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Hacienda teme que el fallo sobre el IRPF de la maternidad se convierta en otro caso Bankia
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EL ESTADO SE JUEGA 1.200 MILLONES

Hacienda teme que el fallo sobre el IRPF de la maternidad se convierta en otro caso Bankia

La sentencia que considera que la baja por maternidad está exenta del IRPF puede dar pie a una devolución masiva de lo cobrado indebidamente, en torno a 1.200 millones de euros

Foto: El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. (EFE)
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. (EFE)

El precedente que sienta la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que obliga a Hacienda a devolver el IRPF cobrado por una baja de maternidad tiene muy preocupado al Ministerio de Hacienda. El temor es que se produzca un aluvión de demandas de mujeres, que alguno de estos casos acabe en el Supremo y que el alto tribunal avale el criterio del tribunal madrileño. En ese caso, el departamento de Cristóbal Montoro se vería forzado a repetir lo que ha hecho Bankia con la salida a bolsa: devolver todo lo cobrado indebidamente para ahorrarse las costas de los abogados de todas las potenciales demandantes.

El fallo que ha levantado todo este revuelo es firme, porque no se puede recurrir en casación al Supremo por la baja cuantía (3.135 euros, que fue lo que retuvieron a la demandante), pero no sienta jurisprudencia; para eso tiene que haber sentencia del propio Supremo. Y para eso, la que tendría que recurrir es la Agencia Tributaria, mediante una figura llamada 'unificación de doctrina'. Y no piensa hacerlo precisamente por la posibilidad de que el alto tribunal falle en su contra. Un portavoz de la agencia explica que se debe a que no hay todavía ninguna sentencia en este sentido de otro TSJ salvo la de Madrid, y que hasta que no la haya no se puede presentar este recurso.

Sea como fuere, numerosos despachos de abogados se han lanzado ya a la búsqueda de clientes para demandar a Hacienda, con la perspectiva de un pingüe negocio: según los datos de la Seguridad Social, 1,36 millones de personas han cobrado la prestación por maternidad entre 2012 (último ejercicio no prescrito) y septiembre de 2016 (últimos datos disponibles) y han tributado en el IRPF por ella. Y, en consecuencia, son potenciales demandantes para reclamar la devolución de lo pagado.

Se da la circunstancia de que son los mismos bufetes especializados en demandar a los bancos por los productos o condiciones que comercializaron de forma indebida o abusiva: preferentes, subordinada, estructurados, convertibles, cláusulas suelo, hipotecas multidivisa, etc. Y pretenden repetir la misma fórmula: prometer al cliente que no le cobrarán nada porque Hacienda será condenada en costas y, por tanto, seremos todos los españoles los que les paguemos la minuta. De esta forma, el afectado no tiene nada que perder (salvo que no haya condena en costas, claro) y se anima a demandar.

El Supremo puede provocar otro caso Bankia

Si, como parece, se produce esta avalancha de demandas, acabarán llegando al Supremo tarde o temprano: bien porque otro TSJ falle en el mismo sentido que el de Madrid —en cuyo caso, Hacienda solicitará la unificación de doctrina—, bien porque falle en sentido contrario y la afectada recurra al alto tribunal. Y ahí es donde Hacienda se la jugará. Porque si sentencia que la prestación está efectivamente exenta del IRPF, todos los tribunales inferiores seguirán esa jurisprudencia.

En ese caso, nos encontraríamos en la misma situación que Bankia cuando el Supremo dictaminó que las cuentas de la salida a bolsa eran falsas porque fueron reformuladas, sin esperar a que la Audiencia Nacional acabe la instrucción penal sobre esta cuestión. Ante esa tesitura, José Ignacio Goirigolzarri decidió que era mejor devolver todo el dinero de una vez, en lugar de esperar a que fueran cayendo las condenas, sobre todo porque así se ahorraba las costas, es decir, los honorarios de los abogados, que estimaba en 500 millones (parte de las cuales también abonaría el Estado en virtud del acuerdo para asumir estos costes entre BFA, que es 100% público, y su filial Bankia). Finalmente, ha devuelto 1.607 millones.

El Estado se juega 1.200 millones

En el caso de la prestación por maternidad, los datos de la Seguridad Social muestran que esos 1,36 millones de personas han percibido 7.664,42 millones entre 2012 y los nueve primeros meses de 2016. La Agencia Tributaria asegura que esos datos no coinciden con los de contribuyentes por estos ingresos, pero asegura no disponer de esas cifras. Por tanto, es imposible saber exactamente cuánto ha ingresado en estos años por este concepto. Podemos alcanzar una aproximación aplicando la tributación media de las rentas del trabajo, que se situó en el 15,7% en 2015, según datos públicos de Hacienda. Aplicado ese porcentaje a los ingresos por maternidad, arroja 1.203 millones. Más del 0,1% del PIB.

La sentencia se refiere a la prestación que reciben las mujeres trabajadoras que han tenido un hijo mientras están las 16 semanas de baja, que reciben de la Seguridad Social en vez de su empresa y que puede ser compartida parcialmente por los padres. Hasta ahora, Hacienda interpreta que esta prestación está sujeta al IRPF, al igual que la de desempleo, y se apoya en numerosas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos. Pero la ley no es del todo clara y puede ser interpretada en sentido contrario, como ha hecho el juez de Madrid. De hecho, ya en 2013 hubo una movilización viral de afectadas que obligó al ministerio a emitir un comunicado reafirmando su posición.

El párrafo de la discordia es la letra h del artículo 7 de la Ley del IRPF, que dice: "Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad. También estarán exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las comunidades autónomas o entidades locales”. Para Hacienda, eso significa que solo estas últimas están exentas, no las percibidas de la Seguridad Social. El juez entiende que esta redacción amplía los supuestos de exención, pero en ningún caso los restringe a las prestaciones de autonomías y ayuntamientos. Lo que parece claro es que el Gobierno va a modificar este párrafo para que, de ahora en adelante, quede claro que esta prestación está sometida a tributación.

El precedente que sienta la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que obliga a Hacienda a devolver el IRPF cobrado por una baja de maternidad tiene muy preocupado al Ministerio de Hacienda. El temor es que se produzca un aluvión de demandas de mujeres, que alguno de estos casos acabe en el Supremo y que el alto tribunal avale el criterio del tribunal madrileño. En ese caso, el departamento de Cristóbal Montoro se vería forzado a repetir lo que ha hecho Bankia con la salida a bolsa: devolver todo lo cobrado indebidamente para ahorrarse las costas de los abogados de todas las potenciales demandantes.

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