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La cesión de trabajadores a través de ETT crece ya a un ritmo del 25%
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SE NECESITAN 16 EMPLEOS PARA UN COTIZANTE

La cesión de trabajadores a través de ETT crece ya a un ritmo del 25%

Las empresas de trabajo temporal se han colocado en el centro del mercado laboral. En 2016, se firmaron más de tres millones de contratos y el ritmo crece más de un 25%

Foto: La ministra de Empleo, Fátima Báñez, Rafael Miranda (i), de la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD), y Enrique Sánchez, presidente de la empresa de contratación temporal Adecco. (EFE)
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, Rafael Miranda (i), de la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD), y Enrique Sánchez, presidente de la empresa de contratación temporal Adecco. (EFE)

La creación de empleo avanza a buen ritmo. Pero, al mismo tiempo, el mercado laboral continúa sufriendo una intensa transformación. Hasta el punto de que 586.601 trabajadores están inscritos actualmente en los servicios públicos de empleo tras haber sido contratados por empresas de trabajo temporal (ETT) con el objetivo de ser cedidos a otras empresas. Esto supone un aumento del 25,4% respecto de hace un año. Desde la reforma laboral, en febrero de 2012, el aumento ha sido espectacular: un 51% de incremento.

Si se tiene en cuenta el número de contratos de puesta a disposición, el resultado es más llamativo. Casi 3,1 millones de contratos se celebraron en 2016 a través de una empresa de trabajo temporal, lo que ha dado lugar a 188.803 afiliados a la Seguridad Social. Esto revela que han sido necesarios 16 contratos de trabajo a través de una ETT para lograr un nuevo cotizante al sistema público de protección social. No en vano, el ritmo de trabajadores cedidos legalmente a otras empresas crece ocho veces más rápido que la ocupación. En particular, entre los mayores de 55 años, con incrementos superiores al 54%.

El contrato de puesta a disposición, como se sabe, es el celebrado entre una ETT —hay 259 empresas en España— y su cliente, y tiene por objeto la cesión del trabajador para prestar servicios en la empresa usuaria. Este contrato puede ser de carácter temporal, en prácticas o para la formación y el aprendizaje. Entre sus exigencias está que las ETTs no pueden cobrar al trabajador cantidad alguna en concepto de selección, formación o contratación.

De los casi 3,1 millones de contratos firmados mediante una empresa de trabajo temporal, casi la mitad son por obra o servicio, y el resto por circunstancias de la producción. Además, en 2016 se suscribieron 70.404 contratos de interinidad.

El número de trabajadores con contrato registrado en los servicios públicos de empleo llegó a situarse en 782.138 en 2007, justo antes de que estallara la crisis. Pero tras explotar la burbuja de crédito se produjo un descenso en picado, coherente con el hecho de que la mayor parte de la ocupación que se perdió fue de baja cualificación, donde se concentra el trabajo de las ETT.

Foto: Manifestación del Primero de Mayo en Madrid. (EFE)

Este proceso se ha invertido a partir de 2012, en línea con la recuperación del empleo que propició la reforma laboral. No se trata, en todo caso, de empleo destinado a los jóvenes o a colectivos de baja empleabilidad. La tercera parte de los trabajadores cedidos por ETTs -que nacieron en 1994, aunque con menos competencias- tiene 40 o más años, y se supone con antigüedad en otras empresas. Las empresas de trabajo temporal tienen actividad tanto en el sector privado como en las administraciones públicas, que año tras año utilizan de manera más intensa sus servicios.

Los datos del Ministerio de Empleo reflejan, igualmente, un hecho muy significativo. Tradicionalmente, el sector servicios es el que ha ocupado el empleo más precario, pero desde hace algunos años este fenómeno ha alcanzado de forma masiva a la industria. De los tres millones largos de ocupados por las ETT, nada menos que 872.617 tienen que ver con la industria manufacturera, el doble que, por ejemplo, en la hostelería.

De hecho, el número de trabajadores de la industria que trabajan para una empresa de trabajo temporal se ha duplicado desde el año 2009, lo que pone en cuarentena el mito de que el empleo industrial es más estable que el de servicios. Sigue siéndolo, pero la distancia se acorta año tras año.

La actual legislación protege a los trabajadores contratados para ser cedidos a otras empresas. En concreto, tienen derecho a la aplicación de las condiciones esenciales de trabajo y empleo que les corresponderían de haber sido contratados directamente por la empresa usuaria para ocupar el mismo puesto.

Sin embargo, los sindicatos denuncian que en los últimos años se ha producido un fenómeno creciente. Las Empresas Multiservicios no tienen la obligación de aplicar las condiciones laborales de las empresas usuarias. Su argumento es que se dedican a multitud de actividades y así evitan aplicar los convenios sectoriales de referencia a cada actividad. Y lo que sucede es cada vez utilizan más las ETTs para la cesión de trabajadores hacia sectores desregulados.

La creación de empleo avanza a buen ritmo. Pero, al mismo tiempo, el mercado laboral continúa sufriendo una intensa transformación. Hasta el punto de que 586.601 trabajadores están inscritos actualmente en los servicios públicos de empleo tras haber sido contratados por empresas de trabajo temporal (ETT) con el objetivo de ser cedidos a otras empresas. Esto supone un aumento del 25,4% respecto de hace un año. Desde la reforma laboral, en febrero de 2012, el aumento ha sido espectacular: un 51% de incremento.

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