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La CNMV puede sancionar otra vez a Jaime Botín al no haber prescrito su falta
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TRAS LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL

La CNMV puede sancionar otra vez a Jaime Botín al no haber prescrito su falta

La CNMV, una vez conocida la sentencia de la Audiencia que ha anulado la multa a Jaime Botín, recuerda que es posible incoar otro prodecimiento sancionador

Foto: La presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez. (EFE)
La presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez. (EFE)

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), una vez conocida la sentencia de la Audiencia Nacional que ha anulado una multa de 700.000 euros a Jaime Botín, recuerda que "sin perjuicio de otras posibilidades que ofrece la normativa, con carácter general, una vez caducado un procedimiento sancionador es posible incoar otro respecto del mismo sujeto y por los mismos motivos, en tanto no haya prescrito la infracción, como es el caso".

Así, el organismo que preside Elvira Rodríguez indica en un comunicado que dicha interpretación ha sido acogida por el Tribunal Supremo en sentencia de 12 de junio de 2003, al resolver un recurso de casación en interés de ley.

En dicha sentencia se fijaba la siguiente doctrina: "La declaración de caducidad y archivo de actuaciones establecidas para procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras, artículo 44.2 de la Ley 30/92, no extinguen la acción de la Administración para ejercitar las potestades aludidas en ese precepto, siéndoles plenamente aplicable el art. 92.3 de la misma Ley".

El organismo supervisor hace esta consideración una vez conocida la sentencia de la Audiencia Nacional sobre el recurso contencioso-administrativo presentado a instancias de Jaime Botín, en la que se estima el recurso y se anula la Orden del ministro de Economía de 11 de octubre de 2013 al considerar que se habrían superado los 18 meses de tiempo máximo establecido por la ley para la tramitación de la sanción.

Jaime Botín ocultó desde 1993 que era titular de un 7,85% de Bankinter.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), una vez conocida la sentencia de la Audiencia Nacional que ha anulado una multa de 700.000 euros a Jaime Botín, recuerda que "sin perjuicio de otras posibilidades que ofrece la normativa, con carácter general, una vez caducado un procedimiento sancionador es posible incoar otro respecto del mismo sujeto y por los mismos motivos, en tanto no haya prescrito la infracción, como es el caso".

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