo", llegó a decir en el juicio.

Desestima los créditos Avilés como morosos

Las únicas menciones a los informes de los peritos aparecen en el segundo delito juzgado: la concesión de créditos por parte de la CAM a la familia de Avilés y la venta, presuntamente ficticia, de la promotora Vereda de Sucina (Murcia) a su hermana para evitar los preceptivos controles del Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) al ser préstamos a consejeros. Asimismo, también maniobró para evitar su calificación como morosos, puesto que tendría que haber dimitido como miembro de la comisión de control (en TIP, Avilés cobró 300.000 euros de los 1,5 millones repartidos en total).

No obstante, las menciones a los peritos en este apartado se limitan a las declaraciones puntuales a favor de las tesis de la defensa, como que, al no aparecer La Vereda de Sucina vinculada a Avilés, lo achacó inicialmente a una disminución del riesgo, cuando se debía a dicha venta a su hermana –aunque Avilés siguió gestionando la sociedad como abogado y representante–. Asimismo, la jueza desestima la afirmación de Ruiz de que sus créditos debían haberse calificado como morosos, ya que "fueron bendecidos por la entidad CAM" y "que se califiquen de dudosos o no los créditos era algo que escapaba al control del acusado".

La CAM no se sintió perjudicada

Precisamente, en este punto Palacios hace su argumentación más arriesgada, al sostener que "la entidad no parece que se viera afectada por dicha venta de participaciones", "cuando, teniendo información de la transmisión, nada hizo por replantearse y reexaminar la nueva titularidad, en tanto pudiera perjudicarle. Sino al revés, siguió operando como si nada" y fue la propia CAM la que solicitó al IVF que desistiera de pronunciarse sobre estos créditos puesto que Avilés ya no era el propietario de la empresa. Al no considerarse la CAM perjudicada, no hay delito, según la magistrada -que por eso le absuelve-, que obvia que Avilés era un alto directivo de la entidad que influía en las decisiones que ésta tomaba, y es de suponer que especialmente en las que le afectaban personalmente.

En todo caso, esta sentencia confirma la pérdida de categoría de los peritos del Banco de España, cuyo criterio hasta ahora era poco menos que la verdad revelada para los tribunales, en su mayor parte legos en materia financiera. Esto se pone de manifiesto claramente en el caso Bankia, donde la entidad, sus anteriores gestores y el FROB han hecho causa común para desacreditarlos, utilizando para ello argumentos elaborador por el propio Banco de España, con el fin de evitar la devolución del dinero captado en la OPV de 2011 supuestamente con unas cuentas que no reflejaban la realidad.

El perito del Banco de España, José María Ruiz, fue tajante en el juicio de los exresponsables de la CAM: la comisión de control de su participada TIP tenía como único objetivo pagar sobresueldos a la cúpula de la caja, es decir, lo mismo que las tarjetas black de Caja Madrid-Bankia, conclusión con la que coincidieron el fiscal y los tres administradores de la entidad nombrados por el FROB hasta su venta al Sabadell.

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