Es noticia
El régimen de autónomos entra en barrena: suma un déficit de 6.600 millones
  1. Economía
LA SEGURIDAD SOCIAL PROPONE COTIZAR POR INGRESOS REALES

El régimen de autónomos entra en barrena: suma un déficit de 6.600 millones

El desequilibrio del régimen de autónomos sigue ensanchándose. Acumula ya un déficit de 6.600 millones, la mitad que el desequilibrio total de la Seguridad Social

Foto: La ministra de Empleo en funciones, Fátima Báñez. (EFE)
La ministra de Empleo en funciones, Fátima Báñez. (EFE)

El documento ha sido enviado a la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo. Y refleja con crudeza la situación financiera del régimen de trabajadores autónomos, que lejos de haberse saneado -una de las recomendaciones del acuerdo sobre pensiones firmado ahora hace 20 años-, arrastra problemas estructurales que deben ser cubiertos por el régimen de asalariados o por el Estado vía Presupuestos generales.

El informe -476 páginas- revela el origen financiero del problema. Las bases medias de cotización de los trabajadores por cuenta propia se sitúan todavía un 40% por debajo de las que pagan los trabajadores por cuenta ajena, y eso determina el nivel de sus pensiones. Lo relevante es que, en contra de las recomendaciones del Pacto de Toledo, no se está produciendo una convergencia. Al contrario. Mientras que entre 2005 y 2015 el incremento de la base mínima del régimen de autónomos fue un 14,8%, el incremento del IPC fue del 22,1% . Por el contrario, las bases media de cotización del régimen general se han incrementado en un 26,4%. Es decir, casi 12 puntos más.

Esto ha supuesto que la base mínima del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que en 2005 superaba a la del Régimen General en un 28,7%, en 2015 solo la supera en un 16,8%. Como se sabe, la peculiaridad de este régimen es la posibilidad de elección de base de cotización por el autónomo dentro de unos límites máximos y mínimos.

Y lo que está sucediendo es que la mayoría elige cotizar por bases inferiores, ya sea por necesidad o como consecuencia de que el Estado garantiza un determinado nivel de rentas en el momento de la jubilación mediante los llamados complementos de mínimos, que son financiados con impuestos. Y según la Seguridad Social, nada menos que el 83,6% de los autónomos cotiza por la base mínima (884 euros). En el caso de los menores de 48 años, el porcentaje de quienes cotizan por mínimos llega al 93,3%. Como consecuencia de ello, el 39% de los pensionistas de autónomos percibe complementos de mínimos (subvenciones del Estado), frente al 23% en el caso de los asalariados.

La extensión de la tarifa plana explica en buena medida estas cifras. Hasta agosto del año pasado, 635.602 autónomos se habían acogido a esta fórmula de menor cotización, y de ellos 255.367 eran menores de 30 años. Mientras el trabajador autónomo sin cobertura de contingencias profesionales cotiza al mes 266,14 euros, el autónomo acogido a la tarifa plana solo cotiza 50 euros mensuales los primeros meses.

El resultado, como no puede ser de otra manera, es una gran diferencia en la cuantía de la pensión de un autónomo respecto de lo que percibe un jubilado del régimen general. La pensión media en el primer caso es equivalente a 692 euros y en el segundo, a 1.174 euros, lo que supone un 69% más.

“Un déficit cada vez mayor”

¿Qué consecuencias tiene esta evolución de las cotizaciones y del cobro en prestaciones? Pues un déficit que lejos de disminuir crece año a año. Como asegura la Seguridad Social, “los gastos superan a los ingresos en una proporción cada vez mayor”. Es decir, mientras que los ingresos decrecen o se mantienen estables, los gastos crecen anualmente. En concreto, la recaudación por cotizaciones asciende a 10.739 millones, pero los gastos en prestaciones alcanzan los 17.361 millones. Por lo tanto, una diferencia entre ingresos y gastos de 6.622 millones, y en aumento. Es decir, prácticamente la mitad del déficit de la Seguridad Social el año pasado tuvo que ver con el resultado del régimen de autónomos.

Expresado de otra forma, mientras que en el año 2009 la recaudación por cuotas suponía el 81% del gasto de prestaciones, en el año 2014, último año liquidado, solo representaba el 62,3%.

Como sostiene el informe de la Seguridad Social remitido al Pacto de Toledo, el valor actual de las pensiones iniciales reconocidas a los autónomos “es siempre superior al valor actual de las cotizaciones efectuadas a lo largo de la vida laboral”. No en vano, nada menos que el 67% de los trabajadores por cuenta propia cotiza cada mes por la base mínima.

¿Cuál es la solución? La Seguridad Social apunta una idea: “La conclusión principal es que las bases de cotización de los trabajadores autónomos se debían adecuar desde el inicio de su actividad a los rendimientos de la misma”. Es decir, pagar en función de los ingresos para evitar, entre otras cosas, que la tercera parte de los trabajadores por cuenta propia aumente sus bases de cotización en sus últimos años de vida laboral para así mejorar su pensión.

La reforma de las pensiones de 2011 ya estableció que las bases de cotización de los autónomos deberían de crecer “al menos” lo mismo que las del régimen general. No ha sido así, y eso explica el ensanchamiento del desequilibrio.

El informe de la Seguridad Social revela, por último, que la edad real de jubilación fue de 63,9 años en 2012 y de 64,1 en 2015, acercándose a la edad legal de jubilación, aun cuando todavía existe un diferencial.

También es de prever una caída del porcentaje de jubilaciones anticipadas, si bien debido a los periodos transitorios establecidos, el número de jubilaciones anticipadas es todavía similar al de antes de la reforma. Concretamente, en 2012 se jubilaron anticipadamente 127.358 trabajadores y en 2015, lo hicieron 127.038 trabajadores.

El documento ha sido enviado a la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo. Y refleja con crudeza la situación financiera del régimen de trabajadores autónomos, que lejos de haberse saneado -una de las recomendaciones del acuerdo sobre pensiones firmado ahora hace 20 años-, arrastra problemas estructurales que deben ser cubiertos por el régimen de asalariados o por el Estado vía Presupuestos generales.

Seguridad Social Presupuestos Generales del Estado IPC Inflación
El redactor recomienda