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Sindicatos y CEOE corrigen la reforma laboral y refuerzan el poder de los convenios
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controlarán el encadenamiento de contratos

Sindicatos y CEOE corrigen la reforma laboral y refuerzan el poder de los convenios

El III Acuerdo sobre Negociación Colectiva está a punto de ver la luz. Y en él se incluyen medidas sobre contratación que refuerzan el papel de los convenios en el ámbito sectorial

Foto: La ministra de Empleo, Fátima Báñez (2i), el secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo (i), el secretario general de UGT, Cándido Méndez (2d), y el presidente de la CEOE, Juan Rosell. (EFE)
La ministra de Empleo, Fátima Báñez (2i), el secretario general de CCOO, Ignacio Fernández Toxo (i), el secretario general de UGT, Cándido Méndez (2d), y el presidente de la CEOE, Juan Rosell. (EFE)

Una de las ideas centrales de la reforma laboral era trasladar el peso de la negociación colectiva a las empresas. Pero el pacto que están a punto de firmar los sindicatos mayoritarios –UGT y CCOO–y la patronal CEOE enmiendan en parte ese objetivo. El III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (ANEC) supone, de hecho, reforzar el papel de los convenios sectoriales en materias como las modalidades de contratación, la inaplicación de los convenios por causas económicas o los procesos de reestructuración.

El acuerdo, cuyos flecos se cerraron ayer en una reunión celebrada en la sede de CEOE, tiene carácter obligacional, lo que quiere decir que es una recomendación que obliga sólo a las partes. Y lo que se propone, como se sabe, es que los salarios suban este año un 1%, y un 1,5% el próximo. Para 2017 no se fija incremento alguno, pero sí hay un compromiso de tener en cuenta tanto el avance del PIBcomo el cuadro macroeconómico que apruebe el Gobierno. Con cláusulas de revisión salarial en el sumando de los dos primeros años.En palabras de Toni Ferrer, secretario de Acción Sindical de UGT, lo relevante es que “se siguen manteniendo las referencias sobre la evolución de los precios”. Es decir, que el IPC continuará siendo tenido en cuenta.

Incorpora, sin embargo, una novedad. Esos incrementos se vinculan a la creación de empleo. Por lo tanto, los sindicatos, aseguran, no aceptarán esas subidas si los convenios no incluyen un aumento de la ocupación o una mejora de la calidad de los contratos.

El último borrador consolidado del texto tiene 29 páginas, y, después de una breve introducción, entra de lleno en los distintos modelos de contratación. Así, por ejemplo, se propone que los convenios colectivos de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, los convenios sectoriales de ámbito inferior puedan “ampliar hasta en doce meses la duración máxima legal de los contratos por obra o servicio determinado”.

Igualmente, las partes se comprometen a que las necesidades permanentes de la empresa “se atiendan con contratos indefinidos”, mientras que las actividades discontinuas o estacionales se cubran con contratos fijos discontinuos y las necesidades coyunturales con contratos temporales causales, directamente o a través de las empresas de trabajo temporal. El acuerdo sí recoge un compromiso explícito –al menos en el último borrador–de no desnaturalizar la causalidad en la contratación que establece el Estatuto delosTrabajadores.

Aun así, se faculta a los convenios a adoptar fórmulas que “eviten el encadenamiento injustificado de sucesivos contratos temporalespara cubrir un mismo puesto de trabajo con el objetivo de prevenir abusos”. Y en este sentido se recuerda que la negociación colectiva es el cauce adecuado “para atender a las peculiaridades de la actividad y de los puestos de trabajo a cubrir”. Es decir, nada de individualizar las relaciones laborales.

Lo que se ha decidido es que cada convenio colectivo pueda regular “criterios, causas y procedimientos en la aplicación de medidas de flexibilidad

No es menos relevante el papel que se da en el acuerdo a los convenios sectoriales. Y en concreto, se considera que están llamados a promover una adaptación negociada en el ámbito de la empresa de lo pactado en el sector, con participación de la representación de los trabajadores o, en su defecto, negociada con las organizaciones sindicales firmantes del convenio sectorial. Es decir, que los convenios de ámbito superior a la empresa seguirán teniendo un papel esencial en la negociación colectiva.

De formamuy precisa, se considera que el convenio colectivo sectorial debe cumplir el papel de regular, desarrollar y adaptar en el sector, con amplitud e integridad, “todas las cuestiones y materias susceptibles de negociación, esencial para dar cobertura a todos los ámbitos que carezcan de ella, la tengan debilitada o la pierdan, y debería ejercer funciones de subsidiaridad de los convenios de su ámbito para cubrir las situaciones de vacíos de cobertura derivadas de la posible pérdida de vigencia de un convenio”.

Por ello, se sostiene en el documento, el convenio colectivo sectorial es el que debería determinar las condiciones de trabajo, la estructura y distribución de las materias de negociación colectiva entre los ámbitos estatal, autonómico y/o provincial, y las reglas que han de resolver, en su caso, los conflictos de concurrencia entre convenios de distinto ámbito.

Una de las ideas centrales de la reforma laboral era trasladar el peso de la negociación colectiva a las empresas. Pero el pacto que están a punto de firmar los sindicatos mayoritarios –UGT y CCOO–y la patronal CEOE enmiendan en parte ese objetivo. El III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (ANEC) supone, de hecho, reforzar el papel de los convenios sectoriales en materias como las modalidades de contratación, la inaplicación de los convenios por causas económicas o los procesos de reestructuración.

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