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BBVA y Sagardoy reabren el debate sobre costes del despido tras fracasar la reforma
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PRESIONES PARA INSTAURAR EL CONTRATO ÚNICO

BBVA y Sagardoy reabren el debate sobre costes del despido tras fracasar la reforma

Si lo que pretendían las últimas reformas laborales era reducir los costes de despido, el intento ha sido en vano. Tanto que las indemnizaciones que pagan

Si lo que pretendían las últimas reformas laborales era reducir los costes de despido, el intento ha sido en vano. Tanto que las indemnizaciones que pagan las empresas a sus trabajadores cuando son despedidos –sin tener en cuenta las causas– son prácticamente iguales a las cuantías que se abonaban, como media, antes de la reforma laboral de febrero de 2012.

En la industria, por ejemplo, el coste de indemnización por trabajador despedido se situaba en el segundo trimestre de este año (a la luz de la Encuesta de Costes Laborales) en 16.136 euros, prácticamente igual que los 16.459 euros que se abonaban en el primer trimestre de 2012. Lo mismo ocurre en los servicios (11.240 euros frente a 11.630 en medias anuales) o, incluso, en la energía y los servicios financieros, que son los sectores que, con diferencia, pagan más a los trabajadores cuando son despedidos.

Es en este contexto en el que el Servicio de Estudios del BBVA y el despacho Sagardoy Abogados han presentado un informe sobre los costes de las indemnizaciones que supone un cambio radical respecto de la situación actual. En particular, porque la propuesta supondría el primer paso para introducir el llamado contrato único en España, que incorpora una indemnización preestablecida en el momento de firmar el contrato de trabajo, y cuya cuantía dependería de la antigüedad del empleado.

Lo que proponen Sagardoy y el BBVA es que, cuando el despido sea procedente, el coste sería de 0 días si la antigüedad del trabajador en la empresa fuera de un año o menos; de cuatro días por año trabajado si fuera de dos años; de ocho días si fuera de tres años y de 12 días si fuera de cuatro o más.

Cuando el despido fuera declarado improcedente, el coste sería de cuatro días por año trabajado el primer año, aumentando en tres días con cada año de antigüedad del trabajador en la empresa hasta un máximo de 25 días por año trabajado. Así, la indemnización total, sostienen, alcanzaría, al menos, los 33 días para aquellos trabajadores despedidos con una antigüedad de ocho o más años. Es decir, en línea con lo que fija ahora la nueva legislación.

Modelo austríaco

Estas indemnizaciones serían, en todo caso, más bajas que la actual para muchos trabajadores. Y de ahí que BBVA y Sagardoy propongan crean una especie de ‘modelo austriaco’ que permita a los trabajadores capitalizar su deuda como si se tratara de un activo financiero.

En concreto, se propone que todos los nuevos asalariados dispongan de una cuenta de ahorro individual nutrida de aportaciones periódicas de las empresas por un importe equivalente a ocho días de salario por año trabajado. Y en este sentido, se sugiere un tipo de cotización estable del 2,19% del salario bruto anual. Esta aportación, dicen los autores de la propuesta, tendría la consideración de salario bruto, toda vez que supone un coste para la empresa, y por lo tanto “debe ser interpretada por el trabajador como una parte de su retribución total dado que el empleador negocia el coste laboral”.

Las aportaciones a la cuenta de ahorro individual serían invertidas en uno o varios fondos de previsión públicos creados para tal fin, de tal modo que la cuantía de esta indemnización no causal dependería en último extremo de la rentabilidad acumulada por el fondo. El trabajador podría acceder a los recursos acumulados en su cuenta cuando la relación contractual con la empresa se extinguiese, con independencia del hecho que haya motivado la rescisión del contrato. Este modelo es el que planteó ya la reforma laboral aprobada en tiempos de Rodríguez Zapatero, pero en realidad nunca vio la luz en un contexto recesivo y por falta de empuje político.

Pese a que existe una misma legislación en el conjunto del Estado, la realidad de los costes de despido varía mucho en función de los sectores productivos. Mientras que la cuantía de la indemnización media por despido se sitúa en nada menos que en 62.679 euros en la banca y los seguros, en la industria baja hasta los 16.136 euros o apenas 4.975 en la construcción. En lo que el Instituto Nacional de Estadística (INE) denomina actividades profesionales, científicas y técnicas, la indemnización media es de 13.583 euros.

Esto quiere decir que la dispersión es mucho mayor que la que existe en cuanto a los salarios, lo que sugiere razones institucionales para fijar la cuantía de los despidos, ya sea la capacidad de presión de la representación sindical o la propia situación financiera de las empresas. En otros muchos casos, las empresas prefieren pagar más de lo que estipula la legislación para evitar conflictividad en los centros de trabajo.

La escasa reducción de las indemnizaciones ya fue detectada por la OCDE en el informe preliminar que hizo la OCDE hace menos de un año sobre las consecuencias de la reforma laboral de 2012, en particular en el caso de los despidos procedentes. Según la OCDE, las indemnizaciones por extinción de contrato en el caso de los trabajadores indefinidos en España "siguen situándose entre las más elevadas de la OCDE”, a pesar de la “importante reducción en la indemnización por despido improcedente que ha traído consigo la reforma”. En el caso de los despidos procedentes (que con la reforma son los más habituales debido a que se facilitaron las extinciones de contrato), la diferencia es escasa.

El mensaje, en todo caso, es similar al que periódicamente lanzan tanto el FMI como la OCDE o la propia Comisión Europea, que en repetidas ocasiones han reclamado la instauración del contrato único en España.

Si lo que pretendían las últimas reformas laborales era reducir los costes de despido, el intento ha sido en vano. Tanto que las indemnizaciones que pagan las empresas a sus trabajadores cuando son despedidos –sin tener en cuenta las causas– son prácticamente iguales a las cuantías que se abonaban, como media, antes de la reforma laboral de febrero de 2012.

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